Las actividades del sector primario son la agricultura, la ganadería, la pesca y la explotación forestal.
Puedes pertenecer a éste régimen, si eres una persona física que se dedica exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Para el cumplimiento de tus obligaciones puedes optar por pagar tus impuestos de forma independiente o como integrante de una persona moral.
Si obtienes ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras y representan cuando menos el 25% de tus ingresos totales en el ejercicio, podrás tributar en este régimen, teniendo la posibilidad de obtener ingresos por actividades empresariales distintas al sector primario o incluso obtener otro tipo de ingreso; siempre que en el ejercicio el total de los mismos no rebasen de 8 UMA´s elevadas al año.
- Cumplir con tus obligaciones aumenta tus alianzas comerciales y el crecimiento de tu negocio.
- En éste régimen cuentas con facilidades administrativas y de comprobación.
Beneficios del régimen:
- No pagas impuesto sobre la renta (ISR) hasta por un monto anual, de 40 UMA´s elevadas al año.
- Puedes optar por presentar tus declaraciones provisionales de forma mensual o semestral.
- En tus declaraciones provisionales puedes aplicar una reducción de 40% en el impuesto sobre la renta (ISR) determinado.
- Puedes deducir tus gastos por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, sin necesidad de contar con factura electrónica.
- Puedes deducir, gastos, inversiones, devoluciones, descuentos, bonificaciones, adquisiciones de mercancías, materias primas y la deducción anticipada de terrenos.
- Puedes obtener tu devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Conoce y cumple tus obligaciones fiscales
Recuerda que el hecho de cumplir con la ley, incrementará tus ventas
Puedes optar por pagar tus impuestos de forma independiente o como integrante de una persona moral.
Si perteneces a este régimen, debes cumplir con las siguientes obligaciones:
- Inscríbete y obtén tu Registro Federal de Contribuyentes.
- Expide factura electrónica cada vez que vendas algo, o realiza una factura global por las ventas que realices al público en general.
- Presenta tus declaraciones provisionales.
- Presenta la información del IVA, de las operaciones realizadas con tus proveedores.
- Presenta tu declaración anual.
- Informa anualmente las operaciones con tus clientes y proveedores.
- Presenta la información relacionada con tu Contabilidad Electrónica.
- Cuando cambies de domicilio, de actividad o requieras modificar la información contenida en el Registro Federal de Contribuyentes, actualiza tus datos desde el Portal del SAT.
En caso de que cuentes con trabajadores, presenta la declaración, el pago provisional de las retenciones realizadas, y expide el Comprobante Fiscal Digital por Internet de Nómina.
Utiliza las herramientas electrónicas para cumplir con tus obligaciones del sector primario persona física
Para el uso de las herramientas electrónicas sólo requieres contar con tu contraseña y e.firma (antes Firma Electrónica)
Para facilitar el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, el SAT pone a tu disposición diversas herramientas electrónicas que te ayudan de forma fácil y rápida a enviar tu información desde cualquier equipo de cómputo con conexión a internet:
- Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica ofrecido por el SAT.
- Buzón tributario para el registro de tu Contabilidad Electrónica.
- Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar tus declaraciones provisionales.
Respuesta a preguntas frecuentes:
¿Qué se entiende por actividades agrícolas?
Comprenden la siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos del campo, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
¿Qué se entiende por actividades ganaderas?
Consisten en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Si adquirí ganado, ¿se puede considerar una actividad ganadera?
Sí, siempre y cuando el ganado haya sido adquirido a través de la primera enajenación, y realices exclusivamente actividades de engorda durante un periodo mayor a tres meses.
¿Qué se entiende por actividades pesqueras?
Incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
¿Qué se entiende por actividades silvícolas?
Consisten en el cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
¿Puedo estar exento de impuesto sobre la renta por estas actividades y hasta que monto?
Sí, siempre que los ingresos por las actividades del sector primario representen cuando menos el 25% de los ingresos totales en el ejercicio, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a las citadas actividades y que además, sus ingresos totales no rebases 8 UMA´s elevadas al año, hasta por un monto en el ejercicio de 1 UMA elevada al año.
¿Qué facilidades tengo para realizar mi inscripción en el RFC?
Cuando tus ingresos en el año no excedan de un monto equivalente a 40 UMA´s elevadas al año y no tengas la obligación de presentar declaraciones periódicas podrás optar por inscribirte en el RFC a través de los adquirentes de tus productos.
¿En qué casos se puede aplicar la reducción del 40% del impuesto sobre la renta determinado en los pagos provisionales?
Cuando los ingresos en el ejercicio excedan de 40 UMA´s elevadas al año, pero sean inferiores de 423 veces UMA´s elevadas al año, se puede aplicar por el excedente una reducción en el impuesto sobre la renta determinado de 40%.
¿Cómo se pueden deducir los gastos menores por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo o alimentación de ganado, si no cuento con factura electrónica?
Puedes deducir tus gastos con documentación comprobatoria que al menos reúna los siguientes requisitos:
- Nombre, denominación o razón social y domicilio, del vendedor de los bienes o del prestador de los servicios.
- Lugar y fecha de expedición.
- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio.
- Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra.
¿Existe algún límite respecto de los gastos que puedo deducir sin factura electrónica?
Puedes considerar hasta un 10% del total de tus ingresos propios, sin exceder de 800,000 pesos durante el ejercicio.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la devolución de los saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles?
- Contar con e.firma o e.firma portable.
- Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Que el monto mensual de la devolución no sea mayor a 500,000 pesos.
- Que las últimas doce solicitudes de devolución no hayan sido negadas en más del 20% del total o bien, por más de 1,000,000 de pesos.
- Presentar en la primera solicitud de devolución donde se opte por aplicar esta facilidad, un anexo para informar al SAT la infraestructura con la que realiza sus actividades.
Fuente: SAT
Buenas tardes
en cuanto a los gastos totales en que proporcion se aplica al excedente de ingresos, es decir descontando al total de ingresos la parte excenta
SI SOY PERSONA FISICA QUE NO REBASA 2 MILLONES ANUALES Y ESTOY EN EL SECTOR PRIMARIO, PUEDO UTILIZAR MIS CUENTAS PARA LLEVAR CONTAILIDAD ELECTRONICA?
Si vendo refacciones e inplementos agrícolas como debo registrarme?
SOY SOCIO DE UNA P.M. SCOCIEDAD COOPERATIVA PESQUERA, PUEDO SOLICITAR LA DEVOLUCION DE IVA POR CUENTA PROPIA?
Hola Rufino, no lo debes de hacer como persona Moral ya que este es el contribuyente y esta los gastos a nombre de esta sociedad.
ME INTERESA MUCHO SECTOR PRIMARIO PARA PERSONAS MORALES, TENDRAN ALGUN LIBRO SOBRE ELLO?
Hola.
Gracias por leernos.
Si claro, tenemos este libro que es para Personas Físicas y Morales:
//tienda.elconta.com/shop/etiqueta-producto/agapes/
Saludos ;)
Equipo de ElConta.Com