Si no le pusieron el medio de pago a mis facturas ¿Que hago? << Acá la respuesta.



Como ya lo hemos comentado antes, el SAT ha ido facilitando cada vez mas los requisitos que debe contener un comprobante fiscal para su correcta deducción. Llegando hasta exigir poco mas que los RFC de los involucrados en la operación comercial.

Pues bien, en la ya famosa sección de «Preguntas del día» encontramos esta duda expuesta por un contribuyente:

¿Si no se identifico el medio de pago de mis facturas, cómo hago los registros en mi contabilidad?

Y la respuesta del SAT es:

Pon en los registros contables, la expresión “NA”.

Fundamento legal: Artículo (183 KB) 33 inciso B, fracción III del Reglamento del Código Fiscal de la Federación y Regla (45 KB) I.2.8.9., fracción III de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

Así que… a no ponerse demasiado severos exigiendo a raja tabla ese dato que (por cierto) desde hace un buennnn que quitaron su obligatoriedad. Además.. te ves mal. :lol: