Inscripción al RFC de Personas Morales en México
Inscripción Al RFC de PM en México
Se recomienda considerar los cambios a partir del 14 de mayo y establecer expectativas realistas.
C.P.C. María Guadalupe Ruiz Durazo
• Presidente de Consejo del Colegio de Contadores Públicos de Sonora A.C.
• guadalupe.ruiz@advicesonora.com
De acuerdo con el sitio del Banco Mundial, en México, una persona moral puede obtener su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en medio día, si se obtiene por medio del notario mediante un procedimiento en línea y dos días si es el empresario el que acude personalmente al centro de servicio del Sistema de Administración Tributaria Doing Business in Mexico – World Bank Group.
Sin embargo, es muy poco probable que se materialice la expectativa de que la inscripción al RFC se realizará en dos días, después de recibir el acta constitutiva del Notario, generando frustración al empresario que desea iniciar operaciones a la brevedad posible.
Conclusión
La frustración proviene de una alta expectativa y el desconocimiento de los requisitos, que cambian con la facilidad de una publicación de modificaciones al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal. Hasta el 13 de mayo se aceptaba como comprobante de domicilio el contrato de arrendamiento, pero a partir de la publicación de la 3ª resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y su Anexo 1-A, dicho documento no es válido.
Entonces, en la práctica ¿Cuánto tiempo lleva la inscripción de una persona moral al Registro Federal de Contribuyentes?
A continuación, la respuesta.
¿Cuánto tiempo lleva inscribir a una persona moral al RFC?
El tiempo que toma a una persona moral en obtener su Registro Federal de Contribuyentes depende de principalmente de dos factores; el primero, de la disponibilidad de citas para realizar el trámite ante el Servicio de Administración Tributaria y el segundo, de que el contribuyente cuente con la documentación e información necesaria.
I. Disponibilidad de Citas
De acuerdo con la disponibilidad de citas del SAT para la atención presencial en sus módulos y oficinas desconcentradas en todo el país durante el mes de marzo de 2025 el 99% de las sedes contaron con alta disponibilidad, con tiempos de espera de 1 a 10 días hábiles y solo el 1% de las oficinas registraban tiempos de espera de entre 11 y 20 días. Citas del SAT 2025: Lista de disponibilidad en módulos y oficinas del 11 al 14 de marzo.
Actualmente podríamos estimar que la cita para el trámite de inscripción, en promedio, tiene tiempo de espera de una semana.
II. Requisitos
Es recomendable revisar la ficha de trámite 43/CFF Solicitud de inscripción al RFC de persons morales en la ADSC y el apartado de Definiciones del Anexo -1A, cuya más reciente modificación se publicó el martes 13 de mayo de 2025.
En el caso de una sociedad mercantil, los requisitos son los siguientes:
- Contar con cita previamente registrada en https://citas.sat.gob.mx/
- Acta constitutiva protocolizada que contenga la clave de RFC de cada uno de los socios. En caso de que el RFC de los socios no se encuentre expresa dentro del acta constitutiva, el contribuyente deberá presentar por escrito la manifestación que contenga la clave de RFC de los socios. Cabe mencionar que, en la actualidad, generalmente los notarios incluyen en el acta constitutiva de forma expresa el RFC de los socios.
- Comprobante de domicilio, que posiblemente el obstáculo que más difícil de franquear, al que nos referiremos más adelante.
- Instrumento para acreditar la representación.
- Identificación oficial vigente del representante legal. El INE es la que, en general, funciona mejor, pero es válido el pasaporte vigente y la cédula profesional vigente con fotografía exceptuadas las cédulas electrónicas.
- Tratándose de personas morales con accionistas extranjeros, que no están obligados a solicitar su inscripción al RFC, deberán utilizar la clave de RFC genérica (EXTF900101NI1 en el caso de personas físicas y EXT990101NI1 en el caso de personas morales).
Documentos válidos como comprobante de domicilio
De acuerdo con el Anexo 1-A, apartado I de Definiciones, numeral 1.2. inciso B, se acepta como comprobante de domicilio cualquiera de los siguientes documentos:
- Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero. Esto es materialmente imposible debido a que de acuerdo con las “DISPOSICIONES de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito”, artículo 4, fracción II, inciso a), previo a abrir una cuenta o celebrar un contrato para realizar operaciones de cualquier tipo, las entidades del sistema financiero deberán integrar el expediente asentando la clave del Registro Federal de Contribuyentes con homoclave, así que, si no hay RFC, no hay cuenta bancaria. Es imposible contar con estado de cuenta bancario antes del registro al RFC.
- Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente. Difícilmente una persona moral de reciente constituciones será propietaria de un inmueble y tendrá el último pago del impuesto predial a su nombre. Prácticamente imposible.
- Recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente. Por ejemplo, después de la constitución de la sociedad contar con un recibo de internet y teléfono podría llevar entre un mes y mes y medio (primero se celebra el contrato de prestación del servicio; después, entre los 3 y 5 días siguientes a la celebración del contrato, el proveedor hará la instalación si no hubiera ningún contratiempo y, un mes después de la instalación, dependiendo del día de corte para efectos de facturación en la zona, el contribuyente podrá tener el primer recibo de pago de servicio de teléfono e internet a su nombre.)
- Desde la publicación de la modificación al Anexo 1-A del 13 de mayo de 2025 no se acepta el contrato de prestación de servicios a nombre del contribuyente que incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo. Que, por cierto, era la opción más socorrida por los contribuyentes: presentar contrato de arrendamiento.
- A partir del 13 de mayo la mejor opción parece ser el contrato de servicio de luz, teléfono o internet y agua suscrito por el contribuyente, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Esperemos que sea uno de los contratos y no los tres.
En resumen, para inscribir a una persona moral al Registro Federal de Contribuyentes se requiere:
- Cita para realizar el trámite ante el SAT de acuerdo con la disponibilidad del SAT.
- Acta constitutiva.
- Comprobante de domicilio, que si se acepta el contrato de internet y teléfono ese sería el más ágil. El contrato de arrendamiento no es válido como comprobante de domicilio a partir del 14 de mayo de 2025.
- Documento para acreditar la personalidad.
- Identificación oficial vigente.
- La comparecencia del representante legal que debe contar con Firma Electrónica Avanzada “Fiel” vigente.
- Memoria USB.
Con todo esto y un poco de suerte, podrá realizar el trámite de inscripción de una Persona Moral al Registro Federal de Contribuyentes el mismo día de la primera cita. Con esta información podría entenderse la afirmación del Banco Mundial consistente en que en dos días se puede obtener el RFC de una persona moral en México.
Por otra parte, los encargados de la atención al público en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente son los que reciben y atienden con amabilidad, paciencia y buena disposición a contribuyentes frustrados por la alta expectativa que, con frecuencia, no se materializa.
De acuerdo con la ficha 43/CFF el contribuyente recibe al concluir su trámite el acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Con frecuencia, el contribuyente obtiene además la Firma Electrónica Avanzada “FIEL”, pero en otros casos debe acudir a realizar un segundo trámite, en términos de la ficha de trámite 312/CFF Solicitud de generación de Certificado de e-firma para personas morales por primera vez; en ese caso, deberá obtener una nueva cita y cumplir con los requisitos que son prácticamente los mismos que para el trámite de inscripción, duplicando el tiempo requerido para iniciar operaciones.
En cualquier caso, es recomendable tener una expectativa realista del tiempo necesario para realizar la inscripción al RFC de una persona moral y obtener la Firma Electrónica Avanzada, evitando así la frustración que genera el tener una expectativa con frecuencia irrealizable, como la que describe el Banco Mundial en su documento Doing Bussines in México.






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