PRODECON: Propuesta de modificación para evitar actos abusivos por parte las autoridades fiscales.
PRODECON / Propuesta de modificación al CFF, LSAT, LSS, LINFONAVIT Y LFPCA
La Lic. Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, en su carácter de Procuradora de la Defensa del Contribuyente presentó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la propuesta de modificación a diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
La presente propuesta de modificación a diversas disposiciones fiscales tiene por objeto proponer una serie de reformas, derogaciones y adiciones a diversos ordenamientos legales, con el objeto de minimizar o, de ser posible, evitar actos abusivos e ilegales por parte de las autoridades fiscales, que resulten violatorios de los derechos de los contribuyentes y que, en caso de que éstos los resientan en su esfera jurídica o económica, exista la posibilidad real de que las autoridades respondan por los daños que les ocasionaron. Todo ello, a fin de contribuir a una cultura de la legalidad, que permita que las autoridades cumplan su función de manera eficaz, pero sin afectar indebidamente a los particulares.
Fuente: IMCP
Nota de ElConta.Com: Muchas de estas propuestas giran en torno a la manera abusiva en que las autoridades hacendarias ejecutan sus funciones afectando severamente a los contribuyentes, por ejemplo esta propuesta que trae a colación lo que desde hace mucho tiempo hemos denunciado en este blog:
I.6 Artículo 151:
La modificación a este artículo consiste en limitar los abusos que se han dado en los embargos que se practican en el PAE; es decir, embargos que se practican para hacer efectivos los créditos fiscales que ya son exigibles. En estos casos, se ha apreciado una indebida práctica de las autoridades fiscales, relacionada con las cantidades que les embargan a los contribuyentes, pues en muchas ocasiones se traba dicha medida sobre todas sus cuentas bancarias sin considerar que el monto del crédito fiscal y sus accesorios es menor a las cantidades que se embargaron.
Por lo tanto, se precisa en este numeral que el embargo sólo podrá ordenarse sobre la totalidad del crédito fiscal —junto con sus accesorios legales—, ya sea en una cuenta o en varias del contribuyente y que, una vez ejecutado el embargo, las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo deberán informarle a las autoridades fiscales el monto de las cantidades embargadas, y si éstas llegaren a ser mayores que el monto de los créditos fiscales adeudados junto con sus accesorios legales, las autoridades deberán ordenar a las primeras que levanten el embargo sobre las cantidades excedentes.
Alguien podria ayudarme,
El Infonavit Nos embargó cuentas bancarias por montos sueperior al crédito fiscal y sus accesorios. Ya pagamos los adeudos y sus accesorios desde el 14 de octubre 2012, Ya nos liberaron 18 cuentas pero quedan pendiente 2 ctas. de banco azteca que no nos liberan porque dicen que no han recibido ninguna orden de liberación de ctas. El INFONAVIT nos dice que ya no puede hacer nada porque el que tiene que mandar la orden es la Comisión Nacional Bancaria. pero no nos dan información para comunicarnos con esta institutción o algún medio para poder darle seguimiento.