Representación Legal de PRODECON. Servicios de un abogado gratuito que te defienda.





¿Qué es la Representación Legal de PRODECON?

– Guía rápida –

Colaboración de:

Lic. Víctor Manuel Díaz Velasco

La presente entrega forma parte de una serie de guías, en las que se describirán los servicios que ofrece PRODECON. Para una mejor comprensión de las mismas se expondrán con el mismo formato que el SAT ofrece al dar a conocer sus trámites y servicios en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, considerando que tales fichas son de fácil manejo para los usuarios de las mismas.

SOLICITUD DE SERVICIO DE REPRESENTACIÓN LEGAL

Descripción del Trámite o Servicio Monto:
Permite ofrecer los servicios de un abogado gratuito, para tramitar la defensa en sede administrativa o judicial, en contra de actos o resoluciones emitidas por autoridades fiscales federales, incluso de las autoridades fiscales coordinadas en las entidades federativas, así como organismos fiscales autónomos, tales como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, cuando el monto histórico del asunto o de los créditos fiscales (sin contar actualizaciones, accesorios y multas) no excedan de 30 veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México (ahora Unidad de Medida y Actualización “UMA”) elevado al año ($951,336.00 para 2020), o aquellos acto sin cuantía. Gratuito
¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio? ¿Cuándo se presenta?
Las personas físicas, personas morales, obligados solidarios o terceros que se vean afectados por actos o resoluciones emitidas por autoridades fiscales federales, incluso de las autoridades fiscales coordinadas en las entidades federativas, así como organismos fiscales autónomos, tales como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El servicio se presentará dentro de los siguientes plazos:

·         Juicio de Amparo Indirecto: 30 días hábiles*, tratándose de normas autoaplicativas, o 15 días hábiles* a partir de que surta efectos la notificación o de que se tenga conocimiento del acto o resolución a impugnar.

·         Juicio de nulidad: 30 días hábiles** a partir de que surta efectos la notificación o de que se tenga conocimiento del acto o resolución a impugnar.

·         Recurso de Revocación (SAT/Coordinadas): 30 días hábiles*** a partir de que surta efectos la notificación del acto o resolución a impugnar.

·         Recurso de Inconformidad (IMSS/INFONAVIT): 15 días hábiles**** a partir de que surta efectos la notificación o de que se tenga conocimiento del acto o resolución a impugnar.

 

*Hábiles en términos de la Ley de Amparo.

**Hábiles en términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

***Hábiles en términos del Código Fiscal de la Federación.

**** Hábiles en términos de la Ley de cada Instituto.

¿Dónde puedo presentarlo? ·         En las Oficinas de PRODECON

·         Por correo electrónico

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?
En las Oficinas de PRODECON:

·         En oficialía de partes:

1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/gobmx/formatos/formato_representacion.pdf

2.- Llenar los datos requeridos.

3.- Imprimir el formato y firmarlo.

4.- Presentarse con la Solicitud de Representación Legal y Defensa elaborado y firmado de forma autógrafa, así como la documentación soporte del acto por el cual se solicite la Representación Legal, y en caso de que el firmante de la solicitud acuda en representación del contribuyente, copia del documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

·         En módulos de atención:

1.- Presentarse ante los módulos de atención y solicitar el servicio de Representación Legal al asesor, aportando la documentación soporte del acto por el cual se solicite la Representación Legal, y en caso de que el solicitante acuda en representación del contribuyente, copia del documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

2.- Reciba el formato para su firma.

 

Por correo electrónico:

1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/gobmx/formatos/formato_representacion.pdf

2.- Llenar los datos requeridos.

3.- Imprimir el formato y firmarlo.

4.- Digitalizarlo y enviarlo vía correo electrónico. Con motivos del Acuerdo General 003/2020, publicado con motivo de la contingencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se dan a conocer diversas direcciones electrónicas a las cuales puede ser enviada la solicitud.

5.- Señalar en el correo electrónico que “el contribuyente o su representante legal tengan imposibilidad para acudir personalmente a la Procuraduría”.

6.- En caso de que el firmante de la solicitud acuda en representación del contribuyente, copia del documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?
En las Oficinas de PRODECON:

·         En oficialía de partes:

1.- Solicitud del servicio de Representación Legal elaborada y firmada de forma autógrafa.

2.- En caso de que el solicitante comparezca en calidad de representante legal o apoderado, copia simple del documento con el que se acredite la representación.

3.- Documentación soporte, incluida la resolución a impugnar y sus constancias de notificación, en caso de conocerlas.

*Pese a que no sea un requisito señalado en la normatividad aplicable, se recomienda aportar copia de identificación oficial.

 

·         En módulos de atención:

1.- En caso de que el solicitante comparezca en calidad de representante legal o apoderado, copia simple del documento con el que se acredite la representación.

2.- Documentación soporte, incluida la resolución a impugnar y sus constancias de notificación, en caso de conocerlas.

*Pese a que no sea un requisito señalado en la normatividad aplicable, se recomienda aportar identificación oficial.

 

Por correo electrónico:

1.- Digitalización de la Solicitud del servicio de Representación Legal elaborado y firmado.

2.- En caso de representación legal, digitalización del documento con el que se acredite la representación.

3.- Digitalización de la documentación soporte, incluida la resolución a impugnar y sus constancias de notificación, en caso de conocerlas.

*Pese a que no sea un requisito señalado en la normatividad aplicable, se recomienda aportar digitalización de la identificación oficial del solicitante.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Presentada la Solicitud del servicio de Representación Legal, se asignará un asesor, quien proporcionará sus datos al contribuyente a fin de que el mismo pueda obtener información de su trámite a través del medio que más le convenga, ya sea de forma personal en las oficinas de PRODECON, por vía telefónica o a través del correo electrónico que sea señalado por el contribuyente para tales efectos.
Resolución del Trámite o Servicio
La resolución se puede dar cuando suceda lo siguiente:

·         Sea imposible continuar con el servicio (Porque la naturaleza del asunto no lo permita, incumplimiento de algún requerimiento por la parte solicitante, desistimiento del interesado, etc.).

·         Por haber finalizado los medios de defensa o instancias.

·         En todos los casos se emitirá un informe o dictamen por parte de PRODECON en donde se señalarán las razones para dar por terminado el servicio.

 

Plazo máximo para que PRODECON resuelva el Trámite o Servicio Plazo máximo para que PRODECON solicite información adicional Plazo máximo para cumplir con la información solicitada
No aplica.

En caso de que se presente medio de defensa, el tiempo para emitir una resolución dependerá de la autoridad administrativa, o órgano jurisdiccional.

No se señala un plazo expreso en la normatividad aplicable, sin embargo, sí se prevé la posibilidad de requerimientos de información y documentación. No se señala un plazo expreso en la normatividad aplicable, sin embargo, a efecto de no agotar los plazos del medio de defensa, deberá ser el plazo más corto posible.
CANALES DE ATENCIÓN
En Oficialía de Partes: Presentando la solicitud en Oficialía de Partes de las Oficinas Centrales; o bien, en la Delegación más cercana, o a través de correo postal, certificado o mensajería.

 

En los módulos de atención: Acudiendo directamente a las oficinas centrales de la Procuraduría ubicadas en Avenida Insurgentes Sur, Número 954, Colonia Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México; o bien, a las oficinas de sus Delegaciones en el interior de la República. Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.

Por la actual contingencia sanitaria se encuentran atendiendo por medio de citas (*Solo disponible en algunas Delegaciones), la cual puede ser agendada en el siguiente enlace https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/citas

 

Vía telefónica: 55 1205 9000

 

Correo electrónico: Podrás realizar tus planteamientos a través de correo electrónico a la dirección [email protected].

Asimismo, por la contingencia sanitaria, se pueden consultar los correos de contacto en el Acuerdo General 003/2020, emitido por la PRODECON, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020 consultable en el siguiente enlace http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591707&fecha=16/04/2020.

 

Mediante chat: El chat de la Procuraduría lo podrá encontrar en el siguiente enlace http://www.prodecon.gob.mx/chat/index.php…..

 

Aplicación móvil: Descargando la aplicación gratuita “Prodecon” para teléfonos móviles con sistema operativo Android.

 

Redes Sociales: Twitter @ProdeconMexico y en Facebook como PRODECON México.

 

INFORMACIÓN ADICIONAL
·         En caso de que se envíe por correo electrónico, el peso de los archivos no debe superar 20 MB, si la documentación lo amerita, se puede enviar en varios correos.

·         Muy probablemente el solicitante deberá comparecer personalmente a la firma del medio de defensa y formatos oficiales, salvo en caso de existir imposibilidad, y el medio de defensa se pueda presentar por medios remotos (usando la e.firma, FIREL, etc.)

·         La elección del medio de defensa (Juicio de Amparo, Juicio de Nulidad, o Recurso Administrativo) se hará a sugerencia del asesor que asigne PRODECON, por lo que se recomienda acudir a la mayor brevedad posible, una vez que reciba la notificación del acto o resolución a combatir, o tenga conocimiento de la misma.

·         El solicitante no debe contar con los servicios de algún abogado patrono (particular o público) para impugnar el acto o resolución sujeto al servicio de Representación Legal.

·         En caso de que el firmante del medio de defensa acuda en representación del contribuyente, el Órgano Jurisdiccional requerirá copia certificada u original del documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

FUNDAMENTO JURÍDICO
Artículos 1, 3, 5, primer párrafo, fracción II de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

 

Artículos 26 al 36 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

 

La presente guía no es un documento oficial, y es iniciativa personal del autor, y no necesariamente refleja el punto de vista de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.