El SAT se está tardando con mi devolución de impuestos (o me regresó de menos…) ¿Qué hago?
¿Realizó su declaración anual y resultó con saldo a favor pero, el Servicio de Administración Tributaría (SAT) continúa sin devolverle el saldo a favor que tenía.?
Fuente: http://eleconomista.com.mx/
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Gerardo García Campa, integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 1 del Colegio de Contadores Públicos de México, informó que lo primero que debe de hacer es verificar el estado de la devolución. Esto lo puede hacer gracias a la página de Internet del SAT: existe una aplicación específica con la cual puede acceder a su cuenta, con su firma o su contraseña. El SAT desplegará por ejercicio cuál es su caso: si no hay saldo a favor o el estado de la devolución.
Detalló que dependiendo de la información que se le brinde, usted debe de tomar la decisión de lo que serán las acciones consecuentes.
“Por ejemplo, si se le rechazo saldo a favor puede detectar cuál fue su error y corregirlo con una declaración complementaria o bien, si resultó con saldo a favor puede presentar la solicitud de éste por medio de un formulario electrónico de devolución”, aconsejó.
Mencionó que en ocasiones el SAT puede rechazar o demorar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) debido a información que no coincide entre la documentación de su declaración anual y sus proveedores, por lo que en automático se cancela la obtención de saldo a favor hasta el momento en el que se aclare la discrepancia.
Sin embargo, cabe recordar que el pasado 5 de mayo la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) emitió una recomendación al SAT.
Lo anterior se debe a malas prácticas en las que estaba incurriendo en contra los contribuyentes al momento de que solicitan la devolución de su saldo a favor; por ello la Procuraduría pidió su inmediata solución.
También exhortó al SAT a que no retrase y obstaculice dichas devoluciones al momento de someter a los contribuyentes a requerimientos de información y documentos múltiples, extemporáneos y excesivos, sin resolver de fondo sus solicitudes, teniéndolos en muchas ocasiones por desistidos del trámite sin especificar los motivos concretos para ello. Ante ello, José Luis Figueroa Jácome, subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos de la Prodecon, detalló que muchas veces las solicitudes de información que se hacen son excesivas ya que en principio no son requerimientos que estén relacionados directamente con el IVA, además de que se está pidiendo información de terceros.
Por lo que ambas solicitudes no forman parte de la contabilidad del contribuyente y por eso no tiene por qué brindarlas.
En cuanto a la página en donde se puede revisar el status de su devolución, añadió que la información que se plasma en ella no está en tiempo real. Incluso puede darse el caso en que aparezca su devolución autorizada y días después, aparezca rechazada o desistida.
Otra mala práctica es que someten a los contribuyentes a largas auditorías para poder pronunciarse sobre la devolución.
Si usted enfrenta problemas con el SAT puede acudir a la Procuraduría, ya sea para una asesoría o emitir una queja en caso de no haber justificación para tener dichos conflictos.
“Lo anterior puede ayudarlo a obtener el status de su solicitud de una forma más certera y pronta, y puede asesorarse para la interposición de alguna queja”, añadió.
José Luis Figueroa informó que, en ocasiones, una asesoría únicamente podría ayudarlo a entender perfectamente el trámite que debe seguir, e incluso concretar la documentación que esté faltando,“siempre con el fin de solucionar la problemática a favor del contribuyente”.
Aseguró que el trámite que usted realizará en cualquier ventanilla de la Prodecon es rápido; una vez hecho esto, la Procuraduría requiere un informe del SAT en un plazo de tres días. A su vez, el SAT cuenta con tres días más para contestar con los fundamentos necesarios, por lo que usted estaría recibiendo la respuesta de su queja en una semana. En cualquier caso, se le continuará asesorando hasta que sea necesario.
Destacó que con la ayuda de la Prodecon puede solucionar cualquier problema de una forma más ágil, por lo que aconsejó acudir a la Procuraduría. No importa el avance que lleve su trámite.
“El plazo para la devolución del IVA es de máximo 40 días. Si ya se excedió no dude en acudir a la Prodecon para que lo apoyemos en su trámite con la interposición de una queja o en una asesoría”, conminó.
SI SU DECLARACIÓN LA REALIZÓ UN CONTADOR
Gerardo García Campa aconsejó que si usted dejó en manos de un contador su declaración anual es él quien deberá hacerse cargo del seguimiento del trámite ,debido a que es quien conoce la información del trámite.
“Sólo debe mantenerse en contacto frecuente con él para saber cómo va su trámite, ya que es algo un tanto complicado y se requiere un poco más de experiencia al enfrentar este tipo de conflictos”, expresó García Campa.
MALAS PRÁCTICAS DETECTADAS
A continuación, algunas de las malas prácticas que detectó la Prodecon en cuanto al motivo de la demora en la devolución del IVA por parte de la autoridad fiscal.
- Motivaciones para desistir o negar la devolución del IVA son ambiguas o sin fundamentos.
- Puede que la autoridad fiscal esté realizando los requerimientos, ya extemporáneos, dentro de su plazo de 10 a 20 días.
- El estatus de su solicitud no está en tiempo real o cambia. Solicitud de información excesiva.
- Inicio injustificado de auditorías.
- No sabe el estatus su solicitud de devolución.
Hola, buenas tardes quisiera hacer una consulta con respecto a la baja del r.f.c. por defunciòn de un contribuyente con la actividad de arrendamiento. que debo hacer???
No si debe ser asi por este medio mi pregunta o de que otra forma?? gracias
Hola
Pase por acá por favor: https://elconta.mx/2010/09/28/contribuyente-fallecido-cmo-darlo-de-baja-en-hacienda-sat/
Saludos ;)