Consulta la Revista Contaduría Pública Diciembre 2021.
En los artículos que incluye el presente número destacamos las reformas fiscales 2022 referentes a la inclusión de un párrafo en el artículo 179 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), para señalar que se deberá considerar la información de las comparables correspondiente al ejercicio sujeto a análisis y, únicamente, cuando los ciclos de negocios o aceptación comercial de un producto del contribuyente cubran más de un ejercicio, se podrá considerar información de comparables correspondientes a dos o más ejercicios, anteriores o posteriores. Dentro de las acciones previstas se pretende modificar los artículos 179 y 180 de la LISR para establecer que, de la aplicación de alguno de los métodos de precios de transferencia se podrá obtener un rango de precios, montos o de márgenes de utilidad, y que estos rangos podrán ser ajustados mediante la aplicación del método intercuartil establecido en el Reglamento de la LISR, del método acordado en el marco de un procedimiento amistoso señalado en los tratados para evitar la doble tributación de los que México es parte, o del método autorizado, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida el SAT.
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