Les funcionó !! SAT recibe 7.5 Mill. a cuenta por venta Grupo Modelo
SAT -Comunicado de prensa 032/2013
México, D.F. a 18 de julio de 2013
Recauda SAT 7 mil 545 mdp por venta de Grupo Modelo
Se reafirma una vez más la aplicación del principio de generalidad tributaria en beneficio de toda la sociedad.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa sobre el entero de retenciones de contribuciones derivadas de la reciente operación de enajenación de acciones del Grupo Modelo a través de la Bolsa Mexicana de Valores.
Al 17 de julio, los principales intermediarios financieros, es decir, las casas de bolsa que participaron en la enajenación de tales acciones, han efectuado el entero de las retenciones sobre el ingreso obtenido de la operación, consistente en 7,545 millones de pesos, retenidos a las personas o grupo de personas propietarias de las acciones de Grupo Modelo.
Esta retención se considera a cuenta del impuesto que calculará, a la tasa del 30 por ciento, cada persona física en la declaración anual del ejercicio, y que deberá ser presentada a más tardar el 30 de abril de 2014.
En el marco del artículo 60, primer párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se establece que “los intermediarios financieros que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores, deberán efectuar la retención aplicando la tasa de cinco por ciento sobre el ingreso obtenido en dicha enajenación, sin deducción alguna”.
La empresa Anheuser-Busch México Holding, emitió la oferta pública para la adquisición de hasta 2,197,039,442 de acciones de la serie “C” de Grupo Modelo, con periodo del 2 al 31 de mayo del 2013 y fecha de liquidación el 4 de junio, con un precio de compra por acción de 9.15 dólares para un total de 20 mil 102 millones de dólares.
La Secretaria de Hacienda, reitera que no es posible revelar información de los ex accionistas y/o enajenantes de las acciones de referencia, en estricto apego a lo que establece el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.
Con esta acción, se reafirma una vez más la aplicación del principio de generalidad tributaria en beneficio de toda la sociedad, recaudando impuestos y facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
-0-
Vaya !! Les funcionaron sus avisos (mediáticos) de castigo en sus Criterios no vinculativos… y eso está muy bien para el erario público !!