¿Flojerita de presentar tu Declaración Anual de Personas Físicas? Multa de hasta $30,850 pesitos….
Las multas que el SAT te pondrá si no cumples con tu declaración.
Fuente: IMCP (Síntesis informativa)
Si no cumples en tiempo y forma con tus obligaciones fiscales podrías ser sancionado con un amplio catálogo de multas que van desde los 1,240 pesos hasta los 30,850 pesos, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por ejemplo, si no presentas tus declaraciones anuales de impuestos en los plazos establecidos para ello, el organismo fiscalizador podría aplicarte una sanción económica de entre 1,240 pesos y 15,430 pesos por cada omisión.
Es decir, el SAT te podría aplicar una multa de monto similar por todas y cada una de las declaraciones omitidas en ejercicios fiscales anteriores de 2015, cuya declaración debe presentarse en abril de este año.
Debido a lo anterior, se recomienda a los asalariados y personas físicas con ingresos por salarios y por salarios y otras actividades, como por ejemplo arrendamiento, presentar su declaración anual de impuestos 2015 a la brevedad.
Se acumulan
Pero además de la multa anterior, el SAT podría aplicarte otra de entre 1,240 pesos y 30,850 pesos, por cada obligación que presentes fuera del plazo establecido para el cumplimiento de la misma o por incumplimiento.
Y otra más, de entre 12,640 pesos y 25,300 pesos, por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera de plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
De acuerdo con la información oficial disponible en la página electrónica del SAT, si no cumples dentro del plazo que se indica en el requerimiento procede una multa adicional, por lo que es importante tomar en cuenta que ya casi pasó medio mes, por lo que si necesitas asesoría para declarar puedes recurrir a los asesores del SAT, que te atienden por teléfono o por chat en vivo en www.sat.gob.mx.
Puedes presentar tu declaración con posterioridad, pero en caso de existir un saldo a cargo, debes pagar, además de tu impuesto determinado, la actualización y los recargos que en su caso procedan, así que mejor hazlo en los plazos requeridos.
Por cada obligación que presente fuera de los plazos que marca la ley los contribuyentes se harán merecedoras de una multa que van de los 1,240 a 30,850…..mi duda es,aun y cuando para efectos de ISR si estoy obligado su pongamos en presentar una provisional a más tardar el 20 de abril y yo presento dicha declaración el 6 de octubre ….¿sería merecedor de dichas multas? Independientemente que sea una declaración en ceros o que se determine cantidad a pagar con sus respectivos recargos y actualizaciones….aun así ¿sería merecedor a la multa ?
Buenas noches, me parecen muy buenos comentarios y soy apegada a este sitio me gusta y los artículos aquí presentados, pero se comentan muchas de las amenazas que se encuentran en ley, pero no las alternativas que podemos considerar las personas físicas asalariadas.
Porque lo digo…. en tiempo reuní mis documentos para presentar mi declaración anual, en tiempo y forma ya que rebaso los ingresos marcados por ley y estoy obligado a presentar declaración en este 2015, tuve necesidad de pagar honorarios médicos y prótesis para OJOS Y EL OIDO, ADEMAS DE INTERESES HIPOTECARIOS, DE LOS CUALES PEDI MIS COMPROBANTES Y LA GRAN MAYORIA ESTA PAGADOS CON TARJETA DE CREDITO, DETERMINE SALDO A FAVOR POR MAS DE 10,000.00 Y DESDE LUEGO QUE NO TENGO FIEL, Y NO HAY CITAS DESDE HACE BUEN TIEMPO PARA TRAMITAR LA FIEL, Y en la pagina donde pretendo presentar mi declaración anual ME SALEN LEYENDAS DE QUE DEBO PRESENTAR LA DECLARACION y firmarla CON LA FIEL, MISMA QUE NO HE PODIDO TRAMITAR, YA CASI ESTAMOS EN EL ULTIMO DIA PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION, mi pregunta presento la declaración con la Ciec y mientras ¡que hago si no tengo la FIEL y no hay citas?