PRODECON obtiene que INFONAVIT revoque un crédito fiscal por aportaciones y/o amortizaciones ante su omisión de notificar al patrón el aviso para retención de descuentos al trabajador.



Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes

(Quejas y Reclamaciones)

PRODECON obtiene, a través del procedimiento de Queja, que el INFONAVIT revoque un crédito fiscal por aportaciones y/o amortizaciones ante su omisión de notificar al patrón contribuyente el aviso para retención de descuentos al trabajador.

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Un contribuyente a quien el INFONAVIT determinó un crédito fiscal por la omisión del pago en materia de aportaciones y/o amortizaciones por créditos para la vivienda, interpuso Queja contra dicho Instituto por la falta de notificación del Aviso para Retención de Descuentos, razón por la cual no realizó la retención correspondiente.

Al rendir su informe, el INFONAVIT manifestó que dicho aviso le fue entregado al trabajador para que lo diera a conocer a su patrón. PRODECON le recordó a la autoridad fiscal que el artículo 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos, establece que cuando el INFONAVIT otorgue un crédito de vivienda a un trabajador, debe notificarlo al patrón a través del mencionado aviso, en el que se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación, por lo que correspondía a esa autoridad fiscal demostrar fehacientemente el cumplimiento de dicha obligación.

En respuesta, y ante la imposibilidad de demostrar tal hecho, la autoridad revocó la resolución determinante del crédito fiscal.

Fuente: Boletín PRODECON abril 2015


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