HOYGA Conta ¿De plano son NO deducibles esos «gastitos»?
La verdad en las deducciones fiscales
Autor: C.P.C. y M.I. Carlos Kim
En cierta ocasión un empresario me comentaba que su contador era muy bueno en detectar omisiones en el cumplimiento de requisitos en las deducciones fiscales de su compañía y que, cuando había duda de su procedencia, optaban conservadoramente por considerar como no deducible la erogación de que se tratara.
Su charla fue en tono un tanto amargo y con un fuerte sentido de queja, pues como dueño de la empresa, generalmente accedía a la recomendación del contador para “no tener problemas con el fisco”, sin quedar del todo conforme.
Decía no entender porque no podía considerar erogaciones reales y necesarias en la operación de su negocio como partidas deducibles en plena justicia para el pago de sus impuestos.
Provocados por éste inicio de conversación comentamos y profundizamos con nuestro amigo empresario sobre las reglas generales y particulares de algunas de las deducciones que realiza en su empresa de manera recurrente y que según recordaba, en muchas ocasiones el departamento contable las consideraba no deducibles.
Algunas de las partidas que exploramos fueron las siguientes:
- Viáticos y gastos de viaje
- Honorarios a miembros del Consejo de Administración
- Gastos realizados en viajes al extranjero
- Inversiones en activos fijos
- Intereses, comisiones y pérdida cambiaría por fluctuación del dólar
- Previsión social en favor del personal
Me sorprendió sobremanera la motivación que le causó a nuestro amigo descubrir que con algunos ajustes en sus políticas y con un poco de planeación, podría incrementar substancialmente la posibilidad de considerar deducibles fiscalmente muchas de sus erogaciones cumpliendo con los requisitos y procedimientos que establecen la LISR y demás ordenamientos aplicables.
Aprovechando ésta experiencia, decidimos presentar a través de este medio informativo una serie de boletines en los que analizaremos los requisitos de las deducciones que pueden resultar de interés para su empresa, tómelo como recordatorio o como base para establecer una sana política en los procedimientos para dar cumplimiento a los requisitos de las deducciones, no sin antes recomendarle que revise el detalle con su asesor fiscal de cabecera.
El día de hoy iniciaremos por analizar la partida de viáticos y gastos de viaje en favor del personal de la empresa.
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