Aplicar las NIF en los estados financieros ¿es de carácter obligatorio o voluntario?
¿La aplicación de las Normas de Información Financiera en los estados financieros es de carácter obligatorio o voluntario?
Hay diversas dudas que aclarar al respecto y sobre quiénes deben dictar las reglas.
Autor: C.P.C. Francisco Javier Zepeda Pelayo
Auditor Externo en Empresas del Sector Público y Privado.
Doctor en Ciencias de la Administración por la UNIVA Guadalajara
Visto primero en: Veritas Online del CCPM
En el ámbito empresarial cuando conversamos en México sobre los beneficios de aplicar las Normas de Información Financiera (NIF) emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF), durante el proceso de elaborar estados financieros de un ente económico, es hablar sobre un tema que todavía es desconocido.
En el ámbito contable y administrativo de los negocios hay dudas respecto a si las NIF se deben consultar y aplicar en forma obligatoria cuando se elaboran estados financieros de un ente económico o si su aplicación es optativa debido a que no son emitidas por el Estado.
Cabe recordar que en el apartado 1.12 de los estatutos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) se establece que la aplicación de las NIF es “obligatoria” para los Socios y para las asociaciones federadas que pertenecen al instituto.
No olvidemos que en México hay un gran porcentaje de Contadores Públicos que ejercen su profesión en el sector público o privado, y que no se encuentran afiliados en los colegios federados y que por lo tanto la sociedad desconoce si estos profesionistas se encuentran “capacitados” en las áreas básicas para prestar un servicio de calidad profesional.
LOS RESPONSABLES
La Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ANFECA), a través del Consejo de Acreditación de la Enseñanza en Contaduría y Administración (CACECA), inició la acreditación del currículo (que son los planes de estudio que comprenden criterios de calidad de la educación), de las carreras de Contador Público y de Licenciado en Administración en las instituciones de enseñanza superior que las imparten.
Para asegurar en el ámbito de la globalización el nivel básico de conocimientos técnicos y de formación ética en México, el IMCP integró un proceso de Certificación (avalado con el Reglamento para la Certificación Profesional de los Contadores Públicos y que a su vez está avalado por el Comité Mexicano para la Práctica Internacional de la Contaduría Pública), que entró en vigor a partir del 1 de mayo de 1998 y que ha evolucionado hasta proponer que hoy el Contador Público se certifique en su área de especialización profesional: contabilidad financiera, costos, finanzas, impuestos y auditoría. La interrogante que surge derivada del vacío “legal” que hay respecto a si las Normas Contables aplicables en México son obligatorias, entonces el Estado podría evaluar, como fue el caso de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Esta situación genera incertidumbre en la clase empresarial respecto a quién es el principal responsable de promover la aplicación obligatoria de las NIF durante el proceso de elaboración de los estados financieros básicos (el balance general, el estado de resultados integral, el estado de variaciones en el capital contable, el estado de flujos de efectivo y las notas), de un ente económico. La respuesta obtenida a esta interrogante es múltiple:
[1] El Contador Público es el responsable en forma conjunta con la administración de elaborar los estados financieros.
[2] La administración de un ente económico (persona física o moral) es la responsable de verificar durante el análisis que hace de los estados financieros su utilidad y confiabilidad al rendirlos ante la H. Asamblea de Accionistas o al propietario, quienes los utilizan para tomar decisiones oportunas de tipo financiero.
[3] Los accionistas o propietarios de los entes públicos con fines lucrativos o de beneficencia social al exigirle a la administración que los estados financieros se encuentren elaborados con base en las normas contables aplicables, sobre los cuales ejecutarán acciones que repercutirán en forma directa en la operación de los entes económicos.
[4] Los organismos (colegios federados), que representan a la Contaduría Pública organizada en México, los cuales aglutinan a los Contadores Públicos que en forma voluntaria se registran como socios activos para capacitarse y para promover acciones en beneficio de sus agremiados y para los empresarios que integran los diversos sectores empresariales en México.
[5] Las instituciones educativas del sector público y privado, al considerar en sus programas de estudio aplicables a las diversas carreras que ofertan (licenciado en Contaduría Pública y en Administración de Empresas, entre otras), materias que incluyan el estudio y aplicación de las NIF durante el proceso de elaborar estados financieros de un ente económico.
[6] El Estado, el cual mediante la promulgación de leyes podrían “obligar” a que los responsables de elaborar los estados financieros de un ente económico a que se capaciten y apliquen las NIF integralmente a fin de que revelen en forma confiable la situación financiera a una fecha determinada.
En el caso de que el Estado fuera el emisor de las NIF es recomendable que se implementen incentivos de tipo económico u otro a fin de que los diversos sectores empresariales las usen en forma integral.
Los efectos de omitir las NIF cuando se elaboran estados financieros en cualquier país, y México no es la excepción, son diversos:
- La información que reportan a las instituciones gubernamentales sobre el crecimiento económico de los sectores empresariales durante un periodo es imprecisa, debido a que se encuentra “maquillada” o alterada.
- Los impuestos y contribuciones federales, estatales y municipales se calculan y liquidan “a modo”, debido a que algunos entes económicos manipulan las bases y eliminan transacciones económicas a fin de reducir la base fiscal y tener bases “razonables” para el pago de los “impuestos o contribuciones sociales justas”.
- Al disminuir el pago de impuestos y de contribuciones de seguridad social.
Hay incertidumbre en la clase empresarial respecto a quién es el principal responsable de promover la aplicación obligatoria de las NIF.”
CONCLUSIONES
Mediante el proceso de Certificación de los Contadores Públicos es posible acreditar la calidad profesional del Contador ante las personas y organizaciones públicas o privadas para dejar evidencia de que los profesionistas cuentan con los conocimientos teóricos técnicos y administrativos suficientes, basados en una formación ética que les permitirá mantenerse vigentes.
Sin embargo, es común que en el círculo de los profesionistas dedicados a la auditoría de estados financieros o en la docencia, sobre todo cuando se reúnen en sesiones de capacitación, surja la pregunta: ¿quiénes son los usuarios que conocen y requieren analizar estados financieros preparados con base en las NIF?
Existen los ejecutivos que pertenecen al sector bancario, quienes solicitan periódicamente los estados financieros con base en las NIF para revisar la situación financiera basada en los indicadores financieros y presentarlos al comité, sin embargo, de acuerdo con los ajustes que proponen dichos ejecutivos, manifiestan el desconocimiento de las NIF.
Otro ejemplo, es cuando los empresarios de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) solicitan servicios de examen de sus estados financieros mediante una auditoría externa; sin embargo, al recibir los estados financieros auditados, en el dictamen de auditoría se revelan “salvedades” derivadas de omisiones en la aplicación de las NIF y al solicitar la opinión de sus asesores fiscales les manifiestan que “las salvedades derivadas de las NIF no tienen efectos fiscales en sus empresas” y el empresario concluye que no es necesario invertir recursos humanos ni dinero para elaborar estados financieros con base en las NIF, debido a que no agregan valor real.
Estas situaciones denotan la incipiente educación que hay de tipo financiero en los ámbitos empresariales, sobre todo porque en México la mayoría de las empresas son Mipymes —de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía representaban 74.5% en 2009 y 99.8% en 2015— de las cuales la mayoría no generan información financiera para la toma de decisiones económicas en sus negocios.
Como se menciona en este articulo, existe la necesidad de instrumentar la aplicación de las NIF, desde el ámbito escolar, ya que son estos quienes pondrán en funcionamiento el uso y aplicación de las NIF cuando salgan al mercado laboral, ya que como se menciona, hasta este momento su implementacion no ha sido general.
Con lo que respecta al maquillaje de los estados financieros y a la falta de pago de impuestos, esta es solicitada por los mismos dueños de las empresas, para solicitar un credito, o bien para informar a la autoridad fiscal, los contadores hacemos lo que el cliente pide, ya que el que paga manda.
Efectivamente, la no aplicacion de las NIF en los estados financieros produce una serie de salvedades en el dictamen fiscal, que le ocaciona mas problemas que soluciones, a la compañia que solicita este servicio.
Creo que no debe haber duda alguna, la regla 2.8.1.4 es clara al respecto.
Esta situación genera incertidumbre en la clase empresarial respecto a quién es el principal responsable de promover la aplicación obligatoria de las NIF durante el proceso de elaboración de los estados financieros básicos (el balance general, el estado de resultados integral, el estado de variaciones en el capital contable, el estado de flujos de efectivo y las notas), de un ente económico.
¿el balance general????