1ra Modificación a la RMF 2014 – El Camino de adaptación será complejo
Por Hjasnytyn Fidel
hjasnytyn.in
“El Camino de adaptación será complejo”, dice el la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2014 de hoy.
En esta ocasión, quiero resaltar un aspecto interesantes que he detectado y que no se debe dejar pasar por alto, del proyecto de la “PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 y sus Anexos 1, 1-A, 9, 11, 14, 15 y 17” publicada hoy en el DOF.
Para entenderlo debemos de pensar que quizá la reforma fiscal 2014 que estamos viviendo, nos muestra un camino de adaptación que no será tan simple.
Tengo la impresión que los recientes cambios fiscales per se, se podría ver en beneficio de la Autoridad, como aquello que no se puede controlar por los contribuyentes tan fácilmente, y quiero explicar por qué digo esto.
PROYECTO DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES
En los más de cien cambios a las reglas que presenta (sí más de cien) de este primer proyecto, algunas reglas se multiplicaron y así una misma regla cambia en dos tiempos, como reforma y como adición.
La regla I.3.3.1.34., es un ejemplo de ello.
APARTADOS DE CONTROL DE CAMBIOS
Recordemos que dentro de los cambios que se dan a conocer periódicamente en la Miscelánea Fiscal, siempre son de tres tipos: 1)Reforma, 2)Adición o 3)Derogación, y quizá un cuarto, que ahora se llama “Aclaración” (y que parece más bien reforma) cuatro grupos que unifican los cambios a las reglas o a los artículos, pero siempre tiene el más amplio sentido el primero “Reformas”, porque una “Reforma” puede englobar todo (adiciones y desaparición de párrafos o incisos, o lo que sea, el chiste es el cambio en su contenido).
EL CASO DE LA REGLA I.3.3.1.34
Con este Proyecto de Resolución Miscelánea, la regla I.3.3.1.34. sufre una Reforma, y se ubica también en una Adición, increíble pero pasó. Padeciendo el fenómeno que he denominado “de la multiplicación de cambios”.
De acuerdo a lo anterior, y no obstante que una reforma significa potencialmente una transformación del texto, el SAT la incluye como una “Reforma” general, en su apartado específico del artículo primero, y también como una “Adición”, en su apartado específico del artículo primero. Indicando textualmente cito: “(adición) I.3.3.1.34., con un segundo párrafo” Increíble pero pasó.
Lo interesante de esta simpleza, es que considero que con decir que era una “Reforma”, resultaría suficiente para cambiar todo lo necesario de la regla y ponerle todo lo que le faltaba, pero quizá si se hubiera hecho así, la suma de cambios no hubieran alcanzado el computo de más de cien, que aunque se esté a favor o en contra de los cambios, cien cambios definitivamente inquietan.
TEORÍA DE LA MULTIPLICACIÓN DE LOS CAMBIOS
Definiendo mi teoría “de la multiplicación de los cambios”, considero que esta se da cuando un mismo cambio en la miscelánea o en la Ley, puede multiplicarse en dos o más, con el fin de aparentar un gran conglomerado de ellos, y computar un mayor número de modificaciones, en pro de la complejidad.
Observen la teoria ustedes, en sus respectivos circulos de estudio, y/o formen parte del mio suscribiendose a este sitio.
AGRADECIMIENTO FINAL
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MAS BIEN PARECE DE MANIPULACION DE LAS LEYES
POLITIQUILLOS QUE QUIEREN QUEDAR BIEN CON SUS CARGOS
PENSADO ENTRE ELLOS QUE REALIZARAN MEJORAS SIN TENER
LA SAPIENCIA DEL PAIS DONDE VIVIMOS. QUE ES BUROCRATICO.