Protección de los derechos tributarios de las niñas, niños y adolescentes: urgencia de reformas en el ámbito fiscal

Francisco Xavier Limon MolinaProtección de los derechos tributarios de las niñas, niños y adolescentes: urgencia de reformas en el ámbito fiscal

Mtro. Francisco Xavier Limón Molina

• Consultor Jurídico en CCC&L Abogacía Global.
• Miembro de la Comisión Fiscal del IMCP Sonora.
• pacolimon74@gmail.com


escribirLa protección patrimonial de las niñas, niños y adolescentes (NNA) es un derecho fundamental que ha recibido amplia atención en la materia civil. En el Estado de Sonora, por ejemplo, el Código de Familia y el Código de Procedimientos Civiles han establecido rigurosos mecanismos que resguardan el patrimonio de este grupo vulnerable, impidiendo que quienes ejercen la patria potestad puedan enajenar o gravar bienes sin la autorización judicial correspondiente. Sin embargo, en el ámbito tributario se evidencia una preocupante laguna normativa: la ausencia de protocolos específicos para proteger los derechos tributarios de los NNA, lo que genera riesgos directos en su patrimonio, su futuro historial crediticio y finalmente su expediente ante el fisco.

Protección Patrimonial en Materia Civil y la Brecha en la Materia Tributaria

El marco normativo en materia civil ha logrado implementar medidas de protección patrimonial que actúan como una especie de escudo para los menores. Desde la prohibición de enajenar bienes sin autorización hasta la obligación de rendir cuentas ante un juez especializado, estas disposiciones aseguran que las decisiones económicas que afectan a las NNA se realicen siempre en función de su interés superior. Dichas medidas, presentes en el Código de Familia y reforzadas por el Código de Procedimientos Civiles, constituyen un ejemplo a seguir en otras áreas del derecho.

En contraste, actualmente el ámbito tributario carece de protocolos que salvaguarden de manera efectiva los derechos de las NNA. La falta de una regulación específica permite que padres, tutores o representantes, utilicen la identidad tributaria de los menores con fines económicos propios. Esta práctica, además de vulnerar los derechos del menor, puede dar lugar a la determinación de créditos fiscales, sanciones y restricciones que afecten directamente su patrimonio. Tal situación es especialmente alarmante considerando que los NNA deben ser tratados en igualdad de condiciones frente a otros contribuyentes, sin embargo, en la práctica, se convierten en víctimas de decisiones tomadas por terceros en su representación.


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En la actualidad contamos con trámites fiscales que permiten que los padres o tutores actúen en nombre de las NNA, lo cual en principio no es necesariamente perjudicial para los menores, ya que los mismos pueden llegar a ser capaces de generar ingresos y por ende contar un patrimonio propio; no obstante, existen lagunas que permiten el uso indebido de la identidad tributaria de estos menores mediante la implementación de planeaciones fiscales creadas por sus mismos padres y representantes, de ello que ante la vulnerabilidad de estas NNA que sea apremiante implementar reformas que aseguren su protección integral.

Propuestas de Reforma y Recomendaciones

Ante esta situación que resulte imperativo llevar a cabo reformas tanto a la Ley Federal de Derechos del Contribuyente como al Código Fiscal de la Federación y sus correlativos a nivel local para que se equipare la protección en materia tributaria a la que ya existe en el ámbito civil.

Esta reforma debe incorporar disposiciones específicas que resguarden los derechos de las niñas, niños y adolescentes como contribuyentes, entre éstas:

  1. Establecer protocolos específicos que definan procedimientos claros y obligatorios para la actuación en trámites fiscales que involucren a NNA, los cuales incluyan la supervisión judicial y la rendición de cuentas.
  2. Capacitar y sensibilizar con programas de capacitación para funcionarios fiscales con la finalidad de identificar y prevenir prácticas que puedan vulnerar los derechos de los NNA.
  3. Implementar mecanismos de denuncia sanción mediante la creación de sistemas que permitan reportar esquemas que involucren a NNA para así detectar de manera oportuna los casos de abuso y así sancionar ejemplarmente a quienes infrinjan las normas destinadas a la protección de los menores.

Conclusión

nino casaLa evidente brecha entre la protección patrimonial ofrecida en materia civil y la inexistente protección en materia tributaria, representa un riesgo latente para el futuro económico de las niñas, niños y adolescentes. La utilización indebida de su identidad fiscal por parte de representantes legales expone a estos menores a la posible imposición de créditos fiscales y sanciones que pueden afectar su desarrollo y estabilidad financiera a largo plazo.

Frente a este panorama, resulta urgente que el Estado reconozca y actúe sobre la necesidad de incorporar protocolos específicos en la legislación fiscal, garantizando así que el interés superior del menor prevalezca en todas las decisiones económicas que les conciernen, de ello que una reforma de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente así como al Código Fiscal de la Federación resulte imperante para poder lograr esta protección integral del menor y así asegurar que las futuras generaciones cuenten con un marco legal que salvaguarde no solo su patrimonio, sino también su derecho a un desarrollo sano y equitativo.

Solo a través de estos ajustes normativos y de la implementación de mecanismos de control y supervisión se podrá erradicar el uso indebido de la identidad tributaria de los NNA. En definitiva, la protección de las niñas, niños y adolescentes en el ámbito fiscal no es solo una cuestión de justicia, sino una inversión en el futuro, donde el Estado y la sociedad se comprometan a garantizar la integridad y el bienestar de sus ciudadanos más jóvenes.


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