Nueva reforma laboral 2012: Los 51 puntos de la iniciativa con proyecto de decreto.
El tema de la nueva reforma laboral se ha postergado por muchísimos años, recordemos que la Ley Federal del Trabajo data del año 1970 y aunque ha sido objeto de múltiples reformas no deja de estar fuera de las características laborales de la actualidad.
Ya antes diversas opiniones e iniciativas han quedado en "la congeladora" de las cosas por hacer para nuestros legisladores.
El pasado 1 de septiembre el titular del ejecutivo federal envió a nuestros legisladores un proyecto de decreto para este tema tan escabroso para muchos… lar nueva reforma laboral.
El día de ayer 4 de septiembre se publicó en la gaceta parlamentaria y estos son los 51 puntos que contiene:
Contenido de la Iniciativa
A luz de las anteriores consideraciones es indispensable dar un impulso decidido a la modificación de la Ley Federal del Trabajo. Las propuestas que hoy se presentan a consideración de esa Soberanía, recogen los temas y preocupaciones más recurrentes que han manifestado trabajadores y patrones.
Resulta insoslayable otorgar una respuesta integral, justa y equilibrada a esta problemática para incorporar en la legislación laboral medidas que permitan conciliar por un lado, la efectiva protección de los derechos de los trabajadores y, por el otro, el legítimo interés de los patrones por encontrar mecanismos que favorezcan la competitividad y productividad de los centros de trabajo.
Con base en los razonamientos que a continuación se exponen, avanzaremos hacia mejores niveles de bienestar. Por tal motivo se propone:
1. Incorporar la noción de trabajo decente que promueve la Organización Internacional del Trabajo, para destacar los elementos que deben imperar en cualquier relación laboral, que no son otros, más que el respeto a la dignidad humana del trabajador; la no discriminación por razón de género, preferencia sexual, discapacidad, raza o religión; el acceso a la seguridad social; el salario remunerador; la capacitación continua para el incremento de la productividad; la seguridad e higiene en el trabajo; la libertad de asociación; la autonomía y democracia sindical; el derecho de huelga, y la contratación colectiva. Cabe señalar que el concepto de trabajo decente a que se hace referencia, es acorde con la aspiración que nuestro texto constitucional prevé como trabajo digno.
2. Incluir en nuestra legislación, como nuevas modalidades de contratación, los períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada, con el propósito de atender las circunstancias que privan en el mercado de trabajo. Con ello se generarán las condiciones para que un mayor número de personas, principalmente jóvenes y mujeres, puedan integrarse a puestos de trabajo en la economía formal. Estas propuestas permitirían romper el círculo vicioso en torno a que las personas no tienen empleo porque no están capacitadas y no tienen capacitación porque no cuentan con empleo.
Desde luego, para evitar posibles abusos con el uso de estas nuevas figuras, se ha previsto que los contratos se celebren por escrito; que los periodos de prueba y los contratos de capacitación inicial sean improrrogables y, que no puedan aplicarse dentro de una misma empresa o establecimiento al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, ni en más de una ocasión. De esta manera los trabajadores que presten sus servicios bajo estas modalidades, tendrán los mismos derechos y obligaciones como cualquier trabajador, en proporción al tiempo trabajado.
Esta modificación le permitiría al patrón conocer la aptitud, actitud y competencia de los trabajadores en un breve tiempo, y a éstos, apreciar si ese empleo cumple con sus expectativas.
3. Regular la subcontratación de personal u outsourcing, con el propósito de evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón. Para tal efecto, se define la figura de “subcontratación”; se determina que el contrato de prestación de servicios deba constar por escrito; se prevé que la beneficiaria de los servicios tendrá la obligación de cerciorarse de la solvencia económica de la contratista y que ésta cumpla con sus obligaciones en materia de seguridad y salud. Se señala expresamente que en todo caso los patrones y los intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores.
4. Tipificar como delito el trabajo de menores de 14 años fuera del círculo familiar, para lo cual se otorgan facultades a las autoridades, a efecto de que puedan ordenar el cese inmediato de las labores de aquéllos, además de establecer la obligación de resarcir las diferencias salariales, en caso de que percibieran ingresos menores a los de otros trabajadores que realicen idénticas actividades.
De igual manera, con el propósito de fortalecer las medidas de protección y vigilancia a favor de los menores, se propone un nuevo esquema para detallar con mayor precisión, los tipos de actividades que no podrán realizar. La inclusión de estos supuestos se apoya en el análisis e identificación de las tareas que potencialmente resultan peligrosas e insalubres.
5. Otorgar mayor protección y seguridad jurídica a los mexicanos que van a laborar en el extranjero, para lo cual se propone regular tres modalidades de contratación: el primero de ellos atiende los casos de los trabajadores mexicanos que son contratados en territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo; el segundo, el caso de los trabajadores mexicanos reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, a través de mecanismos acordados por el gobierno de México con un gobierno extranjero, y por último, el caso de los trabajadores mexicanos reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, que sean contratados a través de agencias de colocación de trabajadores.
6. Replantear el mecanismo para comunicar los avisos de rescisión de la relación de trabajo que debe dar el patrón a los trabajadores, a efecto superar la incongruencia de probar en juicio un hecho negativo, es decir que el trabajador se negó a recibir el aviso de despido.
7. Incluir una nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.
8. Fortalecer los derechos de la mujer trabajadora, a través de las siguientes medidas específicas:
• Prohibir expresamente la discriminación por cuestiones de género.
• Prohibir la realización de actos de hostigamiento o acoso sexual, castigar a quienes permitan o toleren tales conductas y considerarlas como causales de rescisión de la relación de trabajo.
• Prohibir la práctica de exigir certificados médicos de ingravidez para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo.
• Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal, así como reducir en una hora la jornada de trabajo, durante los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con el recién nacido.
Adicionalmente, se considera necesario propiciar la equidad y la corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres, para lo cual se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con goce de sueldo. Con ello, se contribuye a fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar de las personas, pues ambos padres compartirán el gozo y la atención del recién nacido.
9. Aprovechar los avances de las tecnologías de la información y comunicación para prever que el pago de salarios se pueda realizar a través de medios electrónicos, por lo que podrán efectuarse a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.
10. Establecer un límite a la generación de salarios vencidos para combatir la indebida práctica de prolongar artificialmente la duración de los procedimientos laborales. Se prevé que se generarán solamente entre la fecha del despido y hasta por un periodo máximo de doce meses. Una vez concluido este periodo, si el juicio aún no se ha resuelto, se generaría solamente un interés.
Con esta fórmula, se estima que se preserva el carácter indemnizatorio de los salarios vencidos y también se atiende la necesidad de conservar las fuentes de empleo, a la par de que se contribuye a la disminución -de manera sustancial- de los tiempos procesales para resolver los juicios.
11. Impulsar la multihabilidad de los trabajadores, a efecto de que se involucren en otras actividades de su entorno laboral, lo cual permite su desarrollo y capacitación. Desde luego, se prevé que su participación se vea recompensada con el ajuste salarial respectivo.
Consideramos que aprovechar las capacidades de los trabajadores, además de propiciar beneficios directos a su persona, incluso a sus familias, incrementan la productividad de las empresas.
12. Establecer como nueva obligación patronal la relativa a afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, lo que propiciará que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad.
13. Contar con más y mejores mecanismos que permitan a la autoridad laboral responder de manera eficaz y oportuna ante situaciones de contingencias sanitarias, como la vivida en nuestro país en el 2009. Las medidas que se proponen consisten en:
• Dotar a la autoridad de herramientas, para que pueda reaccionar con mayor contundencia y eficacia ante las emergencias.
• Fortalecer la coordinación institucional para proteger la seguridad y salud de los trabajadores.
• Prohibir la utilización del trabajo de menores y mujeres en estado de gestación o lactancia, durante las contingencias sanitarias.
• Fomentar la cultura de la prevención.
• Definir las consecuencias jurídicas que una situación de este tipo puede generar en las relaciones de trabajo.
14. Armonizar la legislación con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de exceptuar al patrón de pagar el reparto adicional de utilidades, si obtuvo de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión correspondiente, en tanto esta situación perdure.
15. Adecuar las instalaciones de aquellos centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad. Para establecer esta obligación, se ha tomado como referencia el criterio de estratificación para determinar a las empresas pequeñas y medianas, que prevé la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de manera que no se establezca una carga que pudiera ser excesiva para las microempresas.
Con esta medida se favorecen las condiciones de igualdad y se dignifican las actividades que realiza este sector de la población. Se propone que esta nueva obligación sea exigible 36 meses después de que entre en vigor la reforma, pues ello permitirá que los patrones puedan realizar las adecuaciones pertinentes, evitando con ello un impacto inmediato.
16. Replantear las disposiciones que regulan la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, con el propósito de elevar el nivel de vida de los trabajadores y sus familias, así como mayores rendimientos para las empresas, a través de un vínculo más estrecho entre la capacitación y la productividad. Para ello se propone:
• Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su cargo las Comisiones Mixtas de Productividad, Capacitación y Adiestramiento;
• Ampliar los objetivos de los Comités Nacionales de Productividad y Capacitación que pueden establecerse en las diferentes ramas industriales y de servicios, y en los que participan representantes de los patrones y de los trabajadores, a fin de que propongan acciones para:
– Diagnosticar los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad de las empresas;
– Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas;
– Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios a los beneficios de la productividad, y
– Proponer la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso, los procedimientos para su evaluación, acreditación y certificación.
17. Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal criterio para acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales de más de treinta días y a puestos de nueva creación, en lugar de la antigüedad. Además se prevén criterios de desempate, para el caso de que dos o más trabajadores tengan los mismos méritos.
18. Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo, a través de las siguientes medidas:
• Establecer un registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada.
• Incluir como obligación patronal, la expedición de constancias de labores y percepciones a los trabajadores eventuales, al final de la temporada.
• Establecer el pago proporcional de prestaciones devengadas al final de cada temporada.
• Proporcionar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo.
• Proporcionar en forma gratuita a los trabajadores, transporte cómodo y seguro desde las zonas habitacionales hasta los lugares de trabajo y viceversa. Se prevé que el patrón pueda emplear sus propios medios o pagar la cuota correspondiente, para que el trabajador haga uso de un transporte público adecuado.
• Utilizar los servicios de un intérprete cuando los trabajadores no hablen español.
19. Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domésticos. Se propone regular con mayor precisión la duración de su jornada laboral y, en consecuencia, establecer de manera expresa los periodos de descanso diario y semanal que como mínimo deben tener quienes realicen este tipo de actividades.
20. Incluir en el Titulo Sexto de la Ley un nuevo Capítulo para regular los trabajos que se realicen en las minas. A raíz de los lamentables accidentes ocurridos en la industria minera, es indispensable establecer disposiciones específicas para regular este tipo de actividades.
Destaca la prohibición expresa del trabajo en tiros verticales de carbón, también llamados “pozos”, en razón de que en esta modalidad de explotación es en donde se presentan los mayores riesgos.
Se incorporan obligaciones específicas para los patrones, tales como:
• Contar con planos, estudios y análisis apropiados para que las actividades se desarrollen en condiciones de seguridad.
• Contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas, las que deberán tener dos vías de salida, por lo menos, desde cualquier lugar de trabajo, comunicadas entre sí.
• Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal necesario, a fin de evitar la ocurrencia de riesgos de trabajo y capacitarlos respecto de su utilización y funcionamiento.
• Establecer un sistema que permita saber con precisión los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como su ubicación.
También se establece la obligación de no contratar o permitir que se contrate a menores de 18 años para realizar trabajos en las minas, así como la obligación de los titulares de las concesiones de los lotes mineros de cerciorarse que en los centros de trabajo el patrón cumpla con sus respectivas obligaciones y que en caso de incumplimiento de éstos, serán considerados como solidariamente responsables.
Por otra parte, se propone que los trabajadores puedan negarse a prestar sus servicios cuando no cuenten con la debida capacitación o adiestramiento que les permita identificar los riesgos a los que están expuestos, la forma de evitarlos y realizar sus labores en condiciones de seguridad, así como en aquellos casos en que el patrón no les entregue el equipo de protección personal o nos los capacite para su utilización. Estas acciones son consistentes con las disposiciones que prevé el Convenio 176 de la OIT, sobre la seguridad y salud en las minas, por lo que se avanzaría significativamente hacia su eventual ratificación, ya que la legislación nacional tendría disposiciones equivalentes, lo que favorecería la aplicación y cumplimiento de este instrumento internacional.
Destaca también la propuesta para fortalecer la coordinación interinstitucional para vigilar e inspeccionar este tipo de centros de trabajo, pues incluso se otorga a la Inspección del Trabajo la facultad de ordenar la suspensión de actividades y la restricción de acceso de los trabajadores a la mina, hasta en tanto se adopten las medidas de seguridad ante un riesgo inminente.
Finalmente, se incluyen sanciones y penas privativas de libertad, a los patrones que dolosamente o por culpa grave omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, cuando la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores, o bien, los fallecimientos ocurran en los tiros verticales de carbón, a pesar de la prohibición a que se ha hecho referencia anteriormente.
Con estas medidas, se propician mejores condiciones de seguridad en favor de los trabajadores mineros, sin que por ello se menoscabe el legítimo interés de los particulares para invertir en el desarrollo de la minería nacional.
21. Reconocer al teletrabajo, es decir, aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y la comunicación, como una de las formas de trabajo a domicilio. Con esta modalidad se favorece la posibilidad ocupacional de las personas, pues les permite compaginar las actividades laborales con sus respectivas responsabilidades familiares. Desde luego, en la realización de este tipo de actividades cuentan con la protección de las normas de trabajo y de seguridad social.
22. Prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical. Esta medida reconoce los criterios sustentados por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido de que “el hecho de que la autoridad establezca por vía legislativa el voto directo, secreto y universal para elegir a los dirigentes sindicales no plantea problemas de conformidad con los principios de la libertad sindical [Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, cuarta edición, 2006, párrafo 398]”.
23. Fortalecer la rendición de cuentas por parte de las directivas de los sindicatos. Para ello, se prevé que se deberá entregar a todos los trabajadores sindicalizados, un resumen de los resultados de la administración del patrimonio sindical y que la rendición de cuentas debe incluir por lo menos la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.
Además, si la organización sindical cuenta con más de 150 agremiados, los resultados deberán ser dictaminados por un auditor externo.
También se propone que los resultados de la administración se deben difundir ampliamente entre los trabajadores miembros del sindicato, por cualquier medio al alcance de la agrupación y de los propios trabajadores.
En complemento a lo anterior, se establece que los estatutos de los sindicatos deberán contener, además de la época para la presentación de cuentas, las sanciones específicas a sus directivos en caso de incumplimiento, y que los propios estatutos incorporen instancias y procedimientos internos que aseguren la resolución de controversias entre los agremiados, con motivo de la gestión de los fondos sindicales.
Estas medidas permitirán que los trabajadores tengan mayor seguridad de que la aplicación de sus cuotas corresponda al objeto del sindicato al que se encuentran afiliados y no debe ser considerada como un acto de injerencia a la autonomía sindical por parte del Estado, en virtud de que la obligación de rendir cuentas se establece en forma exclusiva en relación a los agremiados del sindicato.
Finalmente, se propone regular aquellos casos en que el sindicato omita informar a sus agremiados respecto de la administración del patrimonio sindical, o estimen la existencia de irregularidades en la gestión de los fondos sindicales. Ante ello, los trabajadores podrán tramitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión de pago de las cuotas sindicales como una medida extraordinaria para que puedan examinar el estado de la administración y, por ende, puedan hacer valer sus inconformidades a través de los procedimientos especiales previstos en el Título XIV, capítulo XVIII de la Ley Federal del Trabajo. Se precisa que el ejercicio de estas acciones por ningún motivo implicará pérdida de derechos sindicales, ni tampoco será causa para la expulsión o separación de los inconformes.
La suma de estas propuestas, contribuye a fortalecer el derecho inalienable que tiene cualquier agremiado o socio que pertenezca a alguna agrupación, de vigilar que las cuotas que aporta se dediquen efectivamente al objeto de la propia organización y al también irrenunciable derecho que tiene de exigir cuentas claras y detalladas de los resultados sobre la administración correspondiente, a fin de tomar las mejores decisiones sobre su participación en la organización respectiva.
24. Facilitar a los sindicatos el cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades registradoras, mediante la utilización de herramientas electrónicas, para proporcionar informes, notificar sus cambios de directiva y modificaciones estatutarias, así como las altas y bajas de sus miembros.
25. Incluir disposiciones expresas para considerar como información pública la relacionada con los registros de las organizaciones sindicales, los contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo depositados ante las autoridades laborales. Estas medidas propiciarán que los interesados cuenten con mayor y mejor información relacionada con las organizaciones sindicales y, en consecuencia, que puedan ejercer sus derechos de manera razonada y con elementos de juicio al tener acceso a datos fidedignos y actualizados.
En complemento, se propone establecer como obligación patronal, la relativa a fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa.
26. Otorgar la facultad a las autoridades registrales para requerir a los solicitantes que subsanen las omisiones en la presentación de los documentos que se deben acompañar en el procedimiento de registro sindical. De no atenderse el requerimiento, se ordenará el archivo de la solicitud de registro, por falta de interés.
27. Suprimir la denominada “cláusula de exclusión por separación”, que actualmente la Ley permite establecer en los contratos colectivos de trabajo, en consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la materia.
28. Prever como causa para negar el trámite a un emplazamiento a huelga para la celebración de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que previamente exista otro en trámite cuyo objeto sea el mismo. Lo anterior, a efecto de propiciar seguridad jurídica al procedimiento y evitar múltiples emplazamientos en contra del mismo patrón por organizaciones sindicales diversas.
29. Incrementar el monto de la indemnización por muerte del trabajador. Se ha estimado conveniente brindar mayor protección y seguridad a los familiares de los trabajadores que fallezcan con motivo de un riesgo de trabajo, pues actualmente el monto que prevé la Ley por concepto de indemnización, equivale al importe de setecientos treinta días de salario. El incremento que se propone, toma como referencia el monto más alto de la sanción que se imponga a aquellos que violen las normas previstas en la Ley Laboral como se explica en el punto 50.
30. Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros de trabajo. Para tal efecto, es necesario otorgar a las autoridades la facultad de ordenar la clausura inmediata de los centros de trabajo, en casos de peligro inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas.
Para tales efectos, se prevé la adopción de las medidas de aplicación inmediata, que incluirían la restricción de acceso o la limitación de la operación total o parcial en las áreas de riesgo detectadas, hasta en tanto el patrón cumpla con las medidas de seguridad pertinentes.
31. Facilitar la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes. Se propone que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizaría la expedición y actualización de dichas tablas, tomando en cuenta la previa opinión de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Con esta medida, se propicia contar con una descripción e identificación más completa de las enfermedades que se vinculan con la actividad laboral que desempeñan las personas, lo cual a su vez favorece la adopción de medidas preventivas.
32. Ampliar la competencia de las autoridades federales, mediante una nueva interpretación y alcance del concepto de “concesión federal”, de manera que bajo dicha figura se incluyan las actividades que realizan las empresas bajo permiso o autorización federal.
33. Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo a fin de que pueda proponer e instrumentar mecanismos para vincular la formación profesional con aquellas áreas prioritarias para el desarrollo regional y nacional, así como con aquellas que presenten índices superiores de demanda.
Además, con el propósito de facilitar a los trabajadores el que puedan demostrar que cuentan con las habilidades necesarias para desempeñar determinadas actividades, a pesar de que carezcan de la formación escolar correspondiente, se propone establecer un régimen de certificación laboral, conforme al cual sea posible acreditar conocimientos, habilidades o destrezas, que requiere un individuo para la ejecución de una actividad productiva, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos.
34. Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación, ya que en la actualidad prácticamente no existen, toda vez que en casi todas las localidades funcionan Juntas de Conciliación y Arbitraje.
35. Incorporar el principio de la conciliación en el proceso laboral. De esta manera, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, las Juntas intentarían que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. En complemento a esta medida, se crea la figura de los “funcionarios conciliadores”, como parte del personal jurídico de las Juntas.
36. Contar con servidores públicos mejor preparados para atender las tareas de impartición de justicia. Para ello se establece un servicio profesional de carrera especial para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que tome en consideración la naturaleza propia de las funciones jurisdiccionales que se realizan.
37. Profesionalizar al personal jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, a los representantes ante las mismas y a los litigantes en materia laboral, a efecto de reducir el riesgo de que una de las partes en el proceso (generalmente el trabajador), sea deficientemente representada en juicio.
38. Prever la utilización de herramientas tecnológicas, para facilitar la impartición de justicia laboral, lo que permitirá agilizar y transparentar la tramitación de los juicios, aumentar la productividad y eficiencia y, en general, modernizar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
39. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Con ello se propicia mayor celeridad en el trámite del procedimiento ordinario y se erradican prácticas de simulación que retardan el procedimiento, como el diferimiento de la audiencia en más de una ocasión, con el pretexto de la celebración de pláticas conciliatorias.
40. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Con esta medida, se pretende que este tipo de asuntos se resuelvan con mayor celeridad, para lo cual, se establecen reglas de competencia de las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje; requisitos que deben contener las demandas de este tipo de conflictos; elementos que deben contener los dictámenes médicos en los casos de riesgos de trabajo y reglas para el desahogo de esta prueba; se propone que los peritos médicos se encuentren registrados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
41. Incrementar los montos de las correcciones disciplinarias, medios de apremio y multas para sancionar la interposición notoriamente improcedente del recurso de revisión y de reclamación contra los actos de ejecución.
42. Prever que cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de sesenta días, tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos, o más de ciento veinte días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón o los terceros que acrediten su interés podrán solicitar por escrito se inicie el arbitraje en cualquier momento. La propuesta tiene como propósito evitar las implicaciones negativas que se desprenden de una duración prolongada de los conflictos laborales, por los efectos que se producen tanto a las partes involucradas como a la sociedad en su conjunto.
43. Establecer una vía incidental para que los terceros de buena fe puedan ejercitar acciones de restitución de la posesión de bienes de su propiedad, en caso de huelgas estalladas.
44. Incorporar como causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento.
45. Prever como causa para negar el trámite a los emplazamientos a huelga, cuyo objeto sea el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo o un contrato ley, el hecho de no señalar con precisión las violaciones a dicho contrato y la forma de repararlas.
46. Combatir los denominados “contratos de protección”. Para ello, se establecen requisitos adicionales para los emplazamientos a huelga que tengan por objeto obtener del patrón la firma de un contrato colectivo de trabajo, a fin de que la organización sindical emplazante acredite que sus estatutos comprenden la rama industrial o la actividad de la empresa o establecimiento con el que pretende celebrar el contrato, así como que cuenta con agremiados que laboran para el patrón que se pretende emplazar.
47. Establecer nuevas reglas para la tramitación de las demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo o administración de contrato ley, para otorgar mayor certeza y seguridad jurídica en estos procedimientos. La propuesta busca asegurar una legítima representación de los trabajadores en el ejercicio de esta acción.
48. Precisar en los procedimientos de conflictos colectivos de naturaleza económica, que sólo la huelga estallada suspende la tramitación de este tipo de conflictos.
49. Prever el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de contrato colectivo de trabajo y administración de contrato ley, en consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en este tipo de asuntos.
50. Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, que podrían llegar hasta cinco mil veces de salario mínimo general por cada violación cometida. Se prevé que la cuantificación de las sanciones pecuniarias se haga tomando como base de cálculo la cuota diaria de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Para su imposición, se describen los elementos que debe tomar en cuenta la autoridad y se precisa en qué casos existirá reincidencia.
Para que la sanción sea representativa y tienda a evitar irregularidades, se propone que, cuando en un solo acto u omisión se afecten a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los trabajadores afectados y si con un solo acto u omisión se incurre en diversas infracciones, se aplicarán las sanciones que correspondan a cada una de ellas, de manera independiente.
51. Finalmente, se propone subsanar deficiencias que presenta el texto actual de la Ley, pues a manera de ejemplo puede citarse que existen preceptos en vigor que utilizan reenvíos a disposiciones que se encuentran derogadas.
Con base en lo expuesto, por su digno conducto y con fundamento en el artículo 71, fracción I y tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de ese Honorable Congreso de la Unión, la siguiente:
INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Ross, es lamentqable que hagas esos comentarios clasistas bien parece no eres del «barrio» y claro esa es la razón por la cual no comprendes el perjuicio de la reforma seguro has de tener un puesto vitalicio en alguna empresa propia o ajena. Es posible que trabajes en una empresa transnacional o nacional que cumple con legalidad y cabalmente sus obligaciones.
Adriana, es posible que te encuentres en la misma condicion que Ross y que la empresa en la que trabajas cubre todas tus espectativas.
Es verdad que hay algunos empleados que aplican la ley del mayor esfuerzo, alguien me dijo hace un par de meses «no me paso a tu área y sabes por que?, por que no me parece justo que ellos estan en friega loca los demas estamos de gue…nes, esto em parecio patético, otra que todos los dias se sentia mal y se queria ir temprano a su casa, otro que vivia a 10 minutos de la oficina y siempre llegaba 45 minutos tarde y la que vivia lejos era mucho mas justificada por llegar tarde y yo decia y esta bola de mediocres, no es posible…También he sabido de los que según se accidentan en la calle o se lastiman para incapacitarse.
Pero he conocido a muchos, muchos empresarios y empresas abusivas que no dan de alta a sus empleados ante el imss, les decuentan impuestos , imss y amortizaciones a sus empleados y no pagan sus obligaciones.
Empresas que al mismo tiempo que firman el contrato les hacen firmar la renuncia en y finiquito en blanco. Que dan contratos mes con mes aunque sus empleados lleven trabajando con ellos 5, 10 o mas años y que nunca dan utilidades.
Es decir que estos empresarios no respetan leyes y compran a las autoridades. Con las nuevas reformas como puedes estar segura que a una mujer le pagan lo mismo que un hombre si muchas empresas reconocidas y sobre todo las de outsourcing dan de alta a sus empleados con sueldos minimos ante las autoridades fiscales y les pagan por «debajo del agua» las diferencias de sus sueldos.
Las reformas solo legalizan las bajas acciones de este tipo de empresas y si abren el mercado internacional para convertir al pais en un paraiso fiscal y mercado de mano de obra barata.
Esos comentarios me recordaron al de una panista cuando sugirio que se hiceran las marchas en el pedregal, que irrisorio si hasta un niño pequeño sabe que si hace berrinche en el patio su mamá no le hará caso.
Si señoras, la reforma seria perfecta en un país donde no existiera el analfabetismo y la educación fuera de calidad, la gente estuviera bien nutrida y tuviera la capacidad economica para pagar escuelas privadas y otras tantas cosas que eisten en países de priemr mundo, entonces sí la reforma laboral seria adecuada. Pero no todos los mexicanos tenemos la fortuna que tienes ustedes de venir de buena cuna. Pensen no se crean que todos tienen su misma suerte.
Pero diganme ustedes Por quien votamos?, si todos se hicieron uno y en complicidad votaron a favor de esta nefasta reforma que propuso el anterior presidente y que no fue idea de Javier Lozano como lo presumió en su momento, esta fue una reforma que propuso Francisco Abascal a peticion del primer presidente del Pan, ya que este se las prometió a los empresarios cuando se presentó ante la camara de comercio. Esto ha sucedido por que muy pocos tenemos memoria politica, los demas se la viven viendo futbol y telenovelas.
Por otro lado de que serviría intentar hacer ruido en las televisoras, si estas son complices de los políticos ao diganme quien de ustedes escucho a alguno de estos seudo periodistas hacer su trabajo con dignidad, alguno de ellos analizó esta reforma, todos excepto dos o tres que poco cuadro le dieron. No solo alabaron la reforma sino que la promovieron, insistiendo en todas sus «ventaja». Ellos que tienen la obligacion de decir la verdad.
No cabe duda que los politicos quieren acabar no con la pobreza, más bien con los pobres, matandolos de hambre.
Que podemos hacer ante la voracidad de estos seres sin ética, sin amor e interés por su país y sus habitantes, sin patria( todos emigran a otros países, para que quedarse si ya no lo pueden saquear). Decir que no los elijamos es dificil, por que no nos dejan opción; si no votas se roban tu voto, si decides votar por quien lo haces si ninguno cubre las espectativas minimas y por lo tanto no es digno candidato.
Esta reforma va a empobrecer mas a los mexicanos que ya de por si viven al día y va a enriquecer más a los dueños del dinero.
Voy de acuerdo a la reforma… hay muchos beneficios para los trabajdores que trabajan…. hay limitaciones para los trabajadores que aplican la ley del menor esfuerzo y sindicalistas que no trabajan.
Estoy de acuerdo que exsite riezgos por aquellas empresas logronas que evaden sus responsabilidades, pero al igual que existen hoy en dia.
Una compañia bien intencionada y colaboradores competenetes…. seria lo ideal y hasta donde entiendo estas reformas van encaminadas a ello.
Me dan tristeza ver comentarios alarmistas que obviamente no captaron los beneficios de los colaboradores…. tales como:
Igualdad de derechos para ambos sexos / Igualdad en prestaciones a colaboradores sin importar si estan bajo una empresa de outsourcing/ evitar y condenar la violencia laboral / No discriminación y proteccion a las casadas, embarazadas, enfermos, adultos mayores etc etc. etc.. / mas dias con gose de sueldo por maternidad, incusive por patrnidad, por fallecimientos o enfermedad de familias hasta 2 grado/ Licencias de trabajo hasta por un año para criar a los hijos tanto a la mama como al papa en ausencia de esta/ y muchas cosas mas…..
Si, mejor vamos a leer y a enterarnos bien antes de aletar a una revolucion y a condenar estas iniciativas….
Estoy al 100 contigo Adriana, Saludos!
Que tristeza los que se metieron y ni siquiera leyeron, y solo se metieron a comentar sus estupideces, entiendan! solo generan discusiones y problemas repitiendo todo lo que escuchan y por FLOJOS HOLGAZANES no leen la información o ya por retraso mental no comprenden los puntos de este. pueblo! sean analíticos y den sus propios puntos de vista, no solo repitan lo que dicen los demás ignorantes! otra cosa que me da risa es que dicen que por el regreso del pri, siguen sin investigar, gente! la reforma no se formo de la noche a la mañana, se llevo años poder conformarla y que se haya propuesto justo ahora no tiene nada que ver con el presidente electo, si hubiera quedado AMLO o cualquier otro, de todas formas se hubiera hecho! si queremos combatir contra el gobierno, lo primero que hay que vencer es la ignorancia!
No estoy ni a favor no encontra, pero hay que leer bien, la mayoria de la gente solo toma lo que le combiene entender, hay cosas muy buenas e interesantes, claro esto afecta o muchos «que se dicen trabajadores» que le han sabido sacar provecho con demandas y demas… cuando realmente, son olgazanes, faltistas conozco algunos que se lastiman intencionalmente solo para incapacitarce y viven de eso. El hecho es que nuestra falta de cultura y honestidad no nos deja avanzar, la educacion comienza en casa, con buenos pricipios y valores Mexico sera un mejor pais. Comprar pirateria, robarse el cable, la luz, el agua son alguans de las tantas cosas que mas del 80% de los Mexicanos hace. Para Objear hay que proponer y para proponer hay que estudiar y querer saber, dejemos de lado las criticas con logica de barrio….
Te apoyo Ross!
Se rquiere otra Revolución la vdd ningún a ningun partido politico le importamos. Solo le importa nuestro voto para seguir ROBANDONOS….. x qué no se aplican ellos Presidente nuevo y viejo, la bola de INEPTOS diputados y senadores su reforma laboral.
Que demuestren SIN SUELDO q en realidad lo q quieren es SERVIR AL PUEBLO ….. AJÁ…. con todo lo que se roban viven 2 ó 3 vidas consecutivas junto con sus familias parasitas
que dupliquen o tripliquen el sueldo a los obreros para que sean los que inviertan en el futuro, educacion, vivienda ,ets ets.
que el gobierno proteja las inverciones de los empresarios y los empresarios nos protejan a los trabajadores.
que las empresas,compañias, fabricas , ets ets, no contraten a borrachos, drogos, cholos, , tatuados, ets
por que esa gente mañosa no saben invertir ydañan la economia.
Respetable tu opinión , pero en algun momento te detuviste a pensar que las personas a las que llamas drogos , cholos , tatuados y borrachos son en su mayoria la clase obrera , y no por las etiquetas que les ponen las personas como tú son mañosos y dañinos; dañino es la clase de educación que hace que la gente escriba «INVERCIONES» o «ETS», cuando se escribe INVERSIONES y ETC. ; te recomiendo que antes de opinar te informes bien y aprendas a escribir; por cierto tengo tauajes y no soy una persona mañosa…
Les falto un punto. Prohibir la venta de Plazas y heredar las plazas por eemplo de los maestros, debido a que existen en estas áreas tanta corrupción y maestros que se dicen ser maestros y no saben ni de que estan dando su materia a los peques, de por si como estamos en la educación con nuestra famosa Elba Esther Gordillo y luego colocando personas incapaces de presentarse ante un grupo de peques para impartirles Historia de México u otra materia importante
Te recomiendo también que te informes y no solo escuches lo que los medios de «comunicación» de nuestro querido méxico dicen. los maestros no somos como nos quieren hacer ver y ni siquiera sabes porque luchamos: becas para los niños, desayunos escolares, uniformes escolares, escuelas dignas, telesecundarias con televisión, etc. etc. y qué crees, no somos improvisados, nos evaluamos cada año desde hace muchio tiempo, en dos ocasiones una a nivel nacional y otra a nivel estatal y que crees que el mejor puntaje de carrera magisterial lo tiene un maestro de michoacán, como ves??? lee, entérate antes de criticar a un maestro, porque los medios no te dicen que fuera de nuestro horario trabajamos por lo menos 3 horas calificando, planeando en casa y que crees soy mestra democrática de la cnte, michoacán, y para finalizar un maestro te enseño a escribir y lee por favor, pero fíjate que lees y a quien escuchas…
Hay que leer de que se trata amigos, existen muchas cosas muy buenas que no se contemplaban en la Ley anterior estoy de acuerdo que el rico se hace más rico en México, pero muchas veces nosotros tenemos la culpa, por que?? no solamiente el gobierno se hace más rico jodiendo a los pobres, tambien somos consumidores compulsivos hacemos ricos a Carlos Slim comprando el ultimo celular aunque la comptencia tiene el mismo, no nosotro queremos el más caro por que creemos que podemos pagarlo, compramos cosas de marcas extranjeras por que tambien son muy caras y nosotros podemos pagarlas o creemos que podemos, pudiendo comprar cosas hechas en México y de mayor calidad.
Esta nueva Ley es un avance, un paso y si no nos gusta podemos hacer algo por que México es de los Mexicanos y tenemos voz y voto, aunque muchas veces existen anomalias por asi llamarlas como este año de elecciones presidenciales.
Lean y no solo vean la nueva Ley
creo que los que tienen la culpa de todo lo que pasa en México no son los gobernantes porque al fin y al cabo ellos hacen lo que les conviene, culpables son los que los eligieron o mejor dicho los que cambiaron su voto por una torta o cierta cantidad, que estoy seguro les alcanzo solo para comer uno o tres días, hoy no te quejes.
jajaja aqui en mexico no hay democracia recuerdas?? ellos se elijen solos o los ponen
la neta mexico estamos bien jodidos y aceptando eso estaremos peor la vdd yo no tengo familia pero si la tuviera pensaria por ellos no por mi por que a ellos les faltara que comer y no nos alcansaran nuestro sueldo para nada!!!!!
es verdad solo falta una nueva revolucion para quitar a toda esa gente que piensa en como explotar al trabajador, pero algo estoy seguro si alguien se levanta en contra yo si me uno la pregunta es tu tambien lo harias o son solo palabras y esperas que alguien mas te resuelva las cosas……
los senadores y diputados de nuestro país son una misera burla de los mas bajo que puede hacer un mexicano realizan y aprueban reformas que solo benefician a unos cuantos lo que deberían es bajarse el sueldo y trabajar en verdad a favor de México pues solo ven para su convenencia
Si los politicos estan haciendo lo que quieren es porque se lo estamos permitiendo, que estamos esperando que aya mas pobresa en el pais o que estan esperando ellos que el pueblo mexicano vuelva a los tiempos de la revolucion, entonces fue en vano la lucha de todos los que murieron para tener un mejor pais.
La nueva reforma es una burla para todos ellos, es como si les zapatiaran en sus tumbas.
Ahora la pregunta es…..
HASTA CUANDO VAMOS A SEGUIR PERMITIENDOLES QUE HAGAN LO QUE SE LES PEGE SU C…….. GANA?????????
es necesario dejar de solo publicarlo por este medio y tratar de hacer mas que eso o que al rato trabajaremos para que los politicos viajes y se sigan matando por mas dinero que al final es nuestro mientras una muera de hambre o vivir de sus sobras……
Estamos JODIDOS como empleados y ellos estan tranquilos por sus sueldazos…….PAIS JODIDO……..CAPITALISTA….hacer al rico mas rico y al pobre MAS POBRE………
mexicanos es hora de unirnos y sacara toda esta bola de ratas del gobierno ,hasta cuando nos seguiran viendo la cara de pendejos ,x Dios es hora de actuar ,a como vamos ,nos van a querer de sus esclavos y luego se quejan de q en mexico hay tanta delincuencia , con estas reformas y aparte el salario x los suelos, es tiempo de sacar a esta gente que se rie de todos nosotros gente trabajadora ,ya estamos hartoss ,de tanta desigualdad ,vamos a unirnos fuerza obrera trabajadora y hagamos una nueva revolucion a ver si a estar ratas con corbata les queda ganas de segui con sus pendejadas , vamos mexico no te rajes
Estoy de acuerdo con Luis. Yo no le veo tanto daño a nosotros los trabajadores con esta reforma. Será que aun no sucede.
Dice que no pueden violar la ley los patrones porque se multará con hasta 5 mil veces el salario minimo.
Deben de proveernos con un lugar mas higienico y seguro para poder laborar.
Las mujeres embarazadas o lactando se les debe de reducir una de trabajo diaria y pagada supongo para que valla con el menor.
El papá tiene derecho a irse a casa 10 dias pagados cuando hay un recien nacido en casa.
No contratar a menores de 14 años.
No pagarme menos a mi porq tengo 19 y mas a ti porque tengas 30. Si hacemos el mismo trabajo y rendimos igualmente en el dia.
Si hay algunas en nuestra contra pero la mayoría son buenas para nosotros.
Como el requisito del patrón de inscribir la empresa en el FONACOT para q todos podamos tener o usar ese credito en donde sea aceptado.
No antigüedad y eso del año de salario en juicios pero creo q eso es mas bien para gente letigiosa no creen??
Para que le hechemos mas ganas me gustaría que pusieran una ley donde diga que se debe de pagar por hora y no por día.
Asi seríamos mas puntuales y responsables en nuestros empleos… ya que si faltas unos minutos diariamente, completarias horas menos al fin de semana.
Tambien eso de que se debe de pagar con medios electronicos está bien. Porque? porque asi se evita tanto manejo de efectivo el dia de pago y nosotros no llevamos el riesgo de que nos lo roben al salir de la empresa ya que saben que llevamos efectivo y no me digan que no saben de alguien que no le halla pasado.
Asi uno con cuenta bancaria, puedes usar el money con tu TDD en tiendas o solo retirar lo nesesario para el gasto semanal.
Saludos amigos mexicanos…. amaos los unos a los otros y no armaos los unos contra los otros. El respeto al derecho ajeno que es?????? de seguro que ya lo saben!
Estoy de acuerdo con Luis y con Juan….
No veo nada grave, veo cosas muy buenas.
La reforma establece regular el Outsourcing y ver como unico patron al lugar donde se desempeña el trabajo y ofrecer prestaciones iguales a los colaboradores independientemente quien administre la nomina.
Me a tocado trabajar en RH tanto en empresas que han sido victimas de los sindicatos como en empresas que han abusado de las leyes para evadir la responabilidad.
Me parece que todos los beneficios adicionales que se plantean a los trabajadores son buenos (igualdad, discriminacion, estado civil, condicion de embarazo o salud, maternidad, paternidad, enfermemdad, consideraciones a la familia, al tiempo, a las condiciones laborales, de infraestructura y mil cosas mas.)
Y tambien creo que las limitantes a los sindicatos, es con la intecion de evitar tanta corrupcion, omnipotencia y malos manejos en estos organizmos que tienen bien fregado al pais y a muchas compañias que han llevado a la quiebra, porque dejaron de ser productivas por exceso de beneficios a los empleados y pocas obligaciones. No podemos negar que gracias a los sindicatos rojos, en muchos casos se aplica la ley del menor esfuerzo. Y esto hace que no seamos productivos.
Vamos a ponernos a trabajar de manera responsable para que no nos corran, y dejar de pensar en ello. Valoremos los beneficios cuando la relalcion laboral funciona….. ambos ganamos.
Pues, yo tengo la reforma artículo por artículo y no veo la gravedad. Es correcto lo del periodo de prueba, pero te lo van a pagar. Es muy parecido a lo que hacen actualmente de ponerte un contrato por tiempo determinado de un mes. Y la Ley actual si contempla de manera indirecta los periodos de prueba y de capacitación. Tomas el periodo de prueba y te lo van a pagar, si resultas apto, entonces te hacen el contrato, y si no te gusta el trabajo, pues lo dejas.
sip, pero si entendí bien, eso es para siempre, osea que nunca tendrás trabajo fijo, y de cualquier cosa te pueden despedir sin justificación y sin generar antiguedad, osea que no generas derecho de ningún tipo
revoluciÓn contra el gobierno y las empresas monopÓlicas !!!
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Gracias.
es ovbio que los politicos con una bola de pendejos que no sirven para nada, que ni estudios tienen, solamente se dedican a sentarse y rascarse las bolas, si por ellos fuera trabajariamos de gratis o hasta les tendriamos que pagar nosotros. Todo esto una porqueria, como dicen ellos solo piensan en ellos mismos, pero como nos gustaria que estuvieran en el lugar de la gente mas pobre. para que a ellos los pasaran a chingar.
No cabe duda que estamos fregados y ahora vamos a estar peor, que se creen estos politicos que pueden hacer con nuestro futuro y el de nuestra familia lo que quieran, porque no mejor inventan una reforma laboral para bajarle el sueldo a todos la bola de huevones de los politicos y eso que el huevo esta caro ni para eso nos va a dar ahora, a toda madre no cabe duda que los pobres mas jodidos estarán.
Creo q como todo hay algunas cosas buenas y malas, pero ese es el resultado d regresar al PRI al poder,asi q mexicanos afrontemos la decicion d la bola d pendejos q vendio su voto por una puta despensa
Esos pinches politicos no tienen otra cosa que hacer mas que estar fregando a la gente, quieren que mejore el país bajen su sueldo y desquitenlo enserio no es agradable engordarles la billetera solo porque se vayan a dormir y a levantar la pinche mano para dar un voto; estaría bueno que los politicos vivieran con un sueldo mínimo haber si es cierto……..para mala suerte muchos mexicanos votaron por el inutil de Peña Nieto que ni hablar inglés sabe, no es cierto eso de que va mejorando el país (viejas tarugas las que votaron solo porq se les hace guapo….la manga!!! pinche viejo feo)
lo unico que puedo opinar es que no permitan que esto suceda ya que de lo contrario se perderian todas sus prestaciones actuales horas extras vales de despensa ayuda de transporte comedores participacion utilidades aguinaldo vacacines pagadas incluyendo tu dia de descanso pagado tu obrero empleado trabajador sindicalizado o no piensalo di no a la nueva reforma laboral ya que de lo contrario te te va a perjudicar a ti y a tu familia
por que nuevamente quieren perjudicar mas al trabajador, por que no hacen algo por ayudarnos si a los 35 años ya nadie nos quiere contratar y con su articulo 17 creo que es algo tonto yo veo que lo que quieren es quitar las pensiones, pero me pregunto que vanos hacer si hoy la gente vive mas de 90 años.
Miren las reformas son de tipo obligatorio ya que en la mayoria de los paises industrializados ya estan en marcha desde hace un buen tiempo brazil, argentina, estan despegando economicamente por este tipo de reformas bien aplicadas el problema que veo es que en nuestro pais esto se va a prestar para joder mas al trabajador ya sea un obrero o profesionista ya que somos tantos y tan pocas oportunidades que todos nos vamos a pelear por lo que nos ofrezcan y las mujeres mas facilmente se tendran que aguantar a lo que sea con tal de conseguir empleo .
Lo que deberiamos hacer es fijarnos por quien votamos… hacer ruido en medios de comunicacion para que los politicos les de un poco de temor y sepan que los mexicanos no estamos tontos como ellos creen,. Sonara algo mal, pero considero que a Mexico ya le hace falta una nueva revolucion, el dia que los mexicanos nos levantemos en armas en contra de nuestros gobernantes todo va a cambiar de eso estoy seguro
Estan bien pendejos, que les pasa, si de por si muchas empresas buscan cualquier detallito para realizar despidos injustificados, esto sera FATAL para los mexicanos… OUT CON SU PINCHE REFORMA,
todos nos quejamos lo malo que es ya lo sabemos mi pregunta es como o que podemos hacer para que esto no suceda???????????????
Creo que estan complentamente locos los politicos ya que ellos se quieren hacer mas ricos y undir mas al pais y sus ciudadanos ellos estariana dispuestos a TRABAJAR EL PERIODO DE PRUEBA SIN GOCE DE SUELDO NI PRESTACIONES… EN MI OPINION SE DEBERIAN DE BAJAR LOS SALARIOS A TODOS LOS POLITICOS Y SER MAS EQUITATIVOS Y SABER ADMINISTRAR LOS RECURSOS CON LOS QUE SE CUENTA…
El buen juez por su casa empieza, estaria bien que todos los senadores y diputados, los pusieran a prueba tres meses sin goce de salario y todas sus megaprestaciones. Haber si les quedaria ganas de seguir aprobando las cosas al vapor sin analisis, ya que ninguno de ellos es experto en la materia Laboral.
lee bien, a los que los ponen a prueba si se les pagan, tiene los mismos derechos y prestaciones, solo que su trabajo no es seguro, no estoy a fabor ni en contra.
Gracias, me hubiera gustado que mencionaras el articulo al que pertenecen estos puntos