#PonteAlCorriente del @SATmx concluyó pero… ¿Parcialmente?



continuara

¿CONCLUYE PARCIALMENTE EL PROGRAMA PONTE AL CORRIENTE?


El programa PONTE AL CORRIENTE concluyó pero en mi opinión PARCIALMENTE, ya que las reglas de condonación que establecían como fecha limite el 31 de mayo del 2013, era únicamente para los créditos fiscales que señala la fracción I del artículo tercero transitorio de la Ley de Ingresos del 2013, sin embargo nunca estableció una fecha limite para la REDUCCIÓN del 60% de las multas impuestas en 2012 y 2013, ya que estas están contenidas en otra fracción distinta que es la IX, que al texto señala lo siguiente:

«IX. LAS MULTAS IMPUESTAS DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DE 2012 Y 2013, POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES FEDERALES DISTINTAS A LAS OBLIGACIONES DE PAGO, CON EXCEPCION DE LAS IMPUESTAS POR DECLARAR PERDIDAS FISCALES EN EXCESO, SERAN REDUCIDAS EN 60 POR CIENTO SIEMPRE QUE SEAN PAGADAS DENTRO DE LOS TREINTA DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION»


Y la reglas de condonación publicada el día 19 de febrero del 2013, señalan:

II.12.4.1. PARA LOS EFECTOS DEL TRANSITORIO TERCERO, FRACCIÓN I, ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LIF, EL CONTRIBUYENTE PRESENTARÁ A MÁS TARDAR EL 31 DE MAYO DE 2013 LA SOLICITUD DE CONDONACIÓN ANTE LA ALSC, A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT, PARA OBTENER LOS BENEFICIOS A QUE SE REFIERE LA CITADA DISPOSICIÓN.

Se podrá observar que únicamente se refiere a la fracción I y no la fracción IX citada. Por lo tanto podemos concluir que al no haberse establecido una fecha limite para la reducción del 60% de las multas impuestas en 2012 y 2013, estás se podrán seguir solicitando hasta el 31 de diciembre del 2013, ya la vigencia de la ley de ingresos de es carácter anual.

¿Ustedes que opinan colegas?

L.C.P. Alfredo Vivar Álvarez

www.vivarconsultores.com

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