Buzón Tributario. Ahora utilizarlo para IMSS
Buzón Tributario. Ahora utilizarlo para IMSS
Colaboración de: Gabriel Aranda Zamacona
Experto en Seguridad Social
Sitio web del autor: elnidodelseguro.com
Algunos usuarios y/o administradores de las cuentas de buzón tributario de patrones ante el IMSS, hace unas horas, se sorprendieron al recibir una comunicación por parte del propio Instituto, ya que advierte el uso de la herramienta señalada en el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación, para lo cual debemos de decir, que esto no es ninguna sorpresa, solo es parte “del destino que nos alcanzó”
Esto es así, ya que desde hace varios años, para ser exactos desde el año 2010, el SAT en conjunto con el IMSS, han establecido diferentes convenios de colaboración administrativa solo que no se habían tomado medidas tan notables, hasta que el pasado mes de febrero 2017, se firmó el más reciente Convenio de colaboración administrativa IMSS-SAT, de donde precisamente se establece que por medio del uso de la E.Firma del SAT, los patrones y sujetos obligados, pueden hacer uso de la zona aplicativa web del imss mejor conocida como Escritorio Virtual; más reciente lo hemos visto desde el mes de Abril 2018 donde se han notificado las líneas de captura del SIPARE, por medio de la plataforma del buzón en la página web del SAT.
Por lo anterior, el Buzón tributario del Servicio de Administración Tributaria, se convierte desde ahora en una herramienta adicional para el Instituto Mexicano del Seguro Social para notificar sus actuaciones; no obstante, se seguirá usando el IDSE, el propio Escritorio Virtual para que los patrones y sujetos obligados cumplan con sus obligaciones en materia de afiliación, obviamente hasta que no exista alguna disposición expresa (acuerdo de consejo técnico, reforma de ley, o decreto presidencial) para darle la certeza jurídica al buzón tributario.
Sin embargo, la comunicación patronal con el IMSS por medio del buzón tributario, para medios de defensa, se deberá autorizar muy pronto, ya que el IMSS a través del escritorio virtual pedirá a los sujetos obligados el consentimiento expreso para que esta autoridad, ahora sí pueda iniciar con la recepción de estos medios, así como la notificación legal, conforme a C.F.F. de todas sus actuaciones que realice para el cumplimiento de sus facultades de comprobación.
Se prevé en un futuro muy cercano, que se terminen por completo las notificaciones de sus actos de autoridad de forma presencial, con ello, se evitaría las siguientes engorrosas molestias por parte del Instituto:
- Realizar baja de los patrones por no localizado (artículo 251 LSS)
- Los requerimientos notificados en la misma fecha que el citatorio
- Dejar al libre albedrió de los notificadores, la comunicación de sus actos
- Órdenes de visitas domiciliarias notificadas conforme a derecho
Así que hay que esperar en las próximas semanas, la habilitación de los medios conocidos por parte del IMSS para dar esta autorización.
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Como recupero el ST 7 se me perdió y no se q hacer por favor ayúdeme
Muy buen artículo que nos comparten respecto al uso del buzón tributario por parte del IMSS, sin duda ahora con el uso del internet el procedmiento Administrativo de Ejecución (PAE)está adquiriendo un nuevo procedimiento por parte de la autoridad y los contribuyentes y asesores deben estar pendientes de las nuevas disposiciones, gracias por compartir tan importante información.