Para llevar litigios laborales no es necesario tener título profesional (y ni siquiera estudiar derecho…)
Por representación en litigio laboral no es necesario presentar título profesional para el pago de honorarios…
Para poner atención:
«La corte declaró así que conforme a la ley es posible que, quien preste ciertos servicios NO requiera titulo profesional para ello sin que por esa circunstancia pierda su derecho a percibir una retribución por su desempeño, independientemente de que para exigirla deba acudir a la vía civil cuando representantes, apoderados o asesores no pueden ser despojados del producto de su trabajo mas que por mandato judicial»
Me gustaría conocer una lista detallada de aquellos «ciertos servicios» profesionales que no requieren título profesional…. por esto abundan los abogados, contadores, e ingenieros «patito» :roll:
Info extra: Es constitucional el impuesto a quienes realizan juegos de apuesta y sorteos