SIPRED. ¿Cuándo se presenta el Dictamen Fiscal ejercicio 2017? Conoce las tres fechas posibles de entrega y el reporte «Relación de contribuciones por pagar»
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Pregunta de contribuyentes a la autoridad fiscal:
¿CUÁNDO SE PRESENTA EL DICTAMEN FISCAL EJERCICIO 2017?
Respuesta:
A más tardar el 15 de julio de 2018.
No obstante el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de 2017, se podrá presentar a más tardar el 30 de julio de 2018. Quienes opten por lo anterior, deberán presentar el anexo “Relación de contribuciones por pagar” con información del pago de las contribuciones realizado al 15 de julio del 2018.
En el caso de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, podrán enviar su dictamen fiscal a más tardar el 30 de agosto de 2018. Quienes opten por lo anterior, deberán presentar el anexo “Relación de contribuciones por pagar” con información del pago de las contribuciones realizado al 15 de agosto del 2018.
Fundamento legal: artículo 32 A del CFF, regla 2.13.2. de la RMF para 2018
¿Y qué es eso de «Relación de contribuciones por pagar»?
Esto es lo que señala el DOF: 16/01/2017
ANEXO 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada el 23 de diciembre de 2016.
(…)
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.
· LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO SE HUBIEREN CAUSADO Y ESTEN PENDIENTES DE PAGO, SEGUN EL ESTADO DE SITUACION FINANCIERA, SE RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO «RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR», IDENTIFICANDOLAS POR TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO O PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO EL IMPORTE POR PAGAR QUE ES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADO, EL IMPORTE POR PAGAR PROVENIENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES, LA SUMA DE DICHOS IMPORTES QUE REPRESENTA EL TOTAL DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO, IDENTIFICANDO, EN SU CASO, DEL TOTAL DE CONTRIBUCIONES, EL IMPORTE DE LA CONTRIBUCION QUE SE ENCUENTRA EN LITIGIO, LA FECHA DE PAGO Y NOMBRE DE LA INSTITUCION DE CREDITO O SAT EN EL QUE SE EFECTUO EL PAGO, O EN SU CASO, NUMERO DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL IMPORTE, CUANDO NO SE HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.
· EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA MANIFESTAR EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, LOS IMPUESTOS RETENIDOS POR CONCEPTO DE I.S.R. PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEÑALANDO: LA BASE DEDUCIDA A LA QUE CORRESPONDEN DICHAS RETENCIONES, EL PERIODO Y EL CONCEPTO DEL PAGO.
· EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO QUEDARA RELEVADO DE MANIFESTAR DICHA INFORMACION, CUANDO CON MOTIVO DE SU AUDITORIA, HAYA CONSIDERADO COMO CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, LAS BASES A LAS QUE CORRESPONDEN LOS IMPUESTOS RETENIDOS PENDIENTES DE PAGO, DEBIENDO PRECISAR EN SU INFORME ESTA SITUACION.
· LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN PARCIALIDADES, DE UNA O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS DATOS DEL AVISO DE OPCION, (ESCRITO LIBRE): NUMERO DE FOLIO, FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA, ASI COMO LOS DATOS DEL OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES, INDICANDO EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.
EJEMPLO DE LLENADO DEL ANEXO EN EL CASO DE UN CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN
DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL, CON LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:
Ø EL CONTRIBUYENTE PROVISIONO DESDE HACE DOS EJERCICIOS UN MONTO DE I.S.R. ANUAL A SU CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO HA CUBIERTO POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA.
Ø SE LE DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.
Ø AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU CARGO, DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.
Ø AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.
ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL ANEXO «RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR», EN LOS INDICES Y CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADOCOMO SUJETO DIRECTO
01100000000000
DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE (DEL EJERCICIO)
SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTEPROVENIENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES
01100001000000
DIFERENCIA DETERMINADA POR ELCONTRIBUYENTE (DEL EJERCICIODICTAMINADO)
SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADO
01100002000100
PAGO PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE2016
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADOLAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO
01100002000200
PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIODE NOVIEMBRE DE 2016
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADOLAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO
01100002000300
PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE2016
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADOLAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO
01100002000400
PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIODE DICIEMBRE DE 2016
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADOLAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PORSALARIOS Y EN GENERAL POR LAPRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO EN SU CARACTER DE RETENEDOR
01100003000000
CORRESPONDIENTE AL MES DEDICIEMBRE DE 2016
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTECORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADOLAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO
· SI POR ALGUNA RAZON EL CONTRIBUYENTE REFLEJA EN SUS CUENTAS DEL PASIVO, CONTRIBUCIONES POR PAGAR CON SALDOS DE CONTRIBUCIONES NO CAUSADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO, A PARTIR DEL INDICE «ESPECIFICAR CONCEPTO Y PERIODO AL QUE CORRESPONDE» DEBERA REFLEJAR ESOS SALDOS.
· EN LA COLUMNA «IMPORTE DE LA CONTRIBUCION EN LITIGIO», SE ANOTARAN LAS CONTRIBUCIONES PENDIENTES DE PAGO QUE SE ENCUENTRAN EN LITIGIO POR EL CONTRIBUYENTE Y ADEMAS DEBERA ADICIONAR EN LA CONTRIBUCION DE QUE SE TRATE EN LA COLUMNA DE CONCEPTO, LA PALABRA «LITIGIO» PARA IDENTIFICAR LA RAZON POR LA CUAL NO SE HA CUBIERTO ESA CONTRIBUCION.
(…)
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