¿Repecos mayores a 250 mil a pagos referenciados?
Todavía hay quienes piensan que Facebook es solo para ir a perder el tiempo… :roll:
Acá una muestra de lo contrario, donde en el grupo #CPtwitter de Facebook se tuvo esta interesante plática hace unos momentos con respecto a la nueva implementación de pagos referenciados a las personas físicas con ingresos mayores a 250 mil pesos en el ejercicio pasado (2011).:
¿REPECO mayor a 250 mil y retenedor de ISR Salarios utilizará pago referenciado?
Por cosas como estas es que te recomiendo ampliamente el que visites la comunidad virtual #CPtwitter en redes sociales, presente tanto en Twitter (su origen) como en Facebook ;)
TAG: #CPTWITTER
Creo correcto el concepto en teoría, pero deben recordar que se contrapone a las obligaciones que un repeco tiene, en tal hipótesis que el Fisco (SAT), no esta en posibilidad jurídica de requerir cumpla con la obligación de enterar las retenciones de ISR, pues el repeco en primer instancia no cuenta con obligación del DyP.
Es muy interesante el tema.
Espero su opinion