Jurisprudencia: Si en un ejercicio eres EFO, en los ejercicios futuros también lo serás. Hasta que desvirtues… (y está bien carambas !!)
Los efectos de la resolución definitiva de presunción de inexistencia de operaciones se proyectan a futuro, en razón de que si no se desvirtuó la presunción, se entiende que carece de los elementos necesarios para realizar las actividades de su objeto social.


