Personas Físicas. Pagos Estimados al Impuesto Sobre la Renta en los EUA
Personas Físicas. Pagos Estimados al Impuesto Sobre la Renta en los EUA
Autor: Christian Andrade
Una de las obligaciones universales de todo individuo es el pagar impuestos para contribuir con el gasto público generado por nuestro gobierno. El pago de los impuestos para una persona física (PF) en los Estados Unidos de Norte América (EUA) no es la excepción, por lo tanto tenemos que estar preparados para una serie de obligaciones que se desprenden de las leyes fiscales emitidas por los diferentes órganos tanto federales, estatales y locales encargados de hacer que se dé cumplimiento a estas regulaciones.
Recordemos que el gravamen denominado impuesto sobre la renta “Income Tax” está presente en el momento en el que una persona o individuo percibe algún ingreso calificado como gravado en la ley y es conocido como “Taxable Income”, pudiendo ser entre otros, percepción de sueldos y salarios, dividendos, comisiones, intereses, rentas, premios, regalías, etc.
El sistema impositivo del gobierno federal en los (EUA) trasciende más allá de las fronteras, es decir, toda persona llámese ciudadano, residente, inmigrantes ilegales, residentes en territorios reconocidos, tienen la obligación de declarar sus ingresos mundiales provenientes de fuentes ubicadas fuera de los (EUA) y por ende, pagar el impuesto así causado.
El “Internal Revenue Service” (IRS) es la dependencia federal encargada de la administración del pago de los impuestos. Por ejemplo en el caso de California el tributo es regulado por el “Franchise Tax Board” (FTB) el cual emana de leyes que aplican única y exclusivamente pare los residentes en este estado, es decir, una persona que vive en él tendrá la obligación de presentar una declaración de impuestos federal y una adicional ante el estado.
La determinación de los pagos provisionales (conocidos como pagos estimados) del impuesto están en función de los siguientes casos:
1.- Si usted espera causar por lo menos $ 1,000.00 dólares de impuesto, es decir, su ingreso bruto ajustado (Adjusted gross income) “AGI” mínimo tendrían que ser los siguientes, para encuadrar con el pago del impuesto:
- Soltero(Single) $ 19,640.00
- Casado(Married filing jointly) $ 30,000.00
- Casado(Married filing separately) $ 19,640.00
- Cabeza de familia (Head of Household) $ 22,800.00
2.-Si usted espera que las retenciones de impuestos y créditos reembolsables sean menores de:
a. 90% del impuesto presentado en declaración.
b. 100% del impuesto en relación al mes inmediato anterior de la declaración.
Si usted llega a estar en alguno de estos supuestos tendrá la obligación de presentar pagos estimados. Estos porcentajes pueden ser diferentes si usted obtiene ingresos derivados del sector primario o sea un contribuyente con mayores ingresos.
Los pagos de referencia se deben presentar bajo el siguiente procedimiento:
Pagos estimados de impuestos federales
- Método de pago
1.- Puede utilizar pago electrónico (método recomendado) a través del portal en línea “Electronic Federal Tax Payment System” EFTPS.
2.- Emitir cheque de su cuenta bancaria personal a nombre del “United States Treasury” enviado conjuntamente con el formulario 1040-ES.
3.- Pago por teléfono (1-800-555-4477) inglés (1-800-244-4829) español.
- Fechas de presentación
1.- Primer Pago (15 de Abril)
2.- Segundo Pago (16 de Junio)
3.- Tercer Pago (15 de Septiembre)
4.- Cuarto Pago (15 de Enero (Año siguiente))
Pagos estimados de impuestos estatales (California)
- Método de pago
4- Puede utilizar pago electrónico (método recomendado) a través del portal en línea “My FTB Account”
5- Realizar cheque de su cuenta bancaria personal emitido a nombre del “Franchise Tax Board” enviado conjuntamente con el formulario 540-ES
- Fechas de presentación
Aplican las mismas fechas que establecidas para la presentación de los pagos estimados federales.
Conclusiones
Las autoridades fiscales tanto federales como estatales, son muy cuidadosas al verificar que los contribuyentes cumplan cabalmente con estas obligaciones. La información que obra en sus bases de datos es muy completa y los programas que utilizan para llevar a cabos sus revisiones son muy efectivos. Es muy importante usted cumpla adecuadamente – durante el ejercicio – con esta importante obligación, evitando el pago de multas y recargos, por cumplimiento tardío.
Le recomendamos se haga asesorar por un experto, en caso de que usted desconozca la aplicación precisa de la disposición y aras de evitar contingencias que se traduzcan en pago de multas innecesarias.
Fuente
Forma 1040-ES 2014 (Instrucciones)
Forma 540-ES 2014 (Instrucciones)
Fuente: http://ift.tt/19pO16L
Kim Quezada S.C. es una firma de servicios contables, legales, fiscales y de auditoría; con oficinas en Tijuana, Baja California, y presencia internacional.
Kim Quezada es la única firma contable, fiscal y legal que provee de herramientas personalizadas para la toma de decisiones más inteligentes, dándole tranquilidad en los negocios. Nuestros socios y gerentes están disponibles en todo momento, y participan para establecer procesos contables y fiscales que coadyuvan al crecimiento a largo plazo y previenen problemas en el futuro.
“Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados. Kim Quezada y Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Kim Quezada y Asociados, S.C., sus miembros y/o sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar. Este Blog no constituye una plataforma de consulta para los usuarios del mismo, por lo que, cualquier persona es libre de reflejar su opinión”