¿El IMSS dio de baja tu registro patronal? Esto te piden para restablecerlo…
Si el IMSS dio de baja tu registro patronal, esto te piden para restablecerlo…
Autor colaborador: Lic. Pepe Soto
Sitio web del Autor: ppsotoasesor.com
Twitter: @pepesoto
¿En alguna ocasión, les ha sucedido a ustedes o a sus clientes, que el bendito IMSS no los localiza o bien, tienen adeudos pendientes y los da de baja de una manera arbitraria?
Luego entonces si los dieron de baja y ustedes deciden irse por la «carretera libre», les presento los requisitos que deben presentar ante el escritorio de “restablecimiento de registros patronales” de la subdelegación que corresponda a su domicilio en donde está radicado su registro patronal. A saber:
- Elaborar un escrito libre, dirigido al titular de la subdelegación, solicitando el restablecimiento de su registro patronal, informando del motivo por el cual, ustedes omitieron reportar el cambio de domicilio o la ausencia en sudomicilio fiscal y que lo presenta de manera espontánea, sin mediar requerimiento alguno, de acuerdo con el art. 304-C de la LSS y 73 del CFF.
- Incluye en tu escrito, el nombre o razón social completo del patrón;
- Domicilio completo;
- Tu actividad económica (la misma que reportaste en tu afil-01, inscripción patronal);
- Si tuviste un cambio de domicilio, anota el anterior y el nuevo;
- Tu correo electrónico y teléfonos de contacto;
- La fecha en la cual se te dio de baja en el #imss;
- Croquis de ubicación de tu domicilio actual (aceptan una fotografia de google maps o waze). Incluye fotografías (2 o 3) de la fachada y señala referencias que faciliten la ubicación de ese domicilio, (facílitales la vida a los empleadillos del #imss)
- Este escrito se presenta en original y 3 copias.
La documentación que debes anexar al escrito patronal, son:
- Identificación oficial del patrón o representante legal;
- Identificación oficial de la persona que realiza el trámite;
- Carta poder notariada de la persona que realiza el trámite;
- Relación de los trabajadores (de preferencia el ultimo pago del SUA);
- Comprobante de domicilio actual;
- Si es persona moral, el acta constitutiva o poder notarial, destacando el párrafo en donde se otorga el poder y las facultades del administrador o representante legal, así como el objeto social (facílitales la vida a los empleadillos del #imss);
- El formato de actualización de obligaciones ante el #SatMx, en el que conste el cambio de domicilio;
- Solicitar en cobranza, tu estado de adeudos, para anexar los pagos del #SUA a partir de la fecha de baja y aquéllos que se hubiesen reflejado en ese estado de adeudos.
- Los avisos de baja de los trabajadores que hubieses realizado.
No te van a recibir la solicitud si te falta alguno de los requisitos. Evita dar vueltas de más. Te atienden en un horario de 08:30 a 14:30 horas.
Conclusiones:
- Si tienes suerte, el trámite no debería durar más de 10 días hábiles, pero eso sí, habrá que mostrarse enérgico si la baja fue una artimaña del #imss, bajo una supuesta aplicación del art. 251 de la LSS: “no localizado”, porque son muy dados a darlos de baja con el fin de que se acerquen a pagar adeudos, lo cual repito, es arbitrario, porque para eso existe el PAE (procedimiento administrativo de ejecución), pero como no tienen personal suficiente para esta tarea, prefieren dar de baja al patrón y así lo obligan a tener que acudir.
- Si de verdad tienes adeudos, te sale más económico regularizarte, porque solo pagarías actualización y recargos. Te evitas la multa.
- En el siguiente enlace hago comentarios de que cuando el #imss te da de baja por adeudos es ilegal y arbitrario. Checa mi post, haciendo click aqui.
BUENOS DÍAS. TUVE UN PROBLEMA CON EL IMSS, DIO DE BAJA EL REGISTRO PATRONAL POR NO LOCALIZADO. ME FUI POR LA LIBRE Y REALICE TODO LO QUE ME PIDIERON ME TARDE 2 MESES EN QUE ME REACTIVARAN EL REGISTRO. MI PREGUNTA SI EN ESE LAPZO DE TIEMPO ALGUN TRABAJADOR DEJO EL EMPLEO, COMO PRESENTO LA BAJA RESPECTIVA SINO ACEPTAN NINGUN TRAMITE POR QUE EL REGISTRO ESTA CANCELADO?
MUCHAS GRACIAS
Buenas noches. Excelente guía para este trámite con sus asegunes.Si me lo permite, quisiera compartir mi experiencia. He podido comprobar que en varias subdelegaciones (Hidalgo, Estado de México – Tlalnepantla, Chalco, Ecatepec, CDMX, Neza, Querétaro), los requisitos cambian según el criterio de los que atienden la ventanilla correspondiente a este trámite. En unos lados piden nada más una copia de los documentos con todos los requisitos enunciados; en otras subdelegaciones no aceptan el croquis de google, y exigen que el croquis sea plasmado o dibujado a mano. En otros lados exigen, dependiendoOdett de la subdelegación el último o tres últimos CFDI emitidos. En unas subdelegaciones indican, toda vez cumplidos los requisitos, que el trámite dura de 2 a 15 días (reitero, según la subdelegación) Por lo anterior, y aún cuando sea ilegal la baja del registro patronal, cada subdelegación se rige bajo sus propios criterios con la consigna «hágale como quiera».
Hola, Lic. Soto,
En la empresa en la que laboro tuve un caso similar, como un dato puedo mencionarles que el realizar el restablecimiento es abrirles la puerta a revisar tu información de años pasados. En este caso la empresa a la que represento me fue más fácil obtar por la ayuda de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y así librarme de los cargos que me querían realizar.
Hola Alfredo.
Gracias x compartir su experiencia.
Para esos cargos supuestos, el imss debería utilizar el PAE.
Saludos.
Buen dia. Es buena opción el hecho de recurrir a otras instancias, pero recuerden que si existen adeudos ante el IMSS estos se verán reflejados hasta que comprueben la subsanación de los mismos.
Saludos.
Gracias. Sigo compartiendo contenido de utilidad.
EXCELENTE INOFORMACION