Vigencia de derechos ante el IMSS con Aportaciones Voluntarias -incluso desempleado-


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Interesante entrevista donde se tocaron puntos relativos a las aportaciones voluntarias al IMSS:

Si terminó una relación laboral formal y cuenta al menos con 52 semanas de cotización acreditadas en el régimen obligatorio del IMSS en los últimos cinco años al momento de la baja, tiene el derecho de continuar voluntariamente en el mismo para sumar semanas a una futura pensión, detalla el artículo 218 de la Ley del IMSS y especialistas en seguridad social.

De esta manera se mantienen en vigencia los seguros de invalidez y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, debiendo quedar inscrito con el último salario o superior al que tenía al momento de la baja.


Esto significa que el asegurado debe cubrir por concepto del seguro de retiro el 2 % de su Salario Base de Cotización (SBC); cesantía en edad avanzada y vejez 4.3 % de su SBC; seguro de invalidez y vida 2.4 % del SBC y por gastos médicos de pensionados 1.4 %, explican los expertos.

Hugo Enrique Sánchez, subdirector comercial de Grupo PENSAR, consultoría actuarial y financiera, especializada en el tema de pensiones dijo que la opción que hay de hacer aportaciones voluntarias al régimen obligatorio es una vía poco explorada, la cual tiene beneficios muy importantes en el mediano y largo plazo.

Sobre todo, comentó, para las personas que no se encuentran vinculadas al sector formal de la economía.

"Es una manera de vincularse a la formalidad. Te da la opción de sumar semanas para una futura pensión. Hay muchas personas que cuando llegan a los 60 años y van al IMSS a verificar si cumplen con las semanas para pensionarse, se dan cuenta que no les alcanza.

"Si esa persona hubiese tenido el tino de aportar aún cuando no tenía un empleo formal tal vez hubiese alcanzado ese derecho", destacó.

Rogelio Pérez del Castillo, socio de la firma Asesoría Jurídica y Fiscal explicó que las aportaciones voluntarias al régimen obligatorio no dan derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

"Una cosa es la aportación voluntaria al régimen obligatorio para sumar semanas de cotización en pro de una futura pensión y otro es tener derecho al Seguro de Enfermedades y Maternidad.

"Si alguien quiere tenerlas debe contratar el seguro de salud para la familia. El pago de éste da opción a servicios que abarcan la asistencia médica y maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria", detalló.

Ambos especialistas coincidieron en que tomar conciencia hoy sobre el papel que juega una pensión en la etapa de la vejez tiene una gran relevancia.

(Arturo Rivero /Agencia Reforma)

Gracias a Antorcha ;)



2 comentarios
  1. violeta muñoz
    violeta muñoz Dice:

    Tengo mas de 15años sin cotizar al imss despues de haberlo hecho 14años aprox. Que debo hacer para recuperar mis derechos para pensionarme? Gracias

  2. hernan cortes mza
    hernan cortes mza Dice:

    tengo casi 8 años sin cotizar en el imss como puedo recuperar mis cotizaciones ¿pagandolas o trabajando en una empresa?

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