Ubicación: De «los posibles» Centros Financieros Extraterritoriales / Paraísos fiscales





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Resulta complicado elaborar una lista de los paraísos fiscales en el mundo sobre la cual haya una conformidad generalizada. La única definición oficial de paraíso fiscal disponible desde los organismos económicos internacionales corresponde a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

El Informe de la OCDE del año 2000 incluyó una lista oficial de las 35 jurisdicciones fiscales que, al reunir los criterios, quedaban clasificadas como paraísos fiscales, ofreciendo un procedimiento para que pudieran comprometerse a la eliminación de las prácticas fiscales nocivas antes de 2006 (que no se ha cumplido). Entre el 1970 y el 2004, los paraísos fiscales reconocidos, por fuentes distintas a la OCDE, han pasado de 25 a 72.

Entrevista a Bruno Gurtner, Presidente del Comité Director Global de la Red por la Justicia Fiscal-Tax Justice Network:

“Por ejemplo, 35 de los 72 paraísos fiscales, mercados offshore, individualizados están jurídica, económica o históricamente ligados al Reino Unido de Gran Bretaña. La misma Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) estima que en los últimos 40 años la parte del comercio mundial que pasa por los paraísos fiscales ha aumentado de un porcentaje relativamente pequeño al 50 % del total”.

La globalización y la acción de las termitas fiscales (autor: Vito Tanzi, marzo de 2001):

Los centros financieros extraterritoriales o “paraísos fiscales”—la cuarta termita— han adquirido importancia como vehículode inversión financiera. Su crecimiento se ha visto estimulado por el flujo de información digital, que permite trasladar dinero y conocimiento fácil y económicamente, en tiempo real, así como por los mecanismos reguladores de algunos países. Se estima que los depósitos en entidades legales, como las sociedades comerciales internacionales y los fideicomisos extraterritoriales, superan los US$5 billones. No se sabe qué proporción de las utilidades de estas entidades se declara a las autoridades tributarias.

Las Naciones Unidas sostienen que estas entidades se utilizan con frecuencia para el lavado de dinero y la evasión tributaria. El Grupo de los Siete creó el Grupo de Acción Financiera Internacional y formuló un marco regulador que, de aplicarse debidamente, limitaría las posibilidades de lavado de dinero. Pero las soluciones son política y técnicamente complejas.

Fuente: http://abelgalois.wordpress.com