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IMSS. En pago a plazos se dispensa de garantizar el interés fiscal. ACDO.AS2.HCT.300419/150 (Hoy en el DOF)

Autorizar la dispensa de la obligación de garantizar el interés fiscal a los patrones y demás sujetos obligados, cuando suscriban el convenio para el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de los créditos adeudados por concepto de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, multas, gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y las que tenga derecho a exigir a personas no derechohabientes.