No olvides presentar el dictamen fiscal 2010 al INFONAVIT
¿Sabías que tienes que presentar información al Infonavit después de haber enviado el Dictamen?
Autor: Josué Camacho
De conformidad con el artículo 29 fracción VIII de la ley de INFONAVIT, los patrones obligados a Dictaminar sus Estados Financieros en términos de lo dispuesto en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, están a su vez obligados a presentar ante este Instituto los Anexos relacionados con el pago de aportaciones del 5% y otra información referente al propio dictamen fiscal. Para llevar a cabo este trámite se deberá generar cierta información relativa al dictamen, y estructurarla de conformidad a los requerimientos del propio Instituto.
Después de haber enviado el dictamen fiscal se tendrán 15 días hábiles para llevar a cabo la presentación de la información mencionada anteriormente en las oficinas del Infonavit.
Esta obligación también abarca a los contribuyentes que no cuentan con empleados, ya que el Infonavit los considera patrones con o sin empleados.
Cabe recalcar que para los contribuyentes que optaron por el “SIPIAD” también tienen la obligación de presentar cierta información solo que esta no ha sido liberada en el portal del Infonavit, por lo que deben estar muy pendientes.
Que tu información no se presente extemporánea, preséntala ya!!
Nota de ElConta.Com: Aquí les comparto el Instructivo para la Presentacion del Informe y Anexos del Dictamen Fiscal y de la Información Alternativa por el Ejercicio 2010 (pdf según lo presenta el Infonavit al día 08 de Septiembre de 2011)
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