Factura electrónica: Mitos y realidades
MITOS Y REALIDADES DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Autor: actualisat.com
Con la llegada de la Factura Electrónica en México, se dio apertura a una serie de Mitos y Realidades acerca de esta, y sus respuestas, hasta la fecha son desconocidas por muchos Contribuyentes.
Es por eso que para mantener a los Contribuyentes informados vamos a mostrar algunos claros ejemplos de los Mitos y Realidades de la Facturación Electrónica:
Formas para la emisión de Factura Electrónica
MITO |
REALIDAD |
La única forma de emitir facturas electrónicas es a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) un software empresarial no funciona para este proceso. | No, para emitir una factura electrónica, existen 2 formas:
A) Medios propios es decir, utilizando un software empresarial; esto, si el contribuyente decidió implementar factura electrónica antes de 2011 (CFD). B) A través de los servicios en Internet de un Tercero Autorizado o PAC. El PAC timbra las facturas electrónicas, y el timbrado consiste en asignar un folio e incorporar el sello digital del SAT para hacerlas válidas. |
¿Quienes están obligados a utilizar la Facturación Electrónica?
MITO |
REALIDAD |
La Factura Electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes. | El cambio será paulatino, sin embargo por el momento los únicos obligados con aquellos que tengan ingresos iguales o superiores a los 4 millones de pesos en el ejercicio anterior o prevean que en el ejercicio actual llegaran a esta cifra.
“A partir del 1 de enero de 2011, inicia el cambio, de manera paulatina, al uso generalizado de la Factura Electrónica.” |
¿Obligatorio la representación impresa?
MITO |
REALIDAD |
Cuando recibo una factura electrónica es obligatorio su representación impresa en formato PDF. | No, con el archivo XML basta para acreditar o deducir el gasto. |
Adopción de Factura Electrónica
MITO |
REALIDAD |
Soy contribuyente y todavía no estoy obligado a adoptar la Factura Electrónica, no debo preocuparme. | No, aunque la realidad es que muchos de los clientes y proveedores ya entregan facturas electrónicas, y por lo tanto si tienes algún cliente o proveedor que la utilice, estarás dentro.
Es importante conocer lo que se debe hacer para cumplir con las disposiciones del SAT. Consulta los beneficios http://actualisat.com/component/content/article/25-inicio/ |
Facturas Impresas
MITO |
REALIDAD |
Podré seguir utilizando facturas de Impresor Autorizado y facturas en papel con Código de Barras Bidimensional (CBB). | Si, aunque su vigencia es limitada.
Las facturas de impresores autorizados caducarán al terminar su vigencia (31/12/2012). Y los CBB tienen vigencia de dos años con opción a renovar. La Factura Electrónica es el esquema de comprobación fiscal oficial y definitivo que deberás adoptar. |
Esquema de Comprobante Fiscal Digital
MITO |
REALIDAD |
Es posible adoptar la Factura Electrónica bajo el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD). | No, a partir del 2011, si se decide adoptar la Factura Electrónica, se deberá hacer bajo el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). |
Seguridad de la Factura Electrónica
MITO |
REALIDAD |
La Factura Electrónica es insegura y propicia el robo de información. | No, la Factura Electrónica contiene elementos de seguridad que garantizan la integridad y validez de los documentos emitidos y recibidos.
Los sellos digitales garantizan que sea único y hacen imposible cualquier modificación después de su emisión. |
Micro negocios y venta al público
MITO |
REALIDAD |
Para los negocios con micro y venta al público, la Factura Electrónica no es viable. | No, para estos negocios la ley prevé que puedan emitir una factura global para comprobar sus ventas generales del día. |
Costos
MITO |
REALIDAD |
La Factura Electrónica es un proceso costoso para el contribuyente. | No, esto es una inversión. De acuerdo con el SAT, los contribuyentes reducen hasta en un 80% sus costos de emisión y distribución.
Además puedes encontrar herramientas gratuitas como: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/20_15523.html CFDi.com.mx: Si requieres ayuda, ¡Llámanos! |
Información Interna
MITO |
REALIDAD |
Si adopto Factura Electrónica la información de mi Certificado de Sello Digital (CSD) y Llave Privada se pueden compartir y hacer mal uso. | No, si actualmente utilizas un software para facturar electrónicamente con timbrado automático la información de tu Llave Privada y tu CSD nunca salen de tu empresa.
Con nuestros sistemas, la llave privada es un elemento que forma parte de tu FIEL y de tu CSD. La FIEL y tu CSD residen en tu computadora. |
Almacenamiento de XML
MITO |
REALIDAD |
Es necesario que almacene los archivos XML de las facturas electrónicas. | Si, de acuerdo con la 1ª RMF de 2010, todos los contribuyentes están obligados a almacenar los archivos XML en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología durante el plazo que las disposiciones fiscales señalen para la conservación de la contabilidad (5 años).
Cuando se trabaja por medio de un PAC, este los almacena como mínimo tres meses. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5198971&fecha=01/07/2011 |
Relación de Factura Electrónica con las pólizas
MITO |
REALIDAD |
Tengo que imprimir el archivo PDF de las facturas electrónicas para relacionarlas con mis pólizas. | No, si se cuenta con el archivo electrónico y se lleva la contabilidad en un software empresarial, se pueden relacionar digitalmente. |
Autenticidad de la Factura Electrónica
MITO |
REALIDAD |
Es necesario que me cerciore de la autenticidad de las facturas electrónicas que recibo. | Si, es de obligación validarlas, además de que es una sencilla forma de saber si la factura que te entregan reúne todos los requisitos del SAT, y para ello pone a disposición las siguientes ligas:
|
Migración de CFD a CFDI
MITO |
REALIDAD |
En 2011 debo cambiar de CFD a CFDI. | Si facturaste por primera vez de forma electrónica a partir del 1º de Enero de 2011, el CFDI fue la opción obligatoria, en cambio si en 2010 se optó por la facturación electrónica por medios propios se puede continuar en este esquema.
A reserva del incumplimiento de la presentación de los reportes, pues si no se presentan los informes y los contribuyentes incumplen durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la facilidad de emitir CFD en lugar de CFDI, a partir de que se presente el último incumplimiento. Hasta el momento no existe ninguna iniciativa. |
Servicio de Timbrado
MITO |
REALIDAD |
Debo pagar por el servicio de timbrado de un PAC. | Si, el precio promedio del servicio de timbrado de un PAC va desde $0.40 hasta $4.00 por factura. |
Buen día,
Mi nombre es Liliana Díaz, (Gerente comercial de Actualisat) y primeramente quiero agradecer a ElConta.com por el post con referencia nuestra página, aludiendo a su ética y responsabilidad en la publicación de todos los contenidos en esta página.
Sin el afán de utilizar este foro para hacer propaganda, quiero confirmar que la política de ofrecer timbrado sin costo por parte de nuestro PAC es real y efectiva para todos sus clientes, siempre y cuando cuenten con una versión actualizada de sus sistemas que incluyen facturación electrónica. link: http://bit.ly/ncsN13
La razón por la cual ContPAQi no cobra sus servicios de timbrado es porque su enfoque comercial se concentra en brindar software administrativo y contable, dejando como un valor agregado la factura electrónica sin costo.
Finalmente, cada empresa tiene la libertad de contratar sus servicios de Facturación Electrónica con el PAC de su preferencia, sin embargo es importante tener en cuenta que este tema trasciende de la simple emisión de comprobantes fiscales a su administración, validación, control de cxc, inventarios y contabilización entre otras funciones.
Por lo cual es importante tomar en cuenta todos estos aspectos para lograr que la adopción de esta tecnología se refleje en mayor eficiencia de procesos y como consecuencia un retorno de inversión más acelerado.
Su politica del blog como espacio de comunicación se contradice al final, porque le hacen spam al ConpaqI, que además consultando su pagina resulta que si te cobran por el timbrado, no publiquen mentiras!
@Anónimo:
ha lugar.
Dato corregido y gracias por el señalamiento.
Saludos ;)