Solicitar devolución de pagos indebidos al IMSS
Devolución de pagos indebidos ante el IMSS
Colaboración: C.P. Maritza Luna
Si el patrón cometió errores en pagos en exceso para efectos de Seguridad Social, puede solicitar una devolución de estas cuotas, las cuales son llamadas dentro de la propia ley como “cuotas sin justificación legal” y pueden ser reclamadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha del entero. Hay una excepción en tratándose de cuotas provenientes del Seguro de Retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez, las cuales están sujetas a regulaciones especificas que provienen de circulares emitidas por la Consar.
Las formas más comunes de cuotas sin justificación legal son las siguientes:
Pago en demasía por movimientos afiliatorios, incapacidades o ausentismos Duplicidad de pago Pago indebido de actualizaciones y recargos Error en prima de Seguro de Riesgos de Trabajo Trabajadores con dos o más patrones Comprobación del ingreso del trabajador con otro patrón, cuando se omitió presentar la baja.
Para solicitar la devolución de estas cuotas se debe acudir a la Subdelegación correspondiente a la oficina de cobros correspondiente al domicilio fiscal de la empresa, efectuando su petición por escrito a través del formato de solicitud de devolución de cantidades enteradas sin justificación legal, adjuntando entre otra, la siguiente información:
Identificación del solicitante o del Representante legal. Documento con que se acredite la personalidad del representante legal. Comprobante (s) de pago del periodo motivo de la solicitud Cedula emitida de cuotas Certificación de movimientos afiliatorios expedida por el departamento de afiliación y vigencia (en su caso). Certificado de incapacidad expedido por el médico del Imss (en su caso). Nomina o lista de raya (en su caso).
Cabe aclarar que esta documentación puede variar dependiendo de la subdelegación a la cual se acuda; se recomienda acercarse a la oficina de que se trate, en aras de verificar que efectivamente con esta información sea suficiente o si es que hay que adjuntar documentación adicional.
La devolución, deberá efectuarse por la autoridad, dentro del plazo de cincuenta días hábiles siguientes a la fecha en que se presente la solicitud con todos los datos, informes y documentos que sustenten su procedencia a satisfacción del Instituto.
Por último es importante mencionar que el pago de la devolución puede hacerse a través de notas de crédito o deposito en cuenta bancaria, sin embargo en la práctica la opción que maneja el Seguro social es la nota de crédito.
:arrow: Comentarios en sitio original
Kim Quezada S.C. es una firma de servicios contables, legales, fiscales y de auditoría; con oficinas en Tijuana, Baja California, y presencia internacional.
Kim Quezada es la única firma contable, fiscal y legal que provee de herramientas personalizadas para la toma de decisiones más inteligentes, dándole tranquilidad en los negocios. Nuestros socios y gerentes están disponibles en todo momento, y participan para establecer procesos contables y fiscales que coadyuvan al crecimiento a largo plazo y previenen problemas en el futuro.
“Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados. Kim Quezada y Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Kim Quezada y Asociados, S.C., sus miembros y/o sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar”