Adopción de Acuerdos Conclusivos y solución a Controversias Fiscales.
La adopción de Acuerdos Conclusivos procederá siempre que el contribuyente se encuentre sujeto a una auditoría por motivo de una visita domiciliaria, revisión de gabinete o revisión electrónica, los cuales están previstos en los artículos 42, fracciones II, III y IX del CFF .