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Pregunta
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¿Ha cambiado la manera de señalar el método de pago en una factura?
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Respuesta |
A partir del 15 de julio debes asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo:
Clave Descripción
01 Efectivo
02 Cheque nominativo
03 Transferencia electrónica de fondos
04 Tarjeta de crédito
05 Monedero electrónico
06 Dinero electrónico
08 Vales de despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicio
99 Otros |
Fundamento |
Artículo 29-A, fracción VII, inciso c, del Código Fiscal de la Federación y regla 2.7.1.32, tercer y cuarto párrafos de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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¿Es válido que en el CFDI se indique tanto la clave como la descripción del método de pago?
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Respuesta |
Sí, es válida la factura electrónica que contemple tanto la descripción como la clave del método de pago. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada el 06 de mayo de 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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Si aún no se conoce el método de pago al momento de expedir el CFDI, ¿qué clave del catálogo de métodos de pago se debe indicar?
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Respuesta |
Si al momento de expedir el CFDI no conoce el método de pago, se podrá utilizar la expresión “NA” o alguna otra análoga. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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¿Es correcto que en los CFDI expedidos a través de “Mis cuentas” no aparezca el número de clave del método de pago?
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Respuesta |
Sí, es correcta y válida la factura electrónica emitida a través de Mis cuentas que no contemple el número de la clave del método de pago. |
Fundamento |
n/a |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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Para CFDI de egresos ¿también es obligatorio indicar el método de pago?
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Respuesta |
En las facturas de egresos también se debe indicar el método de pago.
Tratándose de facturas que se emitan por descuentos, rebajas o para amparar devoluciones, en las que no existe un pago de por medio se deberá indicar la expresión “NA” o cualquier otra análoga. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. |
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Pregunta
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En la emisión del CFDI por operaciones con público en general ¿Qué clave de método de pago se debe indicar?
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Respuesta |
Cuando se trata de operaciones con el público en general, se registrará la clave 99 que corresponde a Otros. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada el 06 de mayo de 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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¿En qué supuestos se debe utilizar la clave de método de pago “99 Otros”?
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Respuesta |
La clave “99 Otros” se utiliza cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo y siempre que la forma de pago no se contemple dentro de las opciones contenidas en el catálogo de métodos de pago o en el CFDI global que se elabore por operaciones con el público en general. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada el 06 de mayo de 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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Cuando exista más de un método de pago para la misma operación, ¿cómo se deben indicar en el CFDI?
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Respuesta |
Se deberá registrar cada una de las claves que sean aplicables, comenzando con la que represente el monto mayor y, así de manera progresiva hasta llegar a la que represente el monto menor con el que se haya liquidado la contraprestación, éstas deben estar separadas por una coma. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada el 06 de mayo de 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
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Pregunta
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¿En qué casos es posible utilizar N/A o cualquier expresión análoga en el método de pago?
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Respuesta |
Cuando al emitir la factura no se ha recibido el pago. |
Fundamento |
Regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 publicada el 06 de mayo de 2016. |
Vigente hasta |
Permanente |
Pregunta en Archivo Histórico |
ESPECIFICAMENTE EN QUE SECCION DEL ANEXO 20 ESTAN LOS CATALOGOS DE ESTE ARTICULO