Reformas Fiscales al CFF y LFPCA. Hoy en el DOF se publicaron.
DOF: 27/01/2017
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, el siguiente:
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y al Código Fiscal de la Federación.
- CAPÍTULO XII
Del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo - Sección Cuarta
Del Trámite y Resolución del Recurso de Revocación Exclusivo de Fondo - Transitorios
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Entre otras importantes reformas, nuestros amigo @olguinfiscal señala:
- En el juicio de resolución exclusiva de fondo se observarán especialmente los principios de oralidad y celeridad. Reforma LFPCA
- El nuevo juicio de REF versará únicamente s/la impugnación de R.definitivas a que se refieren los Art.42, fracciones II, III o IX del CFF
- En ningún caso el juicio de REF podrá tramitarse a través del juicio en la vía tradicional, sumaria o en línea, regulados en la LFPCA.
- Una vez que el demandante haya optado por el juicio de REF al acudir al TFJA, no podrá variar su elección.
- El nuevo juicio de resolución exclusiva de fondo contempla la suplencia de la deficiencia del abogado improvisado.