Revisión de dictamen fiscal directamente con el contribuyente – Contradicción de tesis
SCJN / Contradicción de tesis en materia de dictamen fiscal
Fuente: IMCP
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer la contradicción de tesis suscitada entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
Al respecto, mediante escrito de siete de mayo de dos mil doce, recibido el trece de septiembre siguiente, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se denunció la posible contradicción de tesis entre los criterios sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, al resolver el once de enero de dos mil doce la revisión fiscal 104/2011 que dio origen a la tesis de voz:
"REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DIRIGIDO AL CONTRIBUYENTE CONFORME AL ARTÍCULO 52-A, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. FORMA EN QUE LAS AUTORIDADES FISCALES DEBEN MOTIVAR SU DETERMINACIÓN." y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el dieciséis de noviembre de dos mil once, el amparo directo 461/2011 que dio origen a la tesis de rubro:
"REVISIÓN DE DICTÁMENES DE ESTADOS FINANCIEROS. AL REQUERIR LA AUTORIDAD DIRECTAMENTE AL CONTRIBUYENTE CON BASE EN EL ARTÍCULO 52-A, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, POR ESTIMAR QUE LOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL CONTADOR PÚBLICO FUERON INSUFICIENTES PARA CONOCER SU VERDADERA SITUACIÓN FISCAL, DEBE PORMENORIZAR LAS CIRCUNSTANCIAS, MODALIDADES Y RAZONES QUE LA LLEVARON A TAL CONCLUSIÓN, A FIN DE CUMPLIR CON LA DEBIDA MOTIVACIÓN.