Nuevo sistema de citas en el SAT
Que coraje da buscar citas en el SAT y que siempre este saturadísimo ¿verdad?, pero una cosa si es cierta, muchos reservan solo por “apartar lugar” y al final del día ni asistían :evil:
Por esto y otros motivos el SAT a instaurado un nuevo sistema para obtener citas y hacer diversos trámites en sus módulos:
7 nuevas funcionalidades del sistema de citas
- Captura obligatoria del campo RFC del contribuyente Incluye la validación del campo RFC con la base de datos de IDC. (Aplica para todos los servicios salvo Inscripción y Orientación).
- Captura obligatoria de campos Nombre, Teléfono de casa u oficina y correo electrónico. Se realizarán validaciones considerando la clave lada y los dígitos de los teléfonos, así como los caracteres ingresados del correo electrónico.
- Generación de acuse de solicitud de cita. Se emitirá un primer acuse en formato PDF que avalará solamente la solicitud de la cita y servirá para informar al usuario que debe realizar la confirmación en el periodo señalado en su acuse.
- Envío de correo electrónico como recordatorio para confirmar la cita. Se enviará un correo electrónico con la liga específica al sistema de citas para realizar la confirmación
- Acuse de Confirmación. Una vez confirmada la cita, se solicitará la aceptación de Términos y Condiciones y se emitirá el acuse final asignándole al usuario el número de cita y el número de confirmación.
- Autoeliminación de citas no confirmadas. En el supuesto de que el usuario no realice la confirmación en el período establecido, el sistema procederá a cancelar de forma automática la solicitud de cita y posteriormente se liberará el espacio para que otro contribuyente lo utilice.
- Candado de bloqueo de citas por confirmación y no asistencia. El sistema revisará el número de citas abandonadas por cada usuario, al detectar el 2º. abandono aplicará una restricción de acceso, negando la posibilidad de agendar citas por un período de 30 días naturales, además, eliminará el resto de citas y solicitudes que el usuario tenga registradas durante el período de restricción.
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Fuente: http://www.idconline.com.mx/fiscal/2010/12/16/no-dejes-plantado-al-sat?sms_ss=twitter&at_xt=4d0a7eea48b39e83,0