A partir de agosto 2025, la DIOT deberá presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital del SAT.

📢 ¡Atención contribuyentes!

A partir de agosto 2025, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberá presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital del SAT.

🔗 Acceso directo: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx

💡 Recomendaciones:

  • Ingresa con tu e.firma o contraseña.

  • Familiarízate con la nueva interfaz antes de la fecha límite.

  • Guarda el acuse electrónico de presentación.

⚠️ Recuerda: a partir de agosto, el método anterior dejará de estar disponible.

¿Quiénes y cómo deben presentarla?

La obligación de presentar la DIOT sigue siendo mensual para la mayoría de los contribuyentes y semestral para aquellos en el sector primario (actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca).

  • Acceso a la plataforma: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx
  • Autenticación: Se requiere Contraseña para personas físicas y e.firma para personas morales.

Declaraciones anteriores y guías

La plataforma no solo está habilitada para las declaraciones de 2025, sino también para presentar declaraciones extemporáneas de 2024 y ejercicios anteriores. Además, el SAT ha puesto a disposición guías de llenado en su portal para orientar a los usuarios.

Para quienes necesiten reimprimir acuses de declaraciones de 2024 o años previos presentadas con el sistema anterior, pueden hacerlo en el enlace de reimpresión de acuses.

diot solo nuevo portal

 

Para más información, ingresa a sat.gob.mx/portal/public/ y en el apartado Contenidos relacionados encuentra las Guías de llenado para el ejercicio 2025, 2024 y anteriores.

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