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Nueva jurisprudencia. Buzón tributario reglas 2.2.6. Y 2.2.7 ¿contacto sólo por correo electrónico?.

Buzón tributario. Las reglas 2.2.6. Y 2.2.7. De las resoluciones miscelánea fiscal para 2015 y 2016, respectivamente, al prever un solo medio de comunicación para que los contribuyentes que cuenten con aquél reciban los avisos electrónicos enviados por el servicio de administración tributaria, incumplen la obligación contenida en el artículo 17-k, último párrafo, del código fiscal de la federación.

Importante amparo a contador contra suspensión de su registro. Firma de estados financieros.

En el caso, un contador público formuló el dictamen fiscal de una empresa para el ejercicio fiscal 2008. El Administrador Central de Operación de la Fiscalización Nacional tramitó el procedimiento establecido en el artículo 52 del CFF. Conforme a dicho procedimiento, el contador fue sancionado con la suspensión por seis meses de su registro como contador público dictaminador.