Procedimiento de Quejas y Reclamaciones de PRODECON. Guía rápida.
¿Qué es el Procedimiento de Quejas y
Reclamaciones de PRODECON?
– Guía rápida –
Colaboración de:
Lic. Víctor Manuel Díaz Velasco
La presente entrega forma parte de una serie de guías, en las que se describirán los servicios que ofrece PRODECON.
Para una mejor comprensión de las mismas se expondrán con el mismo formato que el SAT ofrece al dar a conocer sus trámites y servicios en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, considerando que tales fichas son de fácil manejo para los usuarios de las mismas.
SOLICITUD DE SERVICIO DE QUEJAS Y RECLAMACIONES | |||
Descripción del Trámite o Servicio | Monto: | ||
Permite conocer e investigar los actos de las autoridades fiscales federales por presuntas violaciones a los derechos de los contribuyentes, y en su caso, formular recomendaciones públicas no vinculatorias, respecto a la legalidad de los actos de dichas autoridades. | Gratuito | ||
¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio? | ¿Cuándo se presenta? | ||
Las personas físicas o morales, y obligados solidarios, que se ven afectados por actos emitidos por autoridades fiscales federales, organismos fiscales autónomos, entidades federativas coordinadas y particulares que afecten derechos de los contribuyentes en materia fiscal en el orden federal. | Cuando exista una violación a los derechos humanos de los contribuyentes en materia fiscal. | ||
¿Dónde puedo presentarlo? | · En las Oficinas de PRODECON
· Por correo electrónico |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO | |||
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? | |||
En las Oficinas de PRODECON:
· En oficialía de partes: 1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/procedimiento-de-queja-o-reclamacion 2.- Llenar los datos requeridos. 3.- Imprimir el formato y firmarlo. 4.- Presentarse con la Solicitud del servicio de Quejas y Reclamaciones elaborado y firmado de forma autógrafa, copia de identificación oficial, así como la documentación soporte de la queja, y en caso de que el firmante de la solicitud acuda en representación del contribuyente, el documento con el que se acredite la representación del contribuyente.
· En módulos de atención: 1.- Presentarse ante los módulos de atención y solicitar el servicio de queja al asesor, aportando al respecto identificación oficial, así como la documentación soporte de la queja, y en caso de que el solicitante acuda en representación del contribuyente, el documento con el que se acredite la representación del contribuyente. 2.- Reciba el formato para su firma.
Por correo electrónico: 1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/procedimiento-de-queja-o-reclamacion 2.- Llenar los datos requeridos. 3.- Imprimir el formato y firmarlo. 4.- Digitalizarlo y enviarlo vía correo electrónico. Con motivos del Acuerdo General 003/2020, publicado con motivo de la contingencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se dan a conocer diversas direcciones electrónicas a las cuales puede ser enviada la solicitud. 5.- Señalar en el correo electrónico que “el contribuyente o su representante legal tengan imposibilidad para acudir personalmente a la Procuraduría”, y que “manifestando, bajo protesta de decir verdad, que la firma que aparece asentada en el formato o solicitud es suya”. 6- Adjuntar digitalización de la identificación oficial del firmante, así como la documentación soporte de la queja, y en caso de que el solicitante acuda en representación del contribuyente, el documento con el que se acredite la representación del contribuyente. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? | |||
En las Oficinas de PRODECON:
· En oficialía de partes: 1.- Solicitud del servicio de Quejas y Reclamaciones elaborado y firmado de forma autógrafa. 2.- Copia de identificación oficial. 3.- En caso de que el solicitante comparezca en calidad de representante legal o apoderado, copia simple del documento con el que se acredite la representación. 4.- Documentación soporte de la queja.
· En módulos de atención: 1. Identificación oficial. 2.- En caso de que el solicitante comparezca en calidad de representante legal o apoderado, copia simple del documento con el que se acredite la representación. 3.- Documentación soporte de la queja.
Por correo electrónico: 1.- Digitalización de la solicitud del servicio de Quejas y Reclamaciones elaborado y firmado de forma autógrafa. 2.- Digitalización de identificación oficial. 3.- En caso de representación legal, digitalización del documento con el que se acredite la representación. 4.- Digitalización de la documentación soporte de la queja. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO | |||
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio? | |||
Presentada la Solicitud del servicio de Queja, se asignará un asesor, quien proporcionará sus datos al contribuyente a fin de que el mismo pueda obtener información de su trámite a través del medio que más le convenga, ya sea de forma personal en las oficinas de PRODECON, por vía telefónica o a través del correo electrónico que sea señalado por el contribuyente para tales efectos. | |||
Resolución del Trámite o Servicio | |||
La resolución se puede dar cuando se emita alguno de los siguientes documentos:
· Proyecto de recomendación y medidas correctivas. · Acuerdo de no responsabilidad, remisión, reserva, cierre o cualquier otro que corresponda.
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Plazo máximo para que PRODECON resuelva el Trámite o Servicio | Plazo máximo para que PRODECON solicite información adicional | Plazo máximo para cumplir con la información solicitada | |
No aplica. Sin embargo, la naturaleza del trámite es sumaria, por lo que su duración es de algunas semanas y en casos excepcionales algunos meses. | 3 días hábiles. | 3 días hábiles. | |
CANALES DE ATENCIÓN | |||
En Oficialía de Partes: Presentando la solicitud en Oficialía de Partes de las Oficinas Centrales; o bien, en la Delegación más cercana, o a través de correo postal, certificado o mensajería.
En los módulos de atención: Acudiendo directamente a las oficinas centrales de la Procuraduría ubicadas en Avenida Insurgentes Sur, Número 954, Colonia Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México; o bien, a las oficinas de sus Delegaciones en el interior de la República. Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas. Por la actual contingencia sanitaria se encuentran atendiendo por medio de citas (*Solo disponible en algunas Delegaciones), la cual puede ser agendada en el siguiente enlace https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/citas
Vía telefónica: 55 1205 9000
Correo electrónico: Podrás realizar tus planteamientos a través de correo electrónico a la dirección [email protected]. Asimismo, por la contingencia sanitaria, se pueden consultar los correos de contacto en el Acuerdo General 003/2020, emitido por la PRODECON, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020 consultable en el siguiente enlace http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591707&fecha=16/04/2020.
Mediante chat: El chat de la Procuraduría lo podrá encontrar en el siguiente enlace http://www.prodecon.gob.mx/chat/index.php/…..
Aplicación móvil: Descargando la aplicación gratuita “Prodecon” para teléfonos móviles con sistema operativo Android.
Redes Sociales: Twitter @ProdeconMexico y en Facebook como PRODECON México.
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INFORMACIÓN ADICIONAL | |||
En caso de que se envíe por correo electrónico, el peso de los archivos no debe superar 20 MB, si la documentación lo amerita, se puede enviar en varios correos. | |||
FUNDAMENTO JURÍDICO | |||
Artículos 1, 5, primer párrafo, fracciones III y IX, y segundo, tercer y cuarto párrafo, 15 al 27 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Artículos 2, primer párrafo, fracciones I, VII, VIII, IX, XVII, XXII, 37 al 49 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
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La presente guía no es un documento oficial, y es iniciativa personal del autor, y no necesariamente refleja el punto de vista de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.