SATURADA Página SAT para entrega de Dictámenes SIPRED 2012.
@elconta2r No piensas decir nada sobre la saturacion del SAT para recibir los dictamenes, simplmente no se puede ahorita
— Salvador Acosta (@Salvador_acos) July 1, 2013
Lo que suponíamos, ya es toda una realidad.
ya es 2 de julio de 2013 a las 2:30pm y no se pueden enviar los dictamenes fiscales 2012. ya llevo mas de 30 horas intentando y no me permite firmarlos en la pagina del sat. (SAT..ánico)
yo pude enviarlo a las 4:40 am pero por desgracia, aparece en la pagina como extemporaneo
ya pudieron enviar po o aun no
Yo sigo con el mismo problema, no puedo mandar!!!..
Si no dejaran las cosas para el ultimo…. no pasaria eso ¡¡¡
Como si a ti nunca, te hubiera pasado esto.
Y? Habrá prórroga o no? Que ha dicho el sat?
Es un verdadero masacre la que nos ha hecho el SAT al no otorgar prorroga, en consecuencia hoy el sistema se encuentra saturado, por la falta de capacidad en el servicio que ofrece; entre tanto cuantos CPC se verán afectados por esta situación.
El art. 66 del RCFF último párrafo, menciona: «cuando el dictamen y la información relacionada con el mismo se presente fuera de los plazos que prevee el CFF, estos se tendrán por no presentados.»
Sin embargo recuerden que el año pasado, hay una tesis en la cual se menciona que el dictamen tendrá validez presentándose en cualquier tiempo de manera EXTEMPORANEA..
Entonces aun tenemos otra opción.
cual tesis? segun yo con las modificaciones al codigo esto que comentas no tendria valor me pudieras pasar esa tesis
gracias
Cabe comentar que existe una jurisprudencia por contradicción de tesis respecto a este tema, en el que se establece que el último párrafo del artículo 49 del RCFF vigente hasta el 07 de diciembre de 2009, es inconstitucional.
DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN CUANTO PREVÉ QUE SU PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA NO SURTE EFECTOS, ESTABLECE UNA SANCIÓN QUE VIOLA EL ARTÍCULO 89, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PORQUE EXCEDE A LA SANCIÓN QUE PARA TAL SUPUESTO FIJA EL ARTÍCULO 84, FRACCIÓN IX, DEL CÓDIGO MENCIONADO.
Tesis: 2a./J. 52/2006, [J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Abril de 2006; Pág. 202
Lo dispuesto por el artículo 49 del anterior reglamento se encuentra previsto por el artículo 66 del actual reglamento; en conclusión, si bien es cierto que con el antecedente de la citada jurisprudencia el contribuyente podría interponer un medio de defensa para solicitar que el dictamen presentado extemporáneamente tenga efectos, es recomendable que éste se presente en tiempo para evitar contratiempos innecesarios.
Fuente: http://www.e-paf.com/index.php/noticias-y-articulos/noticias-y-articulos-web/obligaciones-fiscales/531-dictamen-fiscal-presentado-fuera-de-plazo
no me deja firmar el dictamen!!!!!
aparece que error al autentificar el certificado, revise que tenga conexion a internet o que el certificado que esta usando no es un certificado tipo fiel???????????????????? ya falta casi una hora para las 12:00!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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Gracias.
igual error,,, «No se pudo autentificar el Certificado, revise que tenga conexion a internet o que el certificado que esta usuando no es un certificado tipo fiel»…..
como podemos ver tambien el mensaje de error contiene error vamos sat…anicos aprueben la prorroga…..
En twitter se dice:
El instituto hizo un convenio con la AGAFF en relación a la no revisión de papeles de los CPR más sin embargo en varias Administraciones locales de auditoria durante este mismo mes, requirieron papeles mediante oficio y no tanto físicamente que el CPR se presentara ante el sat por lo que, ¿en dónde quedó la seriedad de ese convenio, y dónde quedó nuestra institución como contadores, qué podemos hacer, pregúntome yo…..
efectivamente el sat es satanico con los plazos!!!!
qué recomendaciones contadores????
Existe un medio de defensa eficiente dentro de los medios del propio SAT se llama QUEJA y funciona de la manera más fácil y sencilla. Si todos los CPR nos quejáramos al mismo tiempo señalando las deficiencias de recepción y entrega de los acuses, haríamos historia y asentaríamos un precedente. Merecemos respeto pero a veces la autoridad necesita una sacudida para que reflexione, aunque sea un poco.
Con el debido respeto, el Sat. deberia publicar. los problemas que genera en su pagina. por la No prorroga en la presentación de los Dictámenes. creo que el contribuyente merece respeto.
saludos.
Efectivamente por la necedad del SAT en no dar prórroga para la presentación del dictamen y ante la incompetencia de su sistema informatico estos son los resultados NULIDAD ABSOLUTA EN SERVICIOS.
¿Hasta cuando seguiremos con imposiciones?
CONTA DAGO elloa no saben lo que es el respeto, todo el colegiado de contadores deberiamos hacer algo para obligarlos a que nos RESPETEN.