Multas IMSS, ilegales cuando se sustentan en el Art. 304 de la LSS



ILEGALIDAD DE LAS MULTAS DEL IMSS CON SUSTENTO EN EL ARTÍCULO 304 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Autor: L.D. Sergio Esquerra

Es el caso que de tiempo atrás el Instituto Mexicano del Seguro Social actuando a través de sus Subdelegaciones y sin tomar en consideración la conducta infractora real de los patrones, impone a diestra y siniestra – por decirlo coloquialmente – multas con “fundamento” único en el artículo 304 de la Ley del Seguro Social.

Situación que ha sido denunciada con éxito en tribunales federales por este el que hoy subscribe por cuanto hace a la ilegalidad evidente de tan indebido proceder dado que la autoridad institucional ignora, o pretende ignorar, que en dicho precepto se encuentra regulada una sanción especial por un elemento agravante para los casos en que la infracción de forma lleve aparejada además el incumplimiento de la obligación substancial de pago de
los conceptos que la propia ley define como créditos fiscales.

Lo previo ya que las infracciones a la Ley del Seguro Social se tipifican – como actos de acción u omisión – en su artículo 304-A y en diversos reglamentos aplicables, más NO así en el aludido artículo 304. Visto primero en: www.argoscursaradio.com

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L.D. Sergio Esquerra

Abogado litigante y asesor jurídico con especialidad en defensa administrativa y fiscal, comercio exterior y seguridad social / Autor de ocho libros /
Conferencista a nivel nacional e internacional / Socio directivo del bufete
ESQUER & ESQUERRA ABOGADOS / @SergioEsquerra