IEPS: Alimentos de consumo básico – Proyecto de Regla para la RMF 2014 –





carrito_alimentos_mandado.jpgA cuenta gotas el SAT nos empieza a dar a conocer las reglas de Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

En esta primera entrega nos habla acerca de su intención de definir que son los ALIMENTOS DE CONSUMO BÁSICOS para la alimentación del mexicano, mismos que no serán gravados por la Ley del IEPS.

Ahora hasta nutriologos salieron los del SAT :-?

Proyecto de Regla para la RMF 2014 

Alimentos de consumo básico

X.X. Para los efectos del artículo 2, fracción I, inciso J), último párrafo de la Ley del IEPS,
considerando su importancia en la alimentación de la población, se entenderán
alimentos de consumo básico que no quedan comprendidos en lo dispuesto por el
inciso J) antes citado, los siguientes:

A. Cadena del trigo:

I. Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral.

II. Pasta de harina de trigo para sopa sin especies, condimentos, relleno, ni
verduras.

III. Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e
integral, incluyendo el pan de caja.

IV. Harina de trigo, incluyendo integral.

V. Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales.

B. Cadena del maíz:

I. Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada.

II. Harina de maíz.

III. Nixtamal y masa de maíz.

IV. Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares.

C. Cadena de otros cereales:

I. Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad.

II. Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales.

III. Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja.

Este proyecto se encuentra pendiente de publicar en el Diario Oficial de la Federación

En verdad, pareciera que no encuentran la salida al propio galimatías que ellos mismos han creado…