«Estimada Lolita, ¿Le puedo pagar el IVA que le debo en parcialidades? Ándele, diga que si !!»





Muchos contribuyentes en su honesto deseo de cumplir con sus obligaciones tributarias, le han pedido “un chance” al SAT para pagar el IVA a cargo haciendo uso del conocidísimo método de “pagos chiquitos” tan gustado por muchos y odiado por otros..

Pues bien, ante esta pregunta insistente “Dolores” responde:

IVA PAGO EN PARCIALIDADES

¿Procede la autorización para el pago en parcialidades del Impuesto al valor agregado?

No, toda vez que se trata de un impuesto trasladado.

Fundamento legal: artículo 66-A fracción VI, inciso c) del CFF.

Fuente: SAT

Obvio que los contribuyentes pensaron “chicle y pega” :D

Buen intento ;)



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