#ReformaFiscal2021 Hoy en el DOF: Se publicaron modificaciones ISR, IVA y CFF.




Cambios más importantes en la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2021
  • Personas morales con fines no lucrativos y donatarias
  • Programas de escuela empresa
  • Obtención de autorización para recibir donativos deducibles
  • Remanente distribuible
  • Causales de revocación de la autorización para recibir donativos
  • Límite de ingresos para considerarse como una prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y asimilados (artículo 94).
  • Tasas de retención para plataformas digitales: 2.1% para servicio de transporte, 4% por servicios de hospedaje y 1 por enajenación de bienes o prestación de servicios.

Cambios más importantes en la Ley del Impuesto al Valor Agregado 2021

  • Servicios de intermediación – enajenación de bienes muebles usados
  • Obligaciones de los residentes en el extranjero con establecimiento en México que presten servicios digitales
  • Inclusión del IVA en el precio ofertado
  • Bloqueo de servicios digitales por incumplimiento
  • Servicios profesionales de medicina
  • Se deroga la intermediación en la enajenación de bienes muebles usados como no sujetos a considerarse como servicios digitales (articulo 18-B).

Cambios más importantes en el Código Fiscal de la Federación 2021

  • Regla general anti-abuso
  • Cancelación y restricción temporal de certificados de sello digital
  • Conservación de la Contabilidad
  • Aseguramiento precautorio
  • Revisiones electrónicas en materia de comercio exterior
  • Reserva de información y Datos del Contribuyente
  • Presunción de transmisión indebida del derecho a la disminución de pérdidas fiscales
  • Acuerdos conclusivos
  • Multas relacionadas con precios de transferencia
  • Presunción de contrabando
  • Documentos en idioma distinto al español
  • Horario del “Buzón Tributario” será el de la Zona Centro de México.
  • Emisión de CFDI por enajenaciones a plazo con pago diferido o en parcialidades (artículo 14).
  • Pueden ser “Mercados reconocidos” las sociedades anónimas que obtengan una concesión del SAT (artículo 16-C).
  • Verificación de identidad de los usuarios con la e.firma del SAT (artículo 17-F).
  • Cancelación de certificados del SAT para los que no desvirtúen la inexistencia de operaciones con proveedores del artículo 69-B y para los contribuyentes que no desvirtuaron la transmisión indebida de pérdidas fiscales (artículo 17-H).
  • Aumento de 3 a 10 días para que la autoridad de a conocer la resolución de la solicitud que envié el contribuyente para revertir la cancelación del certificado del SAT.
  • Plazo de 40 días hábiles para los contribuyentes que tengan una restricción temporal del certificado de sello digital.
  • Envió de avisos electrónicos del “Buzón Tributario” a cualquier mecanismo de comunicación del contribuyente (artículo 17-K).
  • Se considerará como NO presentada una solicitud de devolución para los contribuyentes que estén como NO localizados en el RFC (artículo 22).
  • Responsables solidarios del artículo 26.
  • Aviso de modificación de socios, accionistas, asociados y demás personas que conformen una sociedad (articulo 27).
  • Suspensión o disminución de obligaciones para contribuyentes que no han realizado actividades en los tres ejercicios previos (articulo 27).
  • Cambios en la emisión de los CFDI en el artículo 29, 29-A.
  • Conservación de la contabilidad del artículo 30.
  • Promover el cumplimiento de presentación de declaraciones a través de propuestas de pago o declaraciones prellenadas (artículo 33)
  • La no aplicación de acuerdos conclusivos en devoluciones de saldos a favor o pagos de lo indebido (artículo 69-C).

Fuente DOF: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5606951&fecha=08/12/2020

Descárgala aquí en formato PDF:


Reforma Fiscal 2021.

Hoy se publicó en el DOF el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del ISR, de la Ley del IVA y del Código Fiscal de la Federación.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Artículo Primero. Se reforman los artículos 79, fracciones VIII, XI, XVII, XIX, XX y segundo párrafo; 82, fracciones IV, V, segundo y tercer párrafos, y VI; 113-A, tercer párrafo, fracciones I, II y III, y 182, tercer párrafo; se adicionan los artículos 80, con un octavo párrafo; 82, fracción V, con un cuarto párrafo, y 82-Quáter, 94, con un séptimo párrafo, y 113-D, y se derogan los artículos 27, fracción I, inciso f); 82-Ter; 84, y 151, fracción III, inciso f), de la Ley del Impuesto sobre la Renta,

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo Tercero. Se reforma el artículo 15, fracción XIV; se adicionan los artículos 18-D, con un tercer párrafo; 18-H BIS; 18-H TER; 18-H QUÁTER; 18-H QUINTUS, y 18-J, fracciones I, con un segundo párrafo, II, inciso a), con un segundo párrafo, y III, con un cuarto párrafo, y se deroga el artículo 18-B, fracción II, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Se reforman los artículos 5o.-A, séptimo párrafo; 14, segundo párrafo; 16-C, fracción I; 17-F, segundo párrafo; 17-H, sexto párrafo; 17-H Bis, segundo párrafo; 17-K, fracción I, y segundo párrafo; 18-A, tercer párrafo; 22-B; 22-D, primer párrafo, fracciones IV y VI; 26, fracciones X, inciso i) y XII; 27, apartado B, fracciones II y VI; 29, primer párrafo, y segundo párrafo, fracción V; 29-A, fracciones IV, segundo párrafo, V, primer párrafo y VII, inciso b), y segundo párrafo; 30, tercer y actual quinto párrafos; 32-B Bis, fracciones IV y V; 32-D, fracción VII, y quinto párrafo; 33, fracción I, primer párrafo, incisos a) y b); 40, fracción III; 40-A; 42, fracción V, segundo párrafo; 49, fracciones I, III, IV y V; 52-A, primer párrafo, y fracciones I, inciso b) y segundo párrafo de la fracción, y III, quinto párrafo, inciso f); 53, primer párrafo y segundo párrafo, inciso c), segundo párrafo; 53-B, cuarto párrafo; 69-B Bis, primer párrafo, segundo párrafo, fracción VI, cuarto y actuales sexto y décimo primer párrafos; 69-C, segundo párrafo; 69-F; 69-H, primer párrafo; 75, actual fracción VI; 92, décimo párrafo; 133-A, tercer párrafo; 137, primero y segundo párrafos; 139; 141, fracción V; 143, tercer párrafo, incisos a), b), primero y segundo párrafos, c), y cuarto párrafo del artículo; 160, primer párrafo; 176; 177; 183, primer y cuarto párrafos; 185, primer párrafo; 186, primer párrafo; 188-Bis, primer párrafo; 191, cuarto párrafo, y 196-A, tercer párrafo; se adicionan los artículos 13, con un tercer párrafo; 14-B, con un quinto párrafo, pasando los actuales quinto a octavo párrafos a ser sexto a noveno párrafos; 17-H, con las fracciones XI y XII; 17-H Bis, con un octavo párrafo; 22, con un quinto párrafo, pasando los actuales quinto a décimo octavo párrafos a ser sexto a décimo noveno párrafos; 26, con una fracción XIX; 27, apartado C, con una fracción XII, y apartado D, con una fracción IX; 30, con un cuarto a séptimo párrafos, pasando los actuales cuarto a noveno párrafos a ser octavo a décimo tercero párrafos; 33, fracción I, con un inciso i), y con una fracción IV; 44, fracción III, con un tercer párrafo; 46, fracción IV, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero a octavo párrafos a ser cuarto a noveno párrafos, y con los párrafos segundo y tercero; 69-B Bis, con un quinto párrafo, pasando los actuales quinto a décimo primer párrafos a ser sexto a décimo segundo párrafos; 69-C, con un tercer párrafo; 75, con una fracción V, pasando las actuales fracciones V y VI a ser fracciones VI y VII; 90-A; 103, con una fracción XXI; 123, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero a sexto párrafos a ser cuarto a séptimo párrafos; 143, con un sexto párrafo; 160, con un segundo, tercero y cuarto párrafos, pasando los actuales segundo a cuarto párrafos a ser quinto a séptimo párrafos, y 188-Bis, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser tercero y cuarto párrafos, y se derogan los artículos 17-H Bis, fracciones IV y X; 76, décimo párrafo, y 191, séptimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación.