IMSS da prórroga para el pago en parcialidades de los créditos fiscales


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El Instituto Mexicano del Seguro Social otorga un beneficio a patrones y sujetos obligado que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2010.

Este beneficio consiste en que tratándose de las solicitudes de prórroga para el pago en parcialidades de los créditos fiscales a favor del Instituto, señalados en el artículo 287, de la Ley del Seguro Social, se dispense el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de los patrones y demás sujetos obligados.

Para esto los interesados deberán cumplir los demás requisitos establecidos en la citada Ley y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, siempre y cuando continúen realizando el pago de las parcialidades autorizadas por las cantidades y en las fechas correspondientes.

En caso de incumplimiento del pago de dos de las parcialidades, se deberá proceder de inmediato a exigir el otorgamiento de la garantía del interés fiscal respectivo, y en caso de no otorgarse,se revocará la autorización respectiva de prórroga para el pago en parcialidades.

Este beneficio tiene vigencia a partir lunes 8 de febrero y hasta el 31 de julio de 2010.

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