Valor unitario en comprobantes fiscales -SAT corrige su ejemplo-
¡Cuidado con el valor unitario en las representaciones impresas! El SAT corrige
Autor:
Hjasnytyn Fidel
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El día 15 de Agosto el SAT observe que el SAT en su página web, liberó una nueva versión de su manual de comprobantes fiscales 2012, donde corrige un viejo error (en mi opinión) que tenía el documento.
ANTECEDENTES
Antiguamente, desde que estuvieron los impresores autorizados, el SAT les apoyaba publicando el manual de comprobantes para facilitar su trabajo de impresión y cumplir a la vez con requisitos fiscales en aquellos trabajos que ellos realizaban.
De esta forma, la versión 2012 del manual tiene cuatro ejemplos para atenuar el impacto de los nuevos requisitos, los ejemplos son:
- CBB
- Imprenta autorizada
- Representación impresa de CFDI
- Representación impresa de CFD
REQUISITOS Y MARCO LEGAL
Como sabemos el artículo 29-A actual del Código Fiscal de la Federación indica los requisitos que debe contener el CFDI, y en el esquema particular tanto de CBB y CFD, son retomados y adaptados a cada uno vinculándolos en ambos casos con el referido artículo. Para el efecto toma particular relevancia la fracción VI, del numeral citado, que a la letra dice:
Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
VI. El valor unitario consignado en número.
De esta forma, en el Anexo 20 dentro de los estándares de CFDI y CFD se indica claramente que es el Valor Unitarios es un “Atributo requerido para precisar el valor o precio unitario del bien o servicio cubierto por el presente concepto” Como se puede ver a continuación.
En lo particular destaco la debilidad que tenia el manual de comprobantes fiscales liberado el 9 de julio de 2012, respecto de las representaciones impresas de CFD y CFDI, que como hemos observado el valor unitario es obligatorio.
Es una realidad que el comprobante fiscal digital es el XML, y la representación impresa es una interpretación física del mismo. De esta forma, indica el artículo 29 de Código Fiscal, que se entregará el Comprobante Fiscal digital a los clientes y en su caso una representación impresa que estará elaborada de conformidad con reglas del SAT.
MISCELÁNEA FISCAL, MANUAL DEL SAT Y ERROR
La miscelánea ha indicado para representaciones impresas de CFDI, la aplicación de la regla II.2.5.1.3. que indica que las representaciones impresas de este tipo de comprobante, deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 29-A del CFF y otros previsto en al misma regla.
Por lo que es evidente que el valor unitario es uno de los muchos previstos en el 29-A.
Anteriormente el CFDI con el manual de 9 de julio de 2012, se cometía un error al ubicar el valor unitario en el importe total por concepto, la imagen lo comprueba.
Como podemos observar si la cantidad de la “Asesoría Fiscal y Administrativa” fuera de 2 o mas, el valor unitario marcado con el índice IX dentro del ejemplo hubiera trastornado la representación impresa y en consecuencia se incumpliría con el requisito en cuestión tanto del código, como aludido en la miscelánea. Lo que en su caso, vulneraria la deducción amparada con el comprobante.
Acertadamente, el SAT con fecha 15 de agosto, ha publicado la nueva versión del manual, concluyendo que la representación impresa, es independiente al importe por concepto de la operación, así se muestra.
De esta forma, si la cantidad de servicios hubieran sido mas de uno, perfectamente se cumpliría con el código fiscal y la miscelánea, al tener campos independientes. Cosa que no ocurría en el manual anterior.
En el mismo caso estaba el CFD, la regla II.2.6.2.4. , que es la regla aplicable a las representaciones impresas indica que éstas debe cumplir con los requisitos del 29-A del CFF, y otros que marca la misma regla.
Situación que con el manual anterior se incumplía, veamos.
COMENTARIOS FINALES
Por todo lo anterior, es de celebrar que se haya aclarado este punto sobre el valor unitario, dado que en la medida en la que podamos ir mejorando la información para los contribuyentes será potencialmente mas fácil el cumplimiento de la Ley.
Como he comentado anteriormente, el manual resulta un gran apoyo para conocer los requisitos pero siempre y en todo caso la Ley tiene la última palabra.
Es importante apreciar todo lo referente a los comprobantes fiscales con base en la Ley, considera estos breves comentarios.
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Un gran saludo
Hjasnytyn Fidel
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muy buena aportacion!