Nuevo aplicativo: Mi Contabilidad del SAT para Personas Físicas. Qué, quién, como y el beneficio de aplicarlo.
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Ver PDF completo: 3a. RMRMF 2018 y sus Anexos 1-A y 23
Publicado el 17 de septiembre de 2018
Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus Anexos 1-A y 23.
Es una pesadilla esa aplicación, cuando hay gran número de facturas es un lío, depreciaciones ni se diga cuándo hay varios de ejercicios anteriores, y presumen que ya no necesitarán contador para determinar sus impuestos
las personas fisicas que arrebasan los 2,000,000 ingresos anuales pueden utilizar este aplicativo, gracias
Buenas tardes al enviar la declaración por mis cuentas me di Cta que no puse mis pagos provisionales, y al meter la complementaria me deja inactivo las retenciones tanto acumuladas como la mensual que debo hacer para meter las retenciones
¿Qué pasa con aquellas personas que no se encuentran obligados al envío de contabilidad electrónica y que anteriormente habían enviado aclaración para utilizar mis cuentas (trátese por ej. de régimen de honorarios, o AEyP pero sin rebasar los 4mdp, ¿están obligados ya a usar la aplicación y de no hacerlo enviar contabilidad electrónica? O puedo seguir como hasta ahora solo enviando mi DIOT y mi declaración de impuestos con el formato anterior (como mencioné contabilidad electrónica no ya que no tenía la obligación)
EN EL CASO DE PERSONAS FISICAS QUE TIENEN INGRESOS POR HONORARIOS Y POR ARRENDAMIENTO, SE TIENE QUE HACER DOS DECLARACIONES? UNA POR CADA «CAPITULO»?
No, en la aplicación, ya tiene cargada la información de las facturas que emitiste por ambas actividades, unicamente debes completar la informacion solicitada para que las acumule, misma situacion con tus gastos.
Saludos!
ALGUIEN ME PUEDE DECIR SI TENGO DOS PAGOS QUE NO HE PRESENTADO LOS REALIZO COMO LO HE VENIDO HACIENDO
OTRA MALDITA BURLA DEL SAT. SI LAS COSAS FUERAN COMO DICEN ESTARÍA PERFECTO. INSISTO CARCEL A LOS INEPTOS DE CADENA Y SANTIN Y QUE EL IMPC HAGA ALGO YA O QUE DESAPAREZCA
Muy buena noticia
es a todos las personas fisicas ? o para variar hay excepciones.
gracias.
HOLA BUENOS DÍAS,
PERO AUN NO ESTA VIGENTE ÉSTA MODIFICACIÓN A LA RMF,
NO HA SIDO PUBLICADA EN D.O.F.
ESA FORMA DE ACTUAR DEL SAT NO ME SATISFACE, SE CREEN AUTORIDAD Y NO LO SON.
excelente comentario, muchas gracias por la informacion
Muy buena información que nos comparten respecto a la resolución miscelanea fiscal para 2018 en cuanto se refiere a la utilización del aplicativo «Mi contabilidad» para personas físicas, sobre todo porque esto permite a los contribuyentes personas físicas cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales sin necesidad de adquirir algún software Contable para el registro de su contabilidad y mas aún el envío de declaraciones informativas del DIOT.
Buen dia, el usar mi aplicativo mis cuentas sus beneficios serian no enviar conabililidad electronica y DIOT, no te dice que no debes llevar contabilidad, saludos