SIRESO del Infonavit – Atentos a la nueva obligación en materia de outsourcing.
A través de un comunicado, sumamente escondido, el #infonavit nos advierte de la próxima aparición de un programa en su portal, para que aquéllas empresas que utilizan los servicios de un outsourcing, puedan cumplir con las nuevas obligaciones que les impone la ley del infonavit en su art. 29 bis.
SCJN: La subcontratación laboral no viola principios…
Subcontratación laboral. Los artículos 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de la ley federal del trabajo que regulan ese régimen, no violan el principio de...
Subcontratación e intermedación laboral – Su regulación en la Ley del Seguro Social.
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A través del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social se establece el procedimiento que se deberá seguir en el caso de que una persona ponga a disposición de otra, trabajadores para que ejecuten los servicios acordados en el contrato respectivo.
Se adiciona Artículo 29 Bis a la Ley del INFONAVIT – Atención Constructoras y subcontratistas.
Cuando en la contratación de trabajadores para un patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para él, participe un intermediario laboral o contratista, cualquiera que sea la denominación que patrón e intermediarios asuman, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador, respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley.
Condiciones y obligaciones del Outsourcing en México así como sus implicaciones en el ISR.
El outsourcing, en otras palabras, consiste en movilizar recursos hacia una empresa externa a través de un contrato. De esta forma, la compañía subcontratada desarrolla actividades en nombre de la primera. Por ejemplo: una firma que ofrece servicios de acceso a Internet puede subcontratar a otra para que realice las instalaciones.
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