Salario Diario Integrado IMSS -Cálculo automático-


Imagen: www.guatemalaenusa.net

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Una de las cosas más recurrentes en las empresas es sin duda el alta y modificacion de sueldos de los trabajadores ante el IMSS.

Para esto es necesario determinar el Salario Diario Integrado (SDI), pero:

¿Que es eso del Salario Diario Integrado?

El salario base de cotización, es el salario diario integrado, con el queda registrado un trabajador ante el IMSS, y será la base para determinar el monto de las cuotas obrero patronales a cargo del patrón y, por ende la base para el cálculo de las prestaciones en dinero a que tiene derecho el trabajador o sus beneficiarios legales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 A, fracción XVIII de la Ley del Seguro Social, el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad que se entregue al trabajador por su trabajo.

Fuente: Imss-Salarios

Después de esta pequeña reseña te dejo un sencillo archivo que te ayudará a determinar este valor.

Instrucciones:

  • Solo modificaras las dos celdas grises
  • En la primera pon el sueldo diario del trabajador, por ejemplo 6000 al mes 6000 entre 30.4 (365 entre 12 meses) y te dá como resultado $197.37 pesos DIARIOS
  • Coloca la antigüedad que tiene el empleado
  • Listo, en la celda amarilla aparecerá el sueldo que debes reportar ante el IMSS e Infonavit
  • Fácil ¿verdad? ;-)


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    78 comentarios
    1. OSWALDO
      OSWALDO Dice:

      buen dia una pregunta
      manejo una nomina donde tengo de alta a varios trabajadores con el salario minmo, 62.33 por el factor 1.0452 si cambian los salarios minimos
      cada aÑo, el sdi de mis trabajadores se actualizan solos o tengo que presentar modificacion de salarios ?

      agradeceria mucho su respespuesta.

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      Gracias.

      • El Conta
        El Conta Dice:

        @Oswaldo:

        Efectivamente, los trabajadores que se encuentran dados de alta con el salario mínimo ante el IMSS se actualizan al nuevo salario mínimo de forma automática. En lo personal prefiero hacerlo yo mismo de forma «manual» mediante el IDSE.

        Saludos ;)

    2. Bricio
      Bricio Dice:

      una consulta, mi sdi fue modificado hace 7 meses pero no se refleja en mi pago mensual, puedo exigir que me ajusten mi pago mensual ademas de exigir el retroactivo desde el cambio ante el imss de este monto? gracias

    3. Ramiro Ramirez
      Ramiro Ramirez Dice:

      buen día, solo para hacer dos comentarios y tratar de enriquecer la información.
      1. al capturar un salario superior a los 25 smgdf no lo esta topando el calculo, por lo que puede confundir al usuario.
      2. para efectos de considerar el factor de integración en mi opinion no se debe de truncar a 4 decimales, pues el factor es solo para ahorrarnos el trabajo de hacer el cálculo con el sueldo diario y las demas prestaciones minimas de ley.

    4. Paola García
      Paola García Dice:

      Hola soy Paola, tengo una duda, acabo de ingresar a una empresa en rh y encontre una hoja del sistema de nómina que dice «avisos de modificacion de salarios pendientes al imss» en el cual aparece sbc anterior y sbc nuevo, pero en la nómina el sdi es el que en esta hoja dice sbc anterior y el sbc es el que dice sbc nuevo en la hoja, la pregunta es si debo presentarlo al imss y calcular en el mes de marzo en el sua? a pesar de que en la nomina el sd es el que dice anterior, no se si me entiendan espero que si, por favor si me pueden comentar al respecto les agradecere mucho ya que el ultimo dia para pago es el 17 de marzo.

    5. ana
      ana Dice:

      hola yo tengo ya casi dos años trabajando en la empresa y un dia quize ver mis cotizaciones y si estaba cotizando realmnte con lo que ganaba y no era asi tenia menos yo hable y a tanto me lo cambiaron tenia salarion mixto el contador de aqui me dice que me tiene asi pero luego me cambio variable por que segun el no me conviene el fijo la verdad no se si creer o no por que van varias veces que me dice algo y no es asi como una no sabe pues no se me sube me baja y la verdad no se si es malo o bueno esto del tipo de salario yo trabajo de secretaria de lunes a viernes de 9 a 6 y gano $4000 al mes no tengo bonos no premios de puntualidad solo mi sueldo me podrian ayudar soy de mexico

    6. L.C.P.ERIC
      L.C.P.ERIC Dice:

      amigos con respecto a la publicacion que realice el dia 26 de febrero alguientiene alguna sugerencia al respecto saludos a todos y felicidades por compartir en esta pagina esta muy buena y muy retroalimentante para todos saludos y espero su compartir algun comentario al respecto…

      NOTA DEL ADMINISTRADOR:
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      Gracias.

    7. L.C.P.ERIC
      L.C.P.ERIC Dice:

      Que tal estimados mios tengo una gran duda al respecto haber si alguin tiene conocimientos en esta materia con referente a los anticipos a proveedores.

      En primer punto es que un contribuyente realizo pagos por compras realizadas a sus proveedores pero este no recibio dicho documento fuente debido a su operacion no fueron solicitados en su momento estos por lo cual cuando termina el ejercicio se da cuenta de su informacion faltante y la solicita pero con fecha de un ejercicio siguiente debido a que realiza una compra a los mismos proveedores y le facturan por el monto total de los pagos y asu vez el pago realizado en el ejercicio siguiente osea considerandolo este ultimo como finiquito o saldo de una deuda contratada.
      En segundo punto es que procedo a realizar los impuestos y observo esta falta de documentos o informacion en el ejercicio que se realizaron los pagos a proveedores, mi duda surge para efectos de ISR es deducible o se permite hacer la deduccion de este. Por que los anticipos son con dicho IVA incluido ya que para efectos de LIVA se que si se puede pero para ISR ME QUEDO DICHA DUDA pero la LISR en su art. 31 fracc. XIX me pide que de be estar dicho comprobante antes de su declaracion anual y cumple con alguno de sus requisitos que debe estar pagada con cheque nominativo y asi fue hecho peo su comprobante esta en el ejercicio siguiente con el monto total de los pagos realizados y el ultimo pago realizo para considerarlo como saldo de los pagos realiazados con anterioridad.

      Si alguien tiene experiencia ole aya surgido este caso amigos espero me puedan ayudar para poder corregir dicha accion y asu vez este enterado el contribuyente por sus movimientos realizado.

      PD. el hombre es sabio cuando se retroalimenta de los demas y mas sabio es cuando compate ideas a los demas….

      saludos

    8. ELMAZA_CPERIC
      ELMAZA_CPERIC Dice:

      Que tal estimados mios hace dias me cayo de sorpresa lo que me comentaron al respecto del Salario minimo 2012 debido a que yo se que el SMG es $62.33 para zona A pero resulta que un colega verifique que solo considerava este sin integrarlo siendo que deberia ser el minimo integrado para efectos de imss es de $65.15 estoy en lo correcto no es asi, ya que el tomava como integrado los $62.33 y me movio lo que hacia estoy en lo correcto que se hace colegas solo quiero corraborarlo ….saludos

      • Gabriel Aranda
        Gabriel Aranda Dice:

        Estimado Eric preguntele a su colega que si su empresa no pagan prestaciones minimas de ley??? Y que su colega por favor lea el primer parrafo del art 27 en correlacion con los arts 30 y 31 de la ley del seguro social saludos

    9. franco aquino
      franco aquino Dice:

      termine una casita y no pague nada al imss, ahora me notifican que tengo que pagar, como le hago para calcular lo que les debo?

    10. Adriana
      Adriana Dice:

      Quiero saber si me pagan con un salario Mixto (el mínimo se me paga con prestaciones normales) y estoy en incapacidad,
      -¿porque sólo recibo el sueldo de las incapacidades que me da el IMSS?
      -¿Que pasa con la otra parte de mi salario?

      • Gabriel Aranda
        Gabriel Aranda Dice:

        Adriana por eso se llama salario base de cotizacion que se envia al imss en el debe de integrarse todas las prestaciones que le pagan en efectivo lo que su empresa informe al imss debe estar correcto

    11. blanquita
      blanquita Dice:

      en la empresa se manejan sueldo mixtos y fijos…empezando el año se autorizo el 3.82% a todo el personal…se debe hacer el aumento al mixto tambien???por fa!!!fundamento legal…en donde esta???

      • Gabriel Aranda
        Gabriel Aranda Dice:

        Blanquita un favor puede leer dos veces la fracc I del art 34 y la misma fracc I del art 30 de la ley del seguro social y comparar lo que usted entienda con lo que dice las fracc II de los mismos art 30 y 34 de la ley para que vea cual es la diferencia entre la parte fija y la parte variable de un salario mixto. Quedo a sus ordenes

    12. quirino
      quirino Dice:

      Hola mi pregunta es la siguiente, en este año no me aumentaron el salario diario en mi compañia ya que hace 2 años me cambiaron de puesto, uno que es menos el salario diario, pero que me iban a respetar mi antiguedad y mi salario, pero ahora dicen que estan haciendo ajustes de salarios, mi pregunta es si no infrigen la ley ya que ni siquiera el salario minimo me aumentaron y no se si afecte mi afore, mi imsss, y otras prestaciones, gracia y buenas tardes.

      • El Conta
        El Conta Dice:

        @quirino:

        Si Ud. gana SOLAMENTE el salario mínimo y no se lo modifican cada año, si que existe un problema.

        Aunque… lo mas seguro es que Ud gane mas de un salario mínimo al día y por tanto no es Obligatorio que le cambien su salario, aunque siempre tendrá Ud. el derecho la opción de solicitarle a su patrón un aumento de sueldo.

    13. melissa
      melissa Dice:

      buen dia, felicitaciones por su pagina, mi duda es: me pagan de manera semanal, si cambian mi forma de pago a quincenal como funciona? mis jefes quieren pagarme lo de una semana y que con eso sobreviva los 15 dias restantes a la siguiente quincena…como deben de pagarme?

    14. Sarai Juarez Perez
      Sarai Juarez Perez Dice:

      Por favor me podria indicar como debo calcular el factor de integracion para una persona de nuevo ingreso que tiene un salario minimo asi como las prestaciones minimas, se consideran 365 o 366 dias por ser año bisiesto el 2012?

      Le agradeceria mucho me comente si hay algun fundamento el la Ley

      • Gabriel Aranda
        Gabriel Aranda Dice:

        Fundamento legal ley del seguro social arts 29 y 30 y la diferencia de un dia por ser bisiesto en el factor de integración dependiendo de la antigüedad puede ser irrelavante aunque lo correcto teoricamente hablando es sobre 366 este año saludos

    15. Angela
      Angela Dice:

      Hola a todos.

      Tengo un trabajador que di de baja en marzo y laboro enero y febrero, teniendo su sueldo mixto, lo reingrese en el mes de abril mi duda es si para el calculo del SDI del siguiente bimestre esas variables se pierden o las debo de considerar. y en que fundamento legal me puedo basar.

      Gracias

    16. Moises Galicia
      Moises Galicia Dice:

      Hola que tal mi pregunta o duda si alguien pudiera ayudarme es: En el seguro social mi empresa me tiene registrado con $270.60 diarios pero en cada recibo semanal de mi sueldo dice que mi salario diario es de $144.59 poco mas de la mitad del anterior, tengo otras compensaciones pero lo que me inquieta es que mi aguinaldo y vacaciones me las pagan en base a los $144.59 (sin contar las compensaciones que son $1000 mas a la semana) ¿puedo exigir que se me respete mi salario diario con el que estoy registrado en el IMSS o que puedo hacer? osea me pagan menos de lo que estoy registrado en el IMSS

    17. abby garciar
      abby garciar Dice:

      Calculé la variable del bimestre sep-oct y la envié al IMSS, el dia de hoy, un día despues del envío me doy cuenta de que me faltó integrar 2 conceptos, ¿Qué tengo que hacer para resolver esta situación? Me pueden ayudar?

    18. rhill
      rhill Dice:

      Buenas tardes,
      me surgio una duda ahora que entre a su sitio, llevo ya mucho tiempo elaborando los pagos ante el IMSS y en todos los lugares de trabajo en que se manejan pagos de sueldos mensuales el SD resulta de la división entre 30 es decir, ejemplo: de 6,000.00 entre 30 SD igual a 200.00, inclusive este metodo lo respaldo nuestro fiscalista y auditor, así como algunas aclaraciones hechas ante el IMSS.
      Pero me podrian dar un sustento o respaldo para devatir el punto y lo que implica de la división entre 30.4, (articulo, jurisprudencia, ley)se me hace excelente tener que aportar menos.
      Gracias

    19. IVONNE
      IVONNE Dice:

      Buenas tardes, llevo poco laborando en una constructora y recien m aseguraron , eso significa k ya cuento con el infonavit (incluso aparezco en en un formato de nombre pago de cuotas, aportaciones y amort de credito) y para consultar puntos esperare 6 meses? agradecere respuesta.

    20. sandy
      sandy Dice:

      o sea, que cada q un trabajador cumple un año de antiguedad hay q presentar aviso de modificación de salario ante el imss porque el factor de integración cambia?

    21. Martha Inda
      Martha Inda Dice:

      Muchas gracias por la informacion sobretodo para mi que los numeros y yo no somos muy buenos amigos me has sacado de varias dudas el día de hoy

    22. Amerika
      Amerika Dice:

      Hola quisiera saber si en el salario diario integrado ya incluyen los dias de vacaciones, ya que to tuve un accidente y el seguro sólo me pago el 60% por no ser riesgo de trabajo, pero no m pagaron mis vacaciones correspondientes a ese periodo xq dicen q las vacaciones ya estan integradas al sdi, es correcto? gracias

    23. manuel
      manuel Dice:

      disculpa,creo el sdi claculado esta mal,pues al factor es 12.16, que resulta de mult el total de dias (15+6+1.5) po 197.37 y dividirlo entre los 365 dias,,,,,respetuosamente deseo me aclares..gracias

      • El Conta
        El Conta Dice:

        @Manuel:

        Sumas 1.5 de prima vacacional + 15 días de aguinaldo = (16.5 / 365 días del año ) + 1 = 1.0452

        Los 6 días NO debes sumarlos, son solo como referencia para determinar el 1.5 de prima vacacional (Corresponde al 25% de esos 6 días de vacaciones)

        Saludos y gracias por leer este blog ;)

        El Conta

    24. Erika
      Erika Dice:

      el dia de descanso trabajado se integra a la modificacion bimestral salarial…. al 100% o al 50% como marca la LSR

      urge respeusta x favor…

      gracias

    25. Federico
      Federico Dice:

      Felicitaciones por este espacio de gran provecho y apoyo, es de gran ayuda para los que necesitamos y somos inexpertos en la materia.

      En nuestro caso lo mas comun es que a nuestros agremiados (somos un sindicato democratico) modifiquen el sbc al regresar de una incapacidad y trabajen uno o dos dias y se vuelven a incapacitar y con esto resultan afectados en la siguiente incapacidad porque el imss no respeta el sbc originado al momento del accidente.
      a la vez no sabemos como calculan el sbc cuando solo se trabajan 07, 12, 15, etc. de un solo mes.
      gracias de antemano

    26. Nancy Viridiana
      Nancy Viridiana Dice:

      Hola !

      Me podrían ayudar a aclarar una duda : Tengo empleados de la construcción en el IMSS me dijeron que el salario base lo tenía que multiplicar el factor real y no por el factor de integración de (1.0452 para el primer año) Yo creo que no es así puesto que el factor real se utiliza solo para saber cuanto es de Mano de Obra de mi obra alguien me puede ayudar ? Mil gracias

    27. ANTONIO MAYA
      ANTONIO MAYA Dice:

      Buenas Tardes.
      Me estoy auditando para efectos del IMSS, pero me dice el auditor que las vacaciones pagadas no gozadas, se deben integrar al salario del trabajador. quisiera saber si es correcto dicho procedimiento?
      Saludos.

    28. CP Andrés
      CP Andrés Dice:

      Anselmo, si le vas a subir el sueldo, no veo objeción en que le cambies su SDI y por ende su SBC ante el IMSS

      Ahora, si se trata de una modificacion por salarios variables, estarás en lo siguiente:

      La Ley del Seguro Social, obliga a los patrones a presentar dentro de los 5 primeros días hábiles de cada mes non, la modificación de salarios de sus trabajadores con base mixta o variable.

      Puede darse el caso de que alguno de nuestros trabajadores se encuentre incapacitado en el momento de que debamos presentar dichas modificaciones salariales. El artículo 77 de la LSS, nos dice que si presentamos el aviso de modificación dentro de los plazos señalados, pero después de ocurrido un accidente de trabajo, no se libera al patrón de capitales constitutivos, más sin embargo, este precepto no es aplicable cuando dicho riesgo de trabajo ocurre precisamente antes del primer día de los meses nones.

      Pongamos un ejemplo: Un trabajador sufre de un acidente de trabajo el día 30 de junio. Como es trabajador de base mixta, debemos presentar su modificación salarial con fecha 01 julio. El Seguro Social pagará los subsidios en dinero, con base en el SBC de junio y al patrón no deberá fincársele responsabilidades de ningún tipo por la modificación salarial de este trabajador (a la alza o a la baja) por el efecto del cálculo de las variables del bimestre mayo-junio.

      Y en el supuesto caso de que al patrón se le notificase algún capital constitutivo o multa, se impugnaría mediante juicio ante el Tribunal Fiscal (y en este caso, los podemos apoyar.

      Fuente: http://www.ppsotoasesor.com/smf/index.php?topic=1084.0

    29. Anselmo Jaime
      Anselmo Jaime Dice:

      Se puede modificar el SDI aun estando incapacitado el trabajador, o a partir de la incapacidad no se puede hacer ningun cambio salarial al empleado?

      Gracias de antemano

    30. Dulc
      Dulc Dice:

      Hola Buenas Tardes,, tengo una pregunta

      Si me pagan aguinaldo, vacaciones y la prima vacacional.. estos integran para mi SBC????

    31. Alejandro Siller
      Alejandro Siller Dice:

      Hola!! a qué se refiere la ley con «prestaciones en especie» ??, a un trabajador le puedo pagar con una computadora, y el valor de ésta integra el salario??? la computadora es un pago en especie??? espero me puedan ayudar, sañudos!!

    32. dario
      dario Dice:

      buenas tardes, mi pregunta es ¿cuanto me debe de rebajar el patron tanto de imss como de infonavit si me tiene registrado con un salario diario de 79.13? lo que pasa es que llegan pagos de infonavit de 690 y de imss de 500 y fraccion y me comentan que yo lo tengo que pagar todo

    33. Ale_ayalamx
      Ale_ayalamx Dice:

      hola buenos dias..alguien me podria asesorar, tengo una empresa la cual lleva sus operaciones y cumple con las obligaciones indicadas en mi CONSTANCIA DE INSCRIPCION EN EL RFC, pero tengo una sucursal de mi empresa en ESPAÑA.. necesito consolidar mis estados financieros pero la verdad no se por donde empezar..alguien me podria orientar,,? mil gracias!

    34. alejandra
      alejandra Dice:

      HOLA BUEN DIA.. PUES AQUI ENCONTRANDOME CON ESTA PÁGINA..
      QUE PARECIERA QUE ESTOY EN EL PARAISO .. MUY BUENA
      Y COMPLETA LA PAGINA..MUCHAS GRACIAS POR SUS APORTACIONES

    35. El Conta
      El Conta Dice:

      Estan mal, le corresponden 14 días, de acuerdo a lo siguiente:

      Art. 76 – Ley Federal del Trabajo

      CAPITULO IV

      VACACIONES

      ARTICULO 76. LOS TRABAJADORES QUE TENGAN MAS DE UN AÑO DE SERVICIOS DISFRUTARAN DE UN PERIODO ANUAL DE VACACIONES PAGADAS, QUE EN NINGUN CASO PODRA SER INFERIOR A SEIS DIAS LABORABLES, Y QUE AUMENTARA EN DOS DIAS LABORABLES, HASTA LLEGAR A DOCE, POR CADA AÑO SUBSECUENTE DE SERVICIOS.

      DESPUES DEL CUARTO AÑO, EL PERIODO DE VACACIONES AUMENTARA EN DOS DIAS POR CADA CINCO DE SERVICIOS.

      Ver esto: http://www.ppsotoasesor.com/varios/tabla_vac_lft.png

      Saludos y excelentes vacaciones ;)

    36. Pedro fuentes
      Pedro fuentes Dice:

      hola que tal podrian orientarme en esta duda ? llevo 5 años trabajando pero me quieren dar 12 dias de vacaciones igual que el año pasado entiendo que cada año aumenta 2 dias las vacaciones ,que puedo hacer ,en que me apoyo? por su atencion gracias.

    37. CRISTY
      CRISTY Dice:

      Hola a todos:

      A partir de este año nos dictaminaremos para efectos de IMSS por haber rebasado ya los 300 trab. el despacho contratado tiene un criterio para la integracion de los vales de despensa que nos dan en la empresa y que es el 11.9% del sueldo mensual ellos lo integran como una percep. variab. y en funcion a los dias de sal. deveng. yo los consideron una percep. fija y no descontamos incidencias para su pago.

      Ejemplo:

      criterio empresa criterio auditor externo

      DESPENSA DESPENSA
      MENSUAL BIMESTRAL
      marzo $3,249.00
      abril $3,046.00
      $3,046.00 $6,295.00

      $1,746.78 $3,447.60
      40% 40%
      $698.71 $1,379.04

      $2,347.29 $4,915.96
      30.4 61
      $77.21 $80.59

      DIFERENCIA $3.38
      ESPERO SEA CLARO EL EJEMPLO PARA QUE ME PUEDAN DECIR CUAL ES CORRECTO.

      GRACIAS.

      AATE. CRISTY

    38. CRISTY
      CRISTY Dice:

      Hola a todos:

      A partir de este año nos dictaminaremos para efectos de IMSS por haber rebasado ya los 300 trab. el despacho contratado tiene un criterio para la integracion de los vales de despensa que nos dan en la empresa y que es el 11.9% del sueldo mensual ellos lo integran como una percep. variab. y en funcion a los dias de sal. deveng. yo los consideron una percep. fija y no descontamos incidencias para su pago.

      Ejemplo:

      criterio empresa criterio auditor externo

      DESPENSA DESPENSA
      MENSUAL BIMESTRAL
      marzo $3,249.00
      abril $3,046.00
      $3,046.00 $6,295.00

      $1,746.78 $3,447.60
      40% 40%
      $698.71 $1,379.04

      $2,347.29 $4,915.96
      30.4 61
      $77.21 $80.59

      DIFERENCIA $3.38
      ESPERO SEA CLARO EL EJEMPLO PARA QUE ME PUEDAN DECIR CUAL ES CORRECTO.

      GRACIAS.

      AATE. CRISTY

    39. Juan Carlos
      Juan Carlos Dice:

      Hooola !! Soy estudiante de la carrera de administración, y quiero dar una felicitación por esta excelente pagina. Se la recomende a varios amigos, que también estudian la carrera, por que es un tema complicado esto de las nóminas, impuestos IMSS, salarios etc etc.. Mucha suerte y que siga esta exelente página!

    40. Raúl
      Raúl Dice:

      Hola que tal muy buen día. Tengo varias dudas hacerca de la situación en la que laboro, ya que mi patrón me da un sueldo pero en el IMSS me cotiza con otro más bajo, ¿donde me puedo quejar? Por otro lado me acaban de operar por parte del seguro donde me dieron 21 días de incapacidad inicial, y estuve leyendo que el seguro me pagra la incapacidad al 60% a partir del 4to día de la incapacidad (por ser una enfermedad general), pero mi patrón ya me desconto los 3 días iniciales, ¿él tiene que pagarme mi sueldo íntegro? ó ¿tiene que pagarme esos primeros 3 días al 60 %? (si es que me los paga porque no me a justificado ese descuento), gracias

    41. mauro rodriguez
      mauro rodriguez Dice:

      Hola quisiera ver si me pueden ayudar me entere q van a despedirme y quisiera saber si me pueden ayudar a hacer mi calculo de finiquito, estos son los datos que tengo:

      * 13 años trabajados y casi cumplo los 14 años el dia 11/03/2010

      * mi suledo semanal es de $1449.00

      * cada mes me dan $504.00 en vales

      * del i.s.r. me quitan $50,70

      quiero ver si me pueden asesorar ya q la empresa donde estoy son bien transas y no quiero q me vayan a sorprender como lo han hecho con algunos compañeros.

      gracias y se los voy a agradecer mucho

    42. william
      william Dice:

      hola conta

      tendra una hoja de excel donde integre el calculo de nominas y que se pueda ver las condicines que se ponen ya que quisiera saber como se calcula manual mente pues soy estudiante y estos herramientas que puso son muy buenas, quisiera pasarlas a una libro de excel pero cuando las copio me pone valores haber si me puede ayudar o al guien que tenga una hoja de excel de calculos automaticos que se puedan ver las formulas gracias

    43. Rosa ana
      Rosa ana Dice:

      Hola, tengo dudas en el calculo de la nomina, se esta incluyendo mis vales de despensa pero al final me los descuenta, a que de debera???

    44. Jose Martinez
      Jose Martinez Dice:

      Hola, antes que nada felicitar por la pagina, me gustaria saber que fundamentos puedo utilizar para que mi patron me registre ante el imss con mi salario real.
      Mi salario es de 2200.00 semanales y se que estoy registrado ante el IMSS con 150.00 diarios, voy a cumplir 4 años el 1 de Jul y tengo tiempo pidiendole que lo haga, en recursos humanos me dice que la politica de la empresa es ponernos 10% por premio de asistencia, 10% por puntualidad , 130.95 bonos de despensa y el resto de mi sueldo lo ponen como incentivo por produccion y eso es desde que comence a laborar. me dicen en recursos humanos que todos estamos asi.

      que puedo hacer para demostrarles con fundamentos, que estan equivocados.

      Se que es un derecho que tengo como trabajador y al no estar registrado debidamente afecta el afore y el ahorro del infonavit.

      Espero me puedan ayudar, gracias.

    45. IVONNE FRAUSTO
      IVONNE FRAUSTO Dice:

      Hola estoy buscando en la LSS cuál es el tope de salario , 5 veces o más , aluine me podria ayudar???

      gracias

    46. araceli
      araceli Dice:

      hola quiero de favor saber cuanto tengo que pagar de IMSS E infonavit asi como todas las obligaciones que tenga que pagar pro tener a una persona a la cual le voy a pagar $1,000.00 semanales gracias.

    47. Name juan Manuel
      Name juan Manuel Dice:

      Gracias por darse el tiempo y permitir que los que no sepamos mucho de estos temas podamos empaparnos de lo que ustedes dominan, si alguin pudiera mandarme las tablas del imss tengo hasta el 2008 y fueron iguales para el 2009, si alguin tiene las del 2010 o decir donde se pueden encontrar se lo agradeceria..

    48. liliana
      liliana Dice:

      hola que tal…me gusto mucho esta pagina
      aki la encontre por que estoy buscando informacion que me sirva para los calculos 2010..declaraciones, nominas etccc.

      muchas felicidades!
      Quisiera mas informacion..
      aunke me gustaria si j¡hubiese la forma..el calculo de nominas semanales y quincenales..desde el salario diario,hasta sus retenciones en una sola hoja de excel.
      Gracias Buen dia

    49. jayan
      jayan Dice:

      HOLA : ME PUDEN ORIENTAR
      1.- POR QUE SE MODIFICA EL SDI.
      2.- SE PUEDE MODIFICAR DICHO SALARIO AUN ESTANDO INCAPACITADO EL TRABAJADOR Y CON QUE FINALIDAD Y RESULTADOS NEGATIVOS PARA EL TRABAJADOR.
      3.- ESTA MODIFICACION REDUJO EL SALARIO BASE DE COTIZACION QUE PUEDO O SE DEBE HACER.

    50. jayan
      jayan Dice:

      HOLA : ME PUDEN ORIENTAR
      1.- POR QUE SE MODIFICA EL SDI.
      2.- SE PUEDE MODIFICAR DICHO SALARIO AUN ESTANDO INCAPACITADO EL TRABAJADOR Y CON QUE FINALIDAD Y RESULTADOS NEGATIVOS PARA EL TRABAJADOR.
      3.- ESTA MODIFICACION REDUJO EL SALARIO BASE DE COTIZACION QUE PUEDO O SE DEBE HACER.

    51. rodrigo lazcano
      rodrigo lazcano Dice:

      hola que tal desafortunadamente no se entiende yo quisiera que mu ayudaran a calcular el descunto total que seme debe de hacer en mi empressa para el seguro ya que me quieren des contar 800 pesos al mes

      muchas gracias

    52. Jesymar
      Jesymar Dice:

      Me pueden pasar el S.M.G.D.F. para el sua cual es?,, jeje ya que me he atrasado y no lo h epuesto en el sua para calcular el periodo del imss de enero 2010.
      Gracias por su amabilidad. saludos

    53. mariana
      mariana Dice:

      hola que pasa si mi trabajador tiene 2 años 3 meses en la empresa con que factor debe de estar cotizando en el imss. ojala me puedan ayudar
      gracias

    54. Marco
      Marco Dice:

      Hola.
      Antes que nada felicitarlos por su pagina y agradecer por permitir acceder a toda esta informacion tan util para nosotros.

      parece que tenemos un error de captura en el numero de dias de vacaciones de los 26 a los 29 años de antiguedad, creo que deberian de ser 22.

      Saludos

    55. mariana
      mariana Dice:

      hola buno pues esta pagina esta super chida por que me ayudo a saber cuanto me toca pera mis viaticos y mis vacaciones.

    56. El Conta
      El Conta Dice:

      @Ruth:

      Déjame pasarte mi NSS para que te equivoques conmigo :lol:

      No te creas, déjame ver en que puedo ayudarte, te escribo en un rato más.

      Saludos ;)

    57. Ruth
      Ruth Dice:

      buenas tardes, por favor si alguien me puede ayudar se lo agradeceria infinitamente. tengo el sua 3.1.8 y al poner el factor de sdi me cambia la cantidad, por ej. si le pongo 152.00 me lo cambia a 15,200.00 ya no se que hacer para que no me siga haciendo esto.

      ayudaa!!

    58. Ruth
      Ruth Dice:

      buenas tardes, por favor si alguien me puede ayudar se lo agradeceria infinitamente. tengo el sua 3.1.8 y al poner el factor de sdi me cambia la cantidad, por ej. si le pongo 152.00 me lo cambia a 15,200.00 ya no se que hacer para que no me siga haciendo esto.

      ayudaa!!

    59. Lorena
      Lorena Dice:

      Hola,tengo entendido que hay una tabla de cuotas obrero patronales de acuerdo al salario, por ejemplo entre 3000 y 4999 pesos mensuales se paga lo mismo para saber cuanto cuesta inscribir a alguien al IMSS

    60. Lorena
      Lorena Dice:

      Hola,tengo entendido que hay una tabla de cuotas obrero patronales de acuerdo al salario, por ejemplo entre 3000 y 4999 pesos mensuales se paga lo mismo para saber cuanto cuesta inscribir a alguien al IMSS

    61. SANTACOCO
      SANTACOCO Dice:

      hola esta pagina esta padrisima, sobre todo para alguien como yo, que no conoce mucho de esto, me gustaria que alguien me dijera que conceptos integran en salario, ejemplo en donde yo trabajo mi sueldo es de $3,000.00 por semana, me dan de manera fija $340.00 en vales de despensa y $220.00 en efectivo en ayuda de transporte ( estas 2 cantidades se integran al salario ( vales y ayuda transporte), gracias por ayudarme

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      Gracias.

      • El Conta
        El Conta Dice:

        Estos beneficios NO se integran en el SDI para IMSS ya que se trata de contribuciones patronales a favor de sus trabajadores, pero hay que tener en cuenta que existe un tope.

        Te invito a leer el artículo 27 fracción VI de la LSS.

        Saludos ;-)

    62. SANTACOCO
      SANTACOCO Dice:

      hola esta pagina esta padrisima, sobre todo para alguien como yo, que no conoce mucho de esto, me gustaria que alguien me dijera que conceptos integran en salario, ejemplo en donde yo trabajo mi sueldo es de $3,000.00 por semana, me dan de manera fija $340.00 en vales de despensa y $220.00 en efectivo en ayuda de transporte ( estas 2 cantidades se integran al salario ( vales y ayuda transporte), gracias por ayudarme

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      Gracias.

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