En pago de impuestos: “Los contribuyentes quieren, pero no pueden…»



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“Los contribuyentes quieren, pero no pueden”

“En este mundo no hay nada cierto, excepto la muerte y los impuestos”

Benjamín Franklin

Por Juan José Salazar

Hemos llegado al mes de junio y algunos contribuyentes quieren pagar sus impuestos, pero increíblemente no pueden hacerlo; les diré un ejemplo real, se trata de una persona física que pertenecía al extinto régimen intermedio; (recordemos que el límite de ingresos para este rubro eran 4 millones de pesos al año, es decir, son negocios que no son pequeños pero tampoco son grandes compañías) y que para este año optó por inscribirse en el nuevo régimen de incorporación fiscal ya que cumple con todos los requisitos para pertenecer al mismo; no rebasa los dos millones al año de ingresos y gracias a esto puede aprovechar los beneficios sin ser realmente un pequeño contribuyente.

En el 2014 no pagará un solo peso de Impuesto Sobre la Renta (ISR) derivado de la reducción aplicable del 100 % por ser su primer año tributando bajo este esquema; pero sí estará obligado a pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a sus ventas, ya que emite un Comprobante Fiscal Digital por Internet (los famosos CFDI, que todos conocemos o debemos de conocer) y en consecuencia traslada el IVA en el comprobante.

Después de 5 largos meses, nuestras autoridades no han podido diseñar un portal o un esquema en su página de internet (que por cierto tiene más fallas que la aplicación “WhatsApp”) para el pago de los impuestos de estos contribuyentes en particular; es simplemente inadmisible.

Esta persona, al mes de julio; que es el mes en el que supuestamente se podrán pagar estos impuestos, deberá de pagar aproximadamente 60 mil pesos de IVA, la cuestión aquí para él y para muchos otros que se encuentran en la misma situación; es que hoy son contribuyentes que quieren pagar impuestos, pero no pueden.

Por cierto, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) emitió otra modificación a la miscelánea fiscal en lo relacionado al timbrado de las nominas; la regla 1.2.7.5.3 establece, entre otras cosas, que aquellos contribuyentes que realicen pagos por remuneraciones a sus trabajadores por periodos menores a 1 mes, podrán emitir un CFDI mensual en lugar de 1 por cada pago realizado como estaba estipulado.

Soy Juan José Salazar y nos leemos en la próxima…

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