Mi Contabilidad Personas Físicas. Mas respuestas a bastantes dudas.



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Charla teórica sobre el aplicativo «Mi Contabilidad Personas Físicas» por Sofía García Pérez

1:15 Antecedentes, el SAT siempre a la vanguardia…

2:00 ¿Qué es Mi Contabilidad Personas Físicas?

2:31 Para quien esta dirigida esta aplicación.

8:20 Beneficios

9:05 Como ingresar al aplicativo

11:33 Novedades

15:42 Clasificación de Ingresos

16:44 Deberás clasificar tus facturas así (Cobrado total, cobrado parcial, no cobrado)

19:19 Clasificador de Gastos

22:13 Clasificador de facturas (Total, parcial, no deducible, no considerar)

22:55 Clasificar el tipo de gasto que se pretende deducir (Gasto general, Adquisición de marcancias, Inversiones, etc)

24:33 Sueldos y salarios del mes

25:52 Totales

27:33 Impuesto Sobre la Renta (Más adelante se habla mas del tema)

29:13 Impuesto al Valor Agregado (Más adelante se habla mas del tema)

30:39 Determinación del Impuesto Sobre la Renta

34:00 Determinación del Impuesto Sobre la Renta

36:15 Mas tutoriales

RESPUESTA A PREGUNTAS DE LOS ASISTENTES:

37:05 ¿Cómo se pueden considerar los pagos que se obtuvieron en septiembre de facturas con cobro diferido?

38:10 Las personas que enviamos aviso por «Mi Portal» para NO enviar Contabilidad Electrónica porque utilizaríamos «Mis Cuentas» ¿Estamos obligados a utilizar ahora «Mi Contabilidad»?

40:04 La aplicación «Mi Contabilidad» ya es obligatoria, porque no hay otra opción, Declaraciones y Pagos ya no aparece. Lo que es opcional, dentro de «Mi Contabilidad» es utilizar o no los CFDI

41:16 Persona Física en Arrendamiento, ¿Tiene la obligación de realizar «Mi Contabilidad» en el portal?

42:36 Soy regímen de honorarios (doctor) exento de IVA, ¿al realizar el cálculo de ISR en «Mi Contabilidad» el sistema toma el monto sub-total de mis gastos?

43:38 En arrendamiento si se elige el método tradicional (deducción ciega), y se avisó del uso de «Mis Cuentas», ¿con esto sigue liberado de presentar la contabilidad electrónica?

44:05 ¿Se puede presentar en el aplicativo anterior?

45:01 Soy PF con ingresos menores a 2 Mill y NO estaba obligado a la contabilidad electrónica es correcto esto?

45:54 Soy PF con ingresos mayores a 1 Mill ¿Debo hacer declaración anual?

46:43 Si alguna de las facturas que aparecen precargadas, me aparecen mal y las puse manualmente (ya que son exentas y me duplicó el monto del subtotal en tasa 0%) esto afecta, ya que no las puedo borrar.

47:51 En la nueva forma de capturar el pago referenciado no arroja los ingresos y las deducciones acumuladas ¿qué debo hacer? ¿acumularlos en el mes?

50:39 Como PF con Act. Profesional (Médico) ¿Pueden utilizar también «Mi Contabilidad»? ya que estamos exentos de presentar la DIOT

51:06 Yo presenté aviso para llevar mi contabilidad electrónica en el apartado «Mis Cuentas» (soy régimen de arrendamiento) ¿puedo optar por el clasificador?

52:04 ¿Las depreciaciones en que apartado se pueden poner?

53:08 Si elegí la opción de seguir con el esquema anterior, ¿entonces a partir de este periodo estoy obligado a presentar contabilidad electrónica?

54:24 En caso de no rebasar los 2 Mill de pesos, ¿puedo seguir presentando mis declaraciones mensuales en el esquema anterior (pago referenciado)?

54:56 ¿Para 2019 puedo optar por el clasificador?

55:40 Al presentar mi declaración mensual en el sistema, NO refleja el ISR retenido acumulado de periodos anteriores, ni tampoco me permite anotarlo. ¿Qué es lo que necesito hacer?

56:28 Si soy PF (honorarios) no rebaso los 2 Mill ¿Debo usar «Mi Contabilidad» o «Mis Cuentas»? En «Mis Cuentas» solo aparece para RIF

57:25 Al momento de clasificar ¿Cómo identifico las facturas canceladas? para no tomarlas en cuenta o ¿automáticamente no aparecen?




37 comentarios
  1. Antonia Caro H
    Antonia Caro H Dice:

    Diganme por favor si saben en que parte se anota EL ISR retenido de periodos anteriores, tentativamente lo puse como pagos provisionales anteriores no se si sea correcto pero asi ya no me marco ISR a pagar

  2. Sofia
    Sofia Dice:

    Hola en la declaración del isr me aparece la opción de que hay impuestos retenidos.quisiera saber que sucede con eso o que debo de hacer?

  3. FERNANDO URIBE RODRIGUEZ
    FERNANDO URIBE RODRIGUEZ Dice:

    BUENAS TARDES YO PRESENTE MIS DECLARACIONES DENTRO DE MI CONTABILIDAD A PARTIR DE SEPTIEMBRE Y ESTOY AL CORRIENTES CON MIS DECLARACIONES PERO EN LA OPINION DE CUMPLIMIENTO ME SIGUE SALIENDO QUE DEBO LAS DECLARACIONES DE IVA DE PROVEEDORES DIOT ENTONCES LA PREGUNTA ES:
    PRESENTO MIS DECLARACIONES INFORMATIVAS SI O NO?

  4. mara
    mara Dice:

    La ultima pregunta sobre que no deben aparecer las fcaturas canceladas es incorrecto dado que ya estando canceladas siguen apareciendo en el portal de mi contablidad como vigentes, aunque en el portal del sat de facturas aparcen como ya canceldas, como puedo solucionarlo, ya que me toma en cuenta las facturas canceladas como ingresos

  5. jesus
    jesus Dice:

    una persona fisica que en sus facturas las emitio con retenciones y no tiene registrado la obligacion por honorarios… que debe de hacer??? si todo el año 2017 y parte de 2018…. los emitio y lo declaró así…

    saludos

  6. jesus
    jesus Dice:

    PRESENTÉ DE SEPTIEMBRE ISR POR ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y POR HONORARIOS ELEGI LAS DOS OPCIONES, ME APARECIO UN MENSAJE DE QUE LA INFORMACION SE INTEGRARIA A LA EMPRESARIAL, Y BUENO … TODOS LOS MONTOS VENIAN ACUMULADOS SOLO QUE EL ISR RETENIDO VENIA EN BLANCO PERO ACTIVADA Y PUSE LO RETENIDO DESDE ENERO A SEPTIEMBRE… Y BUENO EL CASO QUE EN EL ACUSE VIENE EL ISR POR ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y EL IVA… EN EL LLENADO VIENE ISR ACTIVIDAD EMPRESARIA CON TODA LA INFORMACION… EL ISR HONORARIO EN CERO TODO… Y EL IVA… PARA MI SORPRESA ME LLEGA REQUERIMIENTO POR EL ISR HONORARIOS…

    EL SAT ME DICE QUE TENGO QUE ENVIAR COMPLEMENTARIA POR LA OBLIGACION NO PRESENTADA PERO ESTARIA DUPLICANDO LA INFORMACION QUE NO???

    LA VERDAD QUE NADA PRACTICO ESTA APLICACION… SI ALGUIEN ESTA EN ALGO SIMILAR QUE ME PUEDA APOYAR SE LO AGRADECERIA

    • Ana Almanza
      Ana Almanza Dice:

      Me sucedio lo mismo y aun no me saben explicar que hacer, porque me dicen que presente complementarias por obligación no presentada, pero al hacerlo, me arroja el acumulado por actividad empresarial de enero a agosto, y para poder que no me de ISR a Cargo, tengo que poner el acumulado tambien de ISR Retenido asi como pagos provisionales efectuados por actividad empresarial, y es incorrecto ya que por honorarios no he tenido ingresos en todo el año, tampoco se que hacer y tambien me llego requerimiento por parte del Estado de Sinaloa por ISR por honorarios.

      Si alguien esta en el mismo caso y ya sabe como resolverlo, favor de pasar el dato.

    • Laura Espinosa
      Laura Espinosa Dice:

      Hola yo estoy en un caso similar y ha sido um problema he recibido diferentes opiniones de como resolverlo y tuve que ir a la prodecom para protegerme.aun no me resuelven. Debo comentarte que mi opinion de cumplimiento es ppsitiva y el requerimiento fue emitido por la secretaria de fimamzas del estado de gto.si tienes alguna informacion al respecto podemos compartila.gracias.
      Laura Espinosa

  7. RAQUEL
    RAQUEL Dice:

    tengo obligacion por ISR POR ACTIVIDAD EMPRESARIAL… E ISR POR HONORARIOS… AL MOMENTO DE PRESENTAR PAGO PROVISIONAL A TRAVES DE MI CONTABILIDAD SELECCIONE LOS DOS ISR, Y ME APARECE UN MENSAJE … QUE LOS INGRESOS SE IBAN A INTEGRAR A UNA SOLA A ACTIVIDAD EMPRESARIAL… EL CASO QUE EN EL LLENADO VIENEN EL ISR ACTIVIDAD EMPRESARIAL CON TODA LA INFORMACION HASTA ISR RETENIDO… Y EN ISR HONORARIOS EN CEROSSS… PERO EN EL ACUSE NO SALE EL ISR HONORARIOS… Y ME LLEGO REQUERIMIENTO POR NO PRESENTAR…

    AHI NO ENTENDI…

  8. Maria Aguirre
    Maria Aguirre Dice:

    En Mi Contabilidad no puedo agregar la obligación de ISR Retenido por salarios como lo agrego si estoy obligado a declararlo

    • Oscar
      Oscar Dice:

      no si si ya lo resolviste pero mandas la normal con todas las obligaciones y posteriormente debes darle click en presentar declaracion «otras obligaciones» complementaria «obligacion no presentada» y ya te va dar la opcion de sueldos y salarios, porque ahora es asi no tengo npi, o al menos que haya forma de ir agregando las obligaciones ? no lo se

      • ANDREA
        ANDREA Dice:

        Hola, la del mes de septiembre si permitio hacerlo como lo indicas, presentarla como complementaria en obligacion no presentada, pero de octubre a la fecha no aparece el impuesto. Y no me saben dar una respuesta en el SAT

  9. May
    May Dice:

    A mi me aparece una factura cancelada,como vigente y se me duplican los ingresos …Como le puedo hacer para no contemplará o donde meto aclaración?

  10. alejandro ORTEGA ruiz
    alejandro ORTEGA ruiz Dice:

    LA CULPA ES DEL IMPC QUE HA PERMITIDO TODAS LAS BARBARIDADES DEL SAT. ESE ORGANISMO DEBE DE DESAPARECER AL IGUAL QUE LA PRODECON.

  11. Elia Molina
    Elia Molina Dice:

    En respuesta a la pregunta sobre el ISR retenido de periodos anteriores efectivamente no permite la captura ni manual ni de ninguna forma y solo contestan lo mismo en el SAT.
    Yo capture el ISR retenido de periodos anteriores en el renglón ISR del periodo, se que está incorrecto pero fue la única forma de que me saliera correcto el ISR a pagar.
    Debo presentar una complementaria? y en la complementaria me va a dejar anotar el ISR de periodos anteriores?

    • KARINA
      KARINA Dice:

      Ya lograron solucionar lo del ISR reternido de periodos anteriores? Tengo el mismo problema y el SAT dice que intente en otro navegador.. :(

    • Leon
      Leon Dice:

      No deja integrar información en isr retenidos de periodos anteriores, yo he intentado hacer complementaria para corregir unas retenciones, pero no acumula las retenciones de periodos pasados, aun no se como enviarla y ya se me vence el tiempo para presentar mi declaración.

  12. Elia Molina
    Elia Molina Dice:

    En el minuto 55:40 sobre el ISR retenido de periodos anteriores, solo contestan lo mismo, pero la realidad es que no deja capturar el ISR retenido anterior, yo lo puse todo en ISR del periodo para que no me diera ISR a pagar, se que está mal pero no tuve opción.
    Hay que presentar una complementaria para corregir este error?

    • gisela
      gisela Dice:

      pues yo estoy revizando que no se puede modicar el ISR retenido del periodo…ayer consultando con los del sat me pidieron mi RFC Y nombre para revizar mi situación, me dieron a entender que agregarian el rubro y que esperara en un lapso de dos días.

      espero que lo resuelvan pronto

    • ADRIANA GONZÁLEZ
      ADRIANA GONZÁLEZ Dice:

      HOLA ELIA, LAMENTABLEMENTE NO TE DEJA HACER CORRECCIONES EN EL ISR RETENIDO ANTERIOR Y HACER LO QUE TU APLICASTE ESTA MAL. SINCERAMENTE LO QUE YO HICE FUE MANDAR COMPLEMENTARIAS DESDE EL MES QUE COMETÍ EL ERROR COLOCANDO LA CANTIDAD CORRECTA Y POSTERIORMENTE PRESENTAR COMPLEMENTARIAS DE LOS SIGUIENTES MESES PARA TENER LOS SALDOS CORRECTOS.

  13. JAIME CASTRO
    JAIME CASTRO Dice:

    Solo como comentario, que hubieran puesto a una persona que supiera los artículos que aplican.
    En donde dice que no estoy obligado a enviar la Contabilidad electrónica cuando soy rif o bien la llevo a través de mis cuentas es la 2.8.1.5, 2.8.1.6 y 2.8.1.7, el artículo 116 que menciona es de de los pagos provisionales por arrendamiento, qué bárbara
    Además menciona que el fundamento del rif es el 110, que le sume uno, es el 111
    Excelente asesoría, ya me me quedaron dudas (SARCASMO)

  14. Humberto Chávez
    Humberto Chávez Dice:

    En la pregunta que hizo el médico, no dio respuesta como tal para los gastos si estos,en el sistema ya los consideraba con el gasto total con iva o los consideraba con el subtotal o que se hace reclasificalos??

  15. IRMA RAMOS
    IRMA RAMOS Dice:

    Buen dia, que pasa si son Arrendamiento y Honorarios, presenté mi aviso para «MIS CUENTAS» ya que reunia los requisitos, facturaba en «mis cuentas» pero las declaraciones las presenté en «pago referenciado» porque solo alli se tiene la opción para honorarios y para no presentar dos veces declaración de IVA (Hns. y arrendamiento) QUE PROCEDE ahora entonces con el IVA porque tengo que continuar en «MIS CUENTAS» es correcto que presente dos declaraciones de IVA?? una por arrendamiento en «mis cuentas» y otra declar. de IVA por hns. en «MI CONTABILIDAD»

      • alfonso
        alfonso Dice:

        ya clasifique mis ingresos y mis gastos alguien me puede ayudar a como guardar lo que e avanzado xq le doy guardar y cierro cesion y cuando lo habro todo me vuelve a aparecer sin clasificar

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