¿Porqué la Décima Época en la SCJN? – Derechos humanos-



Primero recordemos que son las Épocas en la SCJN:

“Las épocas, son períodos que reflejan cambios paradigmáticos en la manera de formar jurisprudencia, es decir, en la manera de registrar los criterios que constituyen la creación del derecho a través de la actividad jurisdiccional. La mayoría de estos cambios se debe a reformas constitucionales y a acontecimientos de gran relevancia histórica que impactaron en el sistema jurídico nacional”

Ministro Presidente Juan Silva Meza.

El caso Radilla y sus consecuencias en el orden jurídico nacional

Un aspecto ligado al tema de los derechos fundamentales es la ejecutoria pronunciada el 14 de julio de 2011 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al expediente varios 912/2010, relativa al cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), relativa a la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, al introducir y dar carta de naturalización en nuestro país al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (SIPDH). La relevancia de esta ejecutoria consiste en que al introducirse el SIPDH a México las sentencias de la CIDH se acatarán en su totalidad por los tribunales del país no solo por los del Poder Judicial de la Federación (PJF)1, sino que además cualquier juez deberá de realizar un control de convencionalidad ex offcio2 entre las leyes nacionales y la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). Así, el impacto y trascendencia que esta resolución tiene no sólo es lo mencionado al sistema jurídico mexicano, sino que exige una responsabilidad sustancial a todos los órganos de justicia de este país, sean federales o locales, dentro del ámbito de sus competencias, asumiendo las normas internacionales en materia de derechos fundamentales dentro de su compilación legal en su papel de garante de las personas en cada caso que juzguen.

Como consecuencia de la ejecutoria Radilla, la SCJN dejó sin efectos las jurisprudencias números P./J. 73/99 y P./J. 74/99 que se referían, respectivamente, a la facultad del PJF para realizar el control de constitucionalidad de manera exclusiva y que, a partir de esa interpretación, el sistema jurídico mexicano impedía realizar dicho control por todos los jueces nacionales, en virtud del nuevo discurso constitucional en materia de derechos fundamentales. Es así como se inaugura y se fincan los cimientos de la Décima Época jurisprudencial en el PJF.

1 Cfr. Las tesis números LXV/2011 (9a.) y LXVI/2011 (9a.) del Pleno de la SCJN de los rubros siguientes: SENTENCIAS EMITIDAS POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. SON VINCULANTES EN SUS TÉRMINOS CUANDO EL ESTADO MEXICANO FUE PARTE EN EL LITIGIO y CRITERIOS EMITIDOS POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CUANDO EL ESTADO MEXICANO NO FUE PARTE. SON ORIENTADORES PARA LOS JUECES MEXICANOS SIEMPRE QUE SEAN MÁS FAVORABLES A LA PERSONA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, localizables en el tomo 1, libro III, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente al mes de diciembre de 2011, pp. 556 y 550, respectivamente (en adelante 1-III/SJFG-2011, p. 556 y 550).

2 Consiste en la facultad de los juzgados y tribunales nacionales para inaplicar las normas que trasgredan los derechos fundamentales de las personas para lo cual tomarán en cuenta diversos parámetros y métodos. Cfr. Las tesis números LXVII/2011(9a.), LXVIII/2011 (9a.) y LXIX/2011(9a.) del Pleno de la SCJN de los rubros siguientes: CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO EN UN MODELO DE CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD; PARÁMETRO PARA EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS; y,  PASOS A SEGUIR EN EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS, localizables en 1-III/SJFG-2011, pp. 535, 551 y 552.


La fuente de esto que expongo es la publicación del artículo :arrow: DERECHOS HUMANOS Y TRIBUTACIÓN EN MÉXICO del Mtro.  Antonio Alberto Vela Peón, el cual te invito a descargar y enterarte acerca de temas tan interesantes como:

  • Naturaleza, definición y principios de los derechos fundamentales
  • Trascendencia en el ámbito tributario mexicano
  • Caso tributario en la CIDH
  • Defensa de los derechos fundamentales de los contribuyentes en México